Red de conocimiento del abogados - Preguntas y respuestas penales - Leyes y regulaciones de garantía de la empresa

Leyes y regulaciones de garantía de la empresa

Un contrato de garantía es un contrato en el que el garante y el acreedor acuerdan que cuando el deudor incumpla la deuda vencida o se den las circunstancias pactadas por las partes, el garante cumplirá la deuda o asumirá la responsabilidad.

El artículo 681 del Código Civil de la República Popular China define un contrato de garantía como un contrato que garantiza la realización de un derecho de un acreedor. El fiador y el acreedor acuerdan que cuando el deudor incumpla la deuda vencida o se den las circunstancias pactadas por las partes, el fiador cumplirá la deuda o asumirá la responsabilidad.

Artículo 682 El contrato de garantía es un contrato subordinado al contrato de derechos y deudas del acreedor principal. Si los derechos del acreedor principal y el contrato de deuda son inválidos, el contrato de garantía será inválido, salvo disposición legal en contrario.

Una vez confirmada la invalidez del contrato de garantía, si el deudor, fiador o acreedor tiene culpa, asumirá la responsabilidad civil que le corresponda por sus culpas.

Artículo 683: Las personas jurídicas no podrán actuar como garantes, salvo en el caso de préstamos de gobiernos extranjeros u organismos económicos internacionales aprobados por el Consejo de Estado.

No se permite que las personas jurídicas sin fines de lucro y las organizaciones no incorporadas que sean para el bienestar público actúen como garantes.

Artículo 684: El contenido de un contrato de garantía comprende generalmente el tipo y monto del crédito principal garantizado, el plazo para que el deudor cumpla la deuda, la forma, alcance y plazo de la garantía, etc. .

Artículo 685 El contrato de garantía puede ser un contrato escrito separado, o puede ser una cláusula de garantía en el contrato principal de derechos y deudas del acreedor.

Si un tercero presta unilateralmente una garantía escrita al acreedor y éste la acepta sin oponer objeción alguna, se establece el contrato de garantía.

Artículo 686: Las modalidades de garantía incluyen la garantía general y la garantía de responsabilidad solidaria.

Si las partes no se ponen de acuerdo sobre el método de garantía en el contrato de garantía o el acuerdo no es claro, asumirán la responsabilidad de la garantía de acuerdo con la garantía general.

Artículo 687 Si el contrato de garantía estipula que el fiador soportará la responsabilidad de la garantía si el deudor incumple la deuda, se trata de una garantía general.

El garante de una garantía general tiene derecho a negarse a asumir la responsabilidad de la garantía frente al acreedor antes de que la disputa del contrato principal haya sido juzgada o arbitrada y los bienes del deudor hayan sido ejecutados conforme a la ley, excepto en una de las siguientes circunstancias:

(1) Se desconoce el paradero del deudor y no hay bienes disponibles para la ejecución;

(2) El Tribunal Popular ha aceptado el caso de quiebra del deudor;

(3) El acreedor tiene pruebas de que los bienes del deudor son insuficientes para cumplir con todas las deudas o no pueden cumplir con las deudas;

(4) El garante renuncia a los derechos estipulados en esta cláusula escrito.

Artículo 688: Si las partes en una garantía de responsabilidad solidaria estipulan en el contrato de garantía que el fiador y el deudor responderán solidariamente de la deuda, se trata de una garantía de responsabilidad solidaria.

Cuando el deudor bajo garantía solidaria no cumple con la deuda vencida o se produce una situación estipulada por las partes, el acreedor puede exigir al deudor el cumplimiento de la deuda o exigir al garante que asuma la responsabilidad de la garantía dentro de el alcance de su garantía.

Artículo 689: El garante de una contragarantía podrá exigir al deudor que preste una contragarantía.

Artículo 690: Contrato de Garantía de Máxima: El fiador y el acreedor podrán negociar y celebrar un contrato de garantía de máxima, acordándose prestar garantía para los créditos que se presenten de manera continua dentro de un plazo determinado dentro del alcance del monto máximo de garantía. reclamos.

Salvo lo dispuesto en este capítulo, el monto máximo de garantía se sujetará a las disposiciones pertinentes sobre monto máximo de hipoteca en la Parte II de esta Ley.

Artículo 691 El alcance de la garantía comprende los derechos del acreedor principal y sus intereses, la indemnización por daños y perjuicios y los gastos de realización de los derechos del acreedor. A menos que las partes acuerden lo contrario, prevalecerá dicho acuerdo.

Artículo 692: El período de garantía es el período durante el cual el fiador asume la responsabilidad de la garantía y no podrá ser suspendido, interrumpido o prorrogado.

El acreedor y el fiador podrán acordar un plazo de garantía, pero si el plazo de garantía pactado vence antes o al mismo tiempo que el plazo de ejecución de la deuda principal, se considerará que no existe acuerdo; si no hay acuerdo o el acuerdo no es claro, el período de garantía será para la deuda principal de seis meses a partir de la fecha de vencimiento del período de ejecución.

Si el acreedor y el deudor no se ponen de acuerdo sobre el plazo principal de cumplimiento de la deuda o el acuerdo no es claro, el plazo de garantía se computará a partir del vencimiento del plazo de gracia en el que el acreedor solicita al deudor el cumplimiento. la deuda.

Artículo 693: Durante el período de garantía, si el acreedor de una garantía general no interpone demanda ni solicita arbitraje contra el deudor, el fiador ya no soportará la responsabilidad de la garantía.

Si los acreedores de la garantía de responsabilidad solidaria no exigen que el garante asuma la responsabilidad de la garantía durante el período de garantía, el garante ya no asumirá la responsabilidad de la garantía.

Artículo 694: Generalmente, si un acreedor garantizado interpone demanda o solicita arbitraje contra el deudor antes del vencimiento del plazo de garantía, el plazo de prescripción de la deuda garantizada comenzará a contar desde la fecha en que el garante Se extingue el derecho a negarse a asumir la responsabilidad de garantía.

Si el acreedor de una garantía de responsabilidad solidaria solicita al garante que asuma el pasivo de la garantía antes del vencimiento del plazo de garantía, el plazo de prescripción de la deuda garantizada se computará a partir de la fecha en que el acreedor solicite al garante. para asumir la responsabilidad de la garantía.

Artículo 695 Si, sin el consentimiento escrito del fiador, el acreedor negocia con el deudor la modificación del contenido del contrato de deuda del acreedor principal o la reducción de la deuda, el fiador seguirá soportando la responsabilidad de garantía del deuda cambiada; si la deuda se agrava, el fiador no será responsable de la parte agravada.

Si el acreedor y el deudor cambian el período de ejecución de los derechos del acreedor principal y del contrato de deuda sin el consentimiento por escrito del garante, el período de garantía no se verá afectado.

Artículo 696: Si un acreedor transfiere todo o parte de sus derechos de acreedor sin notificarlo al fiador, la transferencia no producirá efectos contra el fiador.

El garante y el acreedor han acordado no transferir los derechos del acreedor. Si el acreedor transfiere los derechos del acreedor sin el consentimiento por escrito del garante, el garante ya no será responsable ante el cesionario.

Artículo 697 Si el acreedor permite al deudor transferir toda o parte de la deuda sin el consentimiento escrito del fiador, el fiador ya no será responsable de la deuda transferida sin su consentimiento, sino el acreedor y el garante deberá hacer lo contrario excepto lo acordado.

Si un tercero se suma a la deuda, no afectará la responsabilidad del garante.

Artículo 698: Exención de la responsabilidad de garantía del fiador general Transcurrido el plazo principal de cumplimiento de la deuda, el fiador general proporciona al acreedor la verdadera situación de los bienes del deudor disponibles para su ejecución. El acreedor abandona o descuida el ejercicio de sus derechos. Si la propiedad se vuelve inejecutable, el garante ya no asumirá la responsabilidad de garantía dentro del rango de valor de la propiedad disponible para ejecución.

Artículo 699: Si dos o más fiadores garantizan conjuntamente una misma deuda, el fiador soportará la responsabilidad de la garantía según la parte de garantía pactada en el contrato de garantía, si no hay acuerdo sobre la parte de garantía, la misma; El acreedor podrá exigir a cualquier garante que asuma la responsabilidad de la garantía dentro del alcance de su garantía.

Artículo 700: Una vez que el fiador asume la responsabilidad de garantía, salvo pacto en contrario de las partes, el fiador tendrá derecho a recuperar del deudor la indemnización dentro del alcance de la responsabilidad de garantía y gozará de los derechos del acreedor contra el deudor, pero no perjudicará los intereses del acreedor.

Artículo 701: El fiador podrá hacer valer las excepciones del deudor frente al acreedor. Si el deudor renuncia a su defensa, el garante todavía tiene derecho a oponer defensa contra el acreedor.

Artículo 702: Si el fiador se niega a cumplir con sus derechos, y el deudor tiene derecho de compensación o cancelación contra el acreedor, el fiador podrá negarse a asumir la responsabilidad de garantía en el ámbito correspondiente.