¿Se necesitan dos abogados para encontrarse con un sospechoso?
Aviso conjunto del Ministerio de Seguridad Pública y el Ministerio de Justicia sobre varias disposiciones específicas sobre la participación de los abogados en los litigios (1981) II. Reunirse con los acusados bajo custodia.
1. Los abogados que actúen como defensores en causas penales podrán reunirse con los imputados en los centros de detención u otros lugares de supervisión (en adelante denominados colectivamente lugares de supervisión) con un permiso de trabajo de oficina de asesoramiento jurídico y una carta especial de autorización. Introducción en un formato fijo. En cada reunión, el abogado acudirá a una o dos personas, a decisión del asesor jurídico. Otros defensores sólo pueden reunirse con los acusados bajo custodia con el permiso del tribunal y una carta de presentación especial del tribunal.
2. Cuando los abogados y otros defensores autorizados por el tribunal se reúnan con los acusados bajo custodia, el lugar de detención debe ser conveniente y se debe designar una sala de entrevistas adecuada. Para aquellos que deben ser vigilados, el guardia debe prestar atención al método y tratar de evitar aumentar las preocupaciones del acusado sobre la conversación después de la entrevista, no preguntarle de qué habló con su abogado u otros defensores, para no hacerlo; afecte al pleno ejercicio del derecho de defensa por parte del demandado.
3. Cuando los abogados y otros defensores autorizados por el tribunal se reúnen con los acusados bajo custodia, deben permanecer atentos para evitar que los acusados escapen, cometan delitos y se suiciden. Al final de la entrevista, el acusado será entregado a custodia de acuerdo con los procedimientos prescritos por el lugar de detención; se informará oportunamente al lugar de detención sobre las cuestiones que requieran comprensión y atención durante la detención.