Red de conocimiento del abogados - Preguntas y respuestas penales - Hoy me llamó la Oficina de Marcas y me dijo que mi marca ha sido registrada como marca por otra persona. ¡Permítanme solicitar una marca registrada lo antes posible; de ​​lo contrario, mi propia marca desaparecerá!

Hoy me llamó la Oficina de Marcas y me dijo que mi marca ha sido registrada como marca por otra persona. ¡Permítanme solicitar una marca registrada lo antes posible; de ​​lo contrario, mi propia marca desaparecerá!

De acuerdo con lo establecido en la Ley de Marcas, los titulares de marcas pueden optar por los siguientes dos canales legales para hacer valer sus derechos:

1. Presentar oposición a la marca anunciada en el examen preliminar ante la Oficina de Marcas.

Según el artículo 33 de la Ley de Marcas, dentro de los tres meses siguientes a la fecha del anuncio, si el titular del derecho anterior o el interesado considera que viola los párrafos 2 y 3 del artículo 13 de esta Ley, Párrafo, Artículo 15, párrafo 1 del artículo 16, artículo 30, artículo 31 y artículo 32, o se considera que viola los artículos 10, 11 y 10 de esta Ley, si cumple con lo dispuesto en el artículo 2. podrá presentar una objeción ante la Oficina de Marcas. “Si el titular de los derechos cree que otros han solicitado maliciosamente el registro de su marca con antelación y lo descubre a tiempo durante el período de revisión y anuncio preliminar de la marca, podrá presentar una objeción ante la Oficina de Marcas y solicitar a la Oficina de Marcas que no lo haga. aprobar el registro.

2. Registro Se presenta una disputa de marca ante la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas

Una marca registrada de conformidad con el artículo 45 de la Ley de Marcas viola los párrafos 2, 3, 15 y 15 del artículo 13 de esta Ley, conforme a lo dispuesto en el apartado 1, el artículo 30, el artículo 31 y el artículo 32 del artículo 16, dentro de los cinco años siguientes a la fecha del registro de la marca, el titular del derecho anterior o el interesado podrá solicitarla. la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas para declarar la marca La marca registrada es inválida

Al solicitar una objeción o disputa ante la Oficina de Marcas o la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas, y reclamar derechos, la parte deberá declarar. los motivos y aportar las pruebas correspondientes con base en los elementos antes mencionados de la ley de marca registrada. Debe centrarse en dos aspectos: por un lado, es la prueba de la mala fe subjetiva del registrante de la marca, como lo es la compraventa. contratos y correspondencia entre las dos partes relacionados con la marca en disputa, y la solicitud del solicitante de registro de la marca de "tarifas de transferencia de marca" excesivamente altas al titular del derecho. Por otro lado, la evidencia escrita es prueba de que el titular del derecho ha utilizado y publicitado; la marca en disputa por adelantado, como el contrato de encomienda y los documentos correspondientes entre el titular del derecho y la unidad de impresión del diseño de la marca y el logotipo de la marca, el contrato de producción y publicación de publicidad de la marca, publicidad Periódicos y revistas de la marca, contratos de compra y venta y facturas de los productos de marca, etc.

Cabe señalar que al presentar una solicitud ante la Oficina de Marcas o la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas, la parte interesada debe cumplir con las condiciones prescritas, como presentar una objeción. Las solicitudes de resolución de disputas deben presentarse dentro del plazo especificado por la ley, y las pruebas pertinentes deben presentarse lo antes posible dentro del plazo. Para obtener un respaldo sólido para sus reclamaciones, las partes deben intentar presentar pruebas con mayor calidad. credibilidad, como documentos y certificados oficiales producidos por agencias estatales de acuerdo con su autoridad, archivos históricos conservados por agencias especializadas, materiales promocionales relacionados con marcas publicados en medios de comunicación influyentes, etc.