Disposiciones sobre los procedimientos para que el órgano de seguridad pública solicite a la fiscalía su reconsideración y revisión
Base legal:
Procedimientos para el manejo de casos penales de reconsideración y revisión por parte de los órganos de seguridad pública
Artículo 6: Durante el proceso de manejo de casos penales, se tendrán en cuenta los siguientes las personas pertinentes pueden denunciar a la policía de conformidad con la ley: El órgano de seguridad pública que tomó la decisión solicita una reconsideración penal:
(1) Si la parte no está satisfecha con la decisión de rechazar la solicitud de recusación, la parte interesada y su representante legal, agente litigante y abogado defensor pueden presentar una solicitud;
(2) Si el garante no está satisfecho con la decisión de confiscar el depósito de seguridad, la persona será puesta en libertad bajo fianza en espera de juicio. o su representante legal podrá plantear la cuestión;
(3) Si el garante no está satisfecho con la decisión de imponer la multa, el garante podrá plantear la cuestión por propia iniciativa
; (4) Si el demandante no está satisfecho con la decisión de no presentar el caso, puede presentar una queja;
(5) Si la agencia administrativa que transfirió el caso está insatisfecha con la decisión de no presentar En tal caso, podrá presentar una demanda ante la agencia administrativa.
Artículo 7 Si el solicitante de reconsideración penal no está conforme con la decisión adoptada por el órgano de seguridad pública en los numerales 2 a 4 del artículo 6 de este Reglamento, podrá presentar una solicitud de reconsideración penal ante el siguiente órgano superior de seguridad pública.
Artículo 8 Las solicitudes de reconsideración o revisión penal deberán presentarse dentro del plazo especificado por los procedimientos de tramitación de causas penales del órgano de seguridad pública. Si la solicitud no puede presentarse dentro del plazo legal por fuerza mayor u otras razones legítimas, los justificantes correspondientes deberán presentarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la eliminación del obstáculo. Si la solicitud es aprobada por la agencia de revisión o reconsideración penal, el tiempo de demora no se contará en el período de solicitud legal.
Las “otras razones legítimas” mencionadas en el párrafo anterior incluyen:
(1) No poder solicitar reconsideración o revisión penal dentro del plazo legal de solicitud por enfermedad grave;
(2) El representante legal de una persona sin capacidad o con capacidad limitada no puede determinarse dentro del plazo legal de solicitud;
(3) La fusión, escisión o extinción de una sociedad jurídica persona u otra organización no se producirá dentro del plazo legal si la persona jurídica u otra organización que asume los derechos no puede determinarse dentro del plazo de solicitud;
(4) Otras razones legítimas determinadas por la reconsideración penal o. agencia de revisión.
Artículo 9 La solicitud de reconsideración penal deberá presentarse por escrito. Sin embargo, si la situación es urgente o al solicitante le resulta inconveniente presentar una solicitud escrita, se podrá presentar una solicitud oral.
Para solicitar revisión penal, se debe realizar una solicitud por escrito.
Artículo 10: Quien solicite por escrito reconsideración o revisión penal deberá presentar una solicitud de reconsideración o revisión penal a la agencia de reconsideración o revisión penal, y la solicitud deberá expresar el siguiente contenido:
(1) ) El nombre, sexo, fecha de nacimiento, lugar de trabajo, residencia e información de contacto del solicitante y su agente, el nombre, dirección de la persona jurídica u otra organización, el nombre, cargo, residencia y contacto; información del representante legal o responsable principal;
(2) El nombre del órgano de seguridad pública que tomó la decisión o decisión de reconsideración;
(3) La reconsideración o revisión penal; solicitud;
(4) Solicitud de reconsideración penal y Hechos y motivos de revisión;
(5) Fecha de solicitud de reconsideración y revisión penal.
La solicitud de reconsideración penal deberá ser firmada o tomarle las huellas dactilares por el solicitante.