Red de conocimiento del abogados - Preguntas y respuestas penales - ¿Cómo solicitar asistencia jurídica penal de la Oficina de Seguridad Pública? 1. ¿Cómo solicitar asistencia jurídica penal ante la Oficina de Seguridad Pública? La asistencia jurídica penal del Departamento de Ley de Seguridad Pública se puede obtener notificando a la defensa o presentando una solicitud. (1) Si un sospechoso o acusado de un delito que haya obtenido asistencia jurídica a través de la Oficina de Seguridad Pública no contrata a un defensor en cualquiera de las siguientes circunstancias, el órgano de seguridad pública, la fiscalía popular o el tribunal popular notificarán a la administración judicial al mismo tiempo. nivel en el lugar donde se encuentre dentro de los 3 días siguientes a la fecha del conocimiento de la situación. La agencia de asistencia jurídica afiliada al gobierno designará abogados para defender: ① menores ciegos, sordos o mudos; pacientes enfermos que no han perdido por completo la capacidad de reconocer o controlar su propio comportamiento; ④ personas que pueden ser condenadas a cadena perpetua o muerte. (2) La asistencia jurídica está disponible previa solicitud. Si un sospechoso o acusado de un delito no designa un defensor debido a dificultades financieras, él o ella y sus familiares cercanos pueden solicitar asistencia jurídica a la institución de asistencia jurídica afiliada a la autoridad administrativa judicial al mismo nivel en que se encuentra el órgano de seguridad pública, el Se encuentran la Fiscalía Popular y el Tribunal Popular. En términos generales, no importa qué tipo de caso penal, si realmente se encuentra en dificultades financieras y no puede o no puede pagar los servicios legales, puede solicitar asistencia jurídica. ¿Quién puede solicitar asistencia jurídica penal? Además de la propia persona, los familiares cercanos de los sospechosos y acusados de delitos pueden solicitar asistencia jurídica en su nombre. Los parientes cercanos incluyen padres, cónyuges, hijos, hermanos y hermanas, etc. ¿Dónde puedo solicitar asistencia jurídica penal? El propio solicitante puede solicitar asistencia jurídica a través del supervisor del centro de detención; los familiares cercanos que hayan recibido una notificación de detención o arresto penal de la fiscalía y de la agencia que se ocupa del caso y quieran solicitar asistencia jurídica pueden hacerlo directamente ante el tribunal. Agencia de asistencia jurídica correspondiente a la unidad de tramitación de casos. Disposiciones pertinentes: Artículo 1 de la Ley de Procedimiento Penal sobre Asistencia Jurídica Con el fin de fortalecer y estandarizar la asistencia jurídica en los procesos penales, de conformidad con la "Ley de Procedimiento Penal de la República Popular de China", la "Ley de Abogados de la República Popular de China", el "Reglamento de asistencia jurídica" y otros reglamentos pertinentes se formulan en función de la situación real del trabajo de asistencia jurídica. Artículo 2 Si un sospechoso o acusado de un delito no puede contratar a un defensor debido a dificultades financieras, sus familiares cercanos podrán solicitar asistencia jurídica a las instituciones de asistencia jurídica afiliadas a los organismos administrativos judiciales al mismo nivel que los órganos de seguridad pública, las autoridades populares fiscalías y tribunales populares que se ocupan de los casos. Si un sospechoso o acusado de un delito no contrata a un defensor en cualquiera de las siguientes circunstancias, podrá solicitar asistencia jurídica de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior: (1) Hay pruebas que demuestran que el sospechoso o acusado de un delito ha una discapacidad intelectual de primer o segundo grado; (2) ) En el mismo caso penal, otros sospechosos o imputados han confiado defensores; (3) La Fiscalía Popular presenta una protesta; (4) El caso tiene un impacto social importante; Artículo 3 Si la víctima en un proceso privado y su representante legal o pariente cercano, o el fiscal privado en un proceso privado y su representante legal no tienen un abogado debido a dificultades financieras, podrán dirigirse a la Fiscalía Popular o a la agencia administrativa judicial en el mismo nivel donde se encuentra el Tribunal Popular Solicite asistencia jurídica de su agencia de asistencia jurídica afiliada. Artículo 4 Las normas para las dificultades financieras de los ciudadanos se implementarán de acuerdo con las regulaciones del gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central que acepta el caso. Artículo 5 Al interrogar a un sospechoso de un delito o tomar medidas obligatorias por primera vez, los órganos de seguridad pública y las fiscalías populares informarán al sospechoso de un delito que tiene derecho a confiar un defensor y le informarán que si lo dispuesto en el artículo 2 de estos Si se cumplen las normas, él y sus familiares cercanos pueden presentar una demanda ante la ley. Las agencias de ayuda solicitan asistencia jurídica. La Fiscalía Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de recepción de los materiales del caso transferidos para su revisión y enjuiciamiento, informará al sospechoso de un delito sobre su derecho a confiar un defensor e informará que, si se cumplen las disposiciones del artículo 2 de este reglamento, él y sus familiares cercanos pueden solicitar asistencia jurídica gratuita. Asistencia jurídica: La víctima y su representante legal o familiares cercanos deben ser informados de que tienen derecho a confiar un agente ad litem. Si tienen dificultades financieras, pueden solicitar asistencia jurídica. ayuda de una agencia de asistencia legal. El tribunal popular, dentro de los 3 días siguientes a la fecha de aceptación del caso, informará al imputado que tiene derecho a designar un defensor, e informará que si se cumple lo dispuesto en el artículo 2 de este reglamento, él y sus familiares cercanos podrán solicitar asistencia jurídica a la agencia de asistencia jurídica; se informará al fiscal privado. Ellos y sus representantes legales tienen derecho a confiar un agente litigante. Si tienen dificultades financieras, pueden solicitar asistencia jurídica a una agencia de asistencia jurídica. El tribunal popular realizará las tareas de notificación pertinentes dentro de los tres días siguientes a la fecha del nuevo juicio. Si un sospechoso o acusado de un delito se encuentra en las circunstancias especificadas en el artículo 9 de estas Disposiciones, los órganos de seguridad pública, las fiscalías populares y los tribunales populares le informarán que no desean contratar a un defensor y notificarán a la agencia de asistencia jurídica para que nombre un abogado que los defienda conforme a la ley. Artículo 6 Las notificaciones podrán realizarse en forma oral o escrita, y el contenido de la notificación deberá ser de fácil comprensión para la persona a la que se notifique. Si la notificación es oral, se hará acta firmada por la persona a notificar; si la notificación es escrita, se hará constar en el expediente el recibo de la notificación.
¿Cómo solicitar asistencia jurídica penal de la Oficina de Seguridad Pública? 1. ¿Cómo solicitar asistencia jurídica penal ante la Oficina de Seguridad Pública? La asistencia jurídica penal del Departamento de Ley de Seguridad Pública se puede obtener notificando a la defensa o presentando una solicitud. (1) Si un sospechoso o acusado de un delito que haya obtenido asistencia jurídica a través de la Oficina de Seguridad Pública no contrata a un defensor en cualquiera de las siguientes circunstancias, el órgano de seguridad pública, la fiscalía popular o el tribunal popular notificarán a la administración judicial al mismo tiempo. nivel en el lugar donde se encuentre dentro de los 3 días siguientes a la fecha del conocimiento de la situación. La agencia de asistencia jurídica afiliada al gobierno designará abogados para defender: ① menores ciegos, sordos o mudos; pacientes enfermos que no han perdido por completo la capacidad de reconocer o controlar su propio comportamiento; ④ personas que pueden ser condenadas a cadena perpetua o muerte. (2) La asistencia jurídica está disponible previa solicitud. Si un sospechoso o acusado de un delito no designa un defensor debido a dificultades financieras, él o ella y sus familiares cercanos pueden solicitar asistencia jurídica a la institución de asistencia jurídica afiliada a la autoridad administrativa judicial al mismo nivel en que se encuentra el órgano de seguridad pública, el Se encuentran la Fiscalía Popular y el Tribunal Popular. En términos generales, no importa qué tipo de caso penal, si realmente se encuentra en dificultades financieras y no puede o no puede pagar los servicios legales, puede solicitar asistencia jurídica. ¿Quién puede solicitar asistencia jurídica penal? Además de la propia persona, los familiares cercanos de los sospechosos y acusados de delitos pueden solicitar asistencia jurídica en su nombre. Los parientes cercanos incluyen padres, cónyuges, hijos, hermanos y hermanas, etc. ¿Dónde puedo solicitar asistencia jurídica penal? El propio solicitante puede solicitar asistencia jurídica a través del supervisor del centro de detención; los familiares cercanos que hayan recibido una notificación de detención o arresto penal de la fiscalía y de la agencia que se ocupa del caso y quieran solicitar asistencia jurídica pueden hacerlo directamente ante el tribunal. Agencia de asistencia jurídica correspondiente a la unidad de tramitación de casos. Disposiciones pertinentes: Artículo 1 de la Ley de Procedimiento Penal sobre Asistencia Jurídica Con el fin de fortalecer y estandarizar la asistencia jurídica en los procesos penales, de conformidad con la "Ley de Procedimiento Penal de la República Popular de China", la "Ley de Abogados de la República Popular de China", el "Reglamento de asistencia jurídica" y otros reglamentos pertinentes se formulan en función de la situación real del trabajo de asistencia jurídica. Artículo 2 Si un sospechoso o acusado de un delito no puede contratar a un defensor debido a dificultades financieras, sus familiares cercanos podrán solicitar asistencia jurídica a las instituciones de asistencia jurídica afiliadas a los organismos administrativos judiciales al mismo nivel que los órganos de seguridad pública, las autoridades populares fiscalías y tribunales populares que se ocupan de los casos. Si un sospechoso o acusado de un delito no contrata a un defensor en cualquiera de las siguientes circunstancias, podrá solicitar asistencia jurídica de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior: (1) Hay pruebas que demuestran que el sospechoso o acusado de un delito ha una discapacidad intelectual de primer o segundo grado; (2) ) En el mismo caso penal, otros sospechosos o imputados han confiado defensores; (3) La Fiscalía Popular presenta una protesta; (4) El caso tiene un impacto social importante; Artículo 3 Si la víctima en un proceso privado y su representante legal o pariente cercano, o el fiscal privado en un proceso privado y su representante legal no tienen un abogado debido a dificultades financieras, podrán dirigirse a la Fiscalía Popular o a la agencia administrativa judicial en el mismo nivel donde se encuentra el Tribunal Popular Solicite asistencia jurídica de su agencia de asistencia jurídica afiliada. Artículo 4 Las normas para las dificultades financieras de los ciudadanos se implementarán de acuerdo con las regulaciones del gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central que acepta el caso. Artículo 5 Al interrogar a un sospechoso de un delito o tomar medidas obligatorias por primera vez, los órganos de seguridad pública y las fiscalías populares informarán al sospechoso de un delito que tiene derecho a confiar un defensor y le informarán que si lo dispuesto en el artículo 2 de estos Si se cumplen las normas, él y sus familiares cercanos pueden presentar una demanda ante la ley. Las agencias de ayuda solicitan asistencia jurídica. La Fiscalía Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de recepción de los materiales del caso transferidos para su revisión y enjuiciamiento, informará al sospechoso de un delito sobre su derecho a confiar un defensor e informará que, si se cumplen las disposiciones del artículo 2 de este reglamento, él y sus familiares cercanos pueden solicitar asistencia jurídica gratuita. Asistencia jurídica: La víctima y su representante legal o familiares cercanos deben ser informados de que tienen derecho a confiar un agente ad litem. Si tienen dificultades financieras, pueden solicitar asistencia jurídica. ayuda de una agencia de asistencia legal. El tribunal popular, dentro de los 3 días siguientes a la fecha de aceptación del caso, informará al imputado que tiene derecho a designar un defensor, e informará que si se cumple lo dispuesto en el artículo 2 de este reglamento, él y sus familiares cercanos podrán solicitar asistencia jurídica a la agencia de asistencia jurídica; se informará al fiscal privado. Ellos y sus representantes legales tienen derecho a confiar un agente litigante. Si tienen dificultades financieras, pueden solicitar asistencia jurídica a una agencia de asistencia jurídica. El tribunal popular realizará las tareas de notificación pertinentes dentro de los tres días siguientes a la fecha del nuevo juicio. Si un sospechoso o acusado de un delito se encuentra en las circunstancias especificadas en el artículo 9 de estas Disposiciones, los órganos de seguridad pública, las fiscalías populares y los tribunales populares le informarán que no desean contratar a un defensor y notificarán a la agencia de asistencia jurídica para que nombre un abogado que los defienda conforme a la ley. Artículo 6 Las notificaciones podrán realizarse en forma oral o escrita, y el contenido de la notificación deberá ser de fácil comprensión para la persona a la que se notifique. Si la notificación es oral, se hará acta firmada por la persona a notificar; si la notificación es escrita, se hará constar en el expediente el recibo de la notificación.
Si la persona informada expresa su voluntad de solicitar asistencia jurídica gratuita en el acto, se deberá dejar constancia de ello. Artículo 7 Si un sospechoso de un delito o acusado bajo custodia solicita asistencia jurídica, el órgano de seguridad pública, la fiscalía popular y el tribunal popular trasladarán o notificarán a la agencia de asistencia jurídica dentro de las 24 horas siguientes a la recepción de la solicitud, y notificarán al representante legal del solicitante y al representante legal más cercano. Los familiares u otras personas a quienes ellos hayan confiado deberán ayudar a proporcionar los documentos, certificados y otros materiales pertinentes a la agencia de asistencia jurídica en un plazo de 3 días. Si no se puede notificar al representante legal o a los familiares cercanos del sospechoso o acusado de un delito, se notificará a la agencia de asistencia jurídica al presentar la solicitud. Artículo 8 Después de recibir la solicitud, la agencia de asistencia jurídica la revisará de manera oportuna y tomará una decisión dentro de los 7 días. Para aquellos que cumplen las condiciones para recibir asistencia jurídica, se debe tomar una decisión de otorgar asistencia jurídica y una decisión de otorgar asistencia jurídica a quienes no cumplen con las condiciones para recibir asistencia jurídica, una decisión de negar la asistencia jurídica y una decisión de negarla; se debe proporcionar asistencia jurídica. La decisión de conceder asistencia jurídica y la decisión de no concederla se entregarán al solicitante de manera oportuna y se notificará por escrito al órgano de seguridad pública, a la Fiscalía Popular y al Tribunal Popular. En los casos en que los sospechosos o acusados de delitos soliciten asistencia jurídica, las instituciones de asistencia jurídica podrán preguntar a los órganos de seguridad pública, las fiscalías populares y los tribunales populares si los sospechosos o acusados de delitos se encuentran en las circunstancias especificadas en el artículo 2 de este reglamento. Artículo 9 Si un sospechoso o acusado de un delito no contrata a un defensor en cualquiera de las siguientes circunstancias, el órgano de seguridad pública, la fiscalía popular o el tribunal popular notificarán al organismo de asistencia jurídica afiliado al organismo administrativo judicial del mismo nivel donde se encuentra el caso. se localiza dentro de los 3 días siguientes a la fecha del conocimiento de la situación. El abogado designado defiende: (1) menores de edad; (2) personas ciegas, sordas o mudas (3) personas con enfermedades mentales que no hayan perdido completamente la capacidad de reconocer o reconocer; controlar su propio comportamiento; (4) personas que pueden ser condenadas a cadena perpetua o muerte. Artículo 10 Si el órgano de seguridad pública, la fiscalía popular o el tribunal popular notifican a la defensa, enviarán una carta de defensa, una decisión sobre la adopción de medidas obligatorias, un dictamen de la fiscalía, una acusación y una copia de la sentencia a la institución de asistencia jurídica. . La carta de defensa deberá indicar el nombre del sospechoso o acusado, el delito imputado, el lugar de detención o residencia, los motivos de la defensa, el nombre y la información de contacto de la persona de contacto de la agencia que maneja el caso, etc. Artículo 11 El tribunal popular, dentro de los 3 días siguientes a la fecha de aceptar la solicitud de tratamiento médico obligatorio o determinar que el demandado cumple con las condiciones para el tratamiento médico obligatorio, si el demandado o el demandado no ha designado un agente litigante, enviará una notificación a la agencia de asistencia jurídica para informarle de la solicitud Designar a un abogado para que actúe como representante en el litigio del demandado o demandado y le proporcione asistencia jurídica. Si la Fiscalía Popular solicita tratamiento médico obligatorio, el Tribunal Popular enviará una copia de la solicitud de tratamiento médico obligatorio a la agencia de asistencia jurídica. La carta oficial notificando al agente deberá indicar el nombre del demandado o demandado, el nombre e información de contacto del representante legal, y el nombre e información de contacto de la persona de contacto de la agencia que maneja el caso. Artículo 12 La agencia de asistencia jurídica, dentro de los tres días siguientes a la fecha de la decisión de conceder asistencia jurídica o de la recepción de una carta oficial informando a la defensa o al agente, determinará el abogado que se encargará del caso y notificará al órgano de seguridad pública, al Fiscalía Popular y Tribunal Popular por escrito. La carta oficial de asistencia jurídica emitida por una institución de asistencia jurídica deberá indicar el nombre, afiliación e información de contacto del abogado. Artículo 13 En los casos en que una persona pueda ser condenada a cadena perpetua o a muerte, la institución de asistencia jurídica designará un abogado con un determinado número de años de experiencia práctica en defensa penal para que actúe como defensor. En los casos que involucren a menores, deberá designarse como defensor a un abogado que esté familiarizado con las características físicas y mentales de los menores. Artículo 14 Después de aceptar la asignación de la agencia de asistencia jurídica, el abogado deberá manejar los procedimientos de encomienda de manera oportuna de acuerdo con las regulaciones pertinentes. Cuando el apoderado a cargo se reúna por primera vez con el sospechoso o imputado de un delito, le preguntará si accede a defenderlo y levantará acta. Si el sospechoso o el acusado no están de acuerdo, el abogado deberá notificarlo por escrito al órgano de seguridad pública, a la fiscalía popular, al tribunal popular y a la agencia de asistencia jurídica. Artículo 15 En los casos en los que se proporciona asistencia jurídica previa solicitud, si el sospechoso o acusado insiste en defenderse y se niega a ser defendido por un abogado designado por la agencia de asistencia jurídica, la agencia de asistencia jurídica lo permitirá y tomará la decisión de poner fin a la asistencia jurídica si existen razones legítimas para solicitar un cambio de abogado, la agencia de asistencia jurídica designará otro abogado para defender a la persona; Si un sospechoso o acusado de un delito se niega a que un abogado designado por una agencia de asistencia jurídica defienda un caso que requiere notificación a la defensa, el órgano de seguridad pública, la fiscalía popular y el tribunal popular identificarán los motivos de la negativa si existen motivos legítimos. , lo permitirán y notificarán al sospechoso del delito. La persona o el imputado deberá designar un defensor independiente. Si un sospechoso o acusado de un delito no ha designado un defensor independiente, el órgano de seguridad pública, la fiscalía popular o el tribunal popular notificarán de inmediato a la agencia de asistencia jurídica para que designe un abogado independiente para defenderlo.