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¿Quién nombra al presidente del sindicato de empresa?

El comité sindical de empresa, incluido el presidente del sindicato, es elegido por la asamblea general de afiliados o por la asamblea general de representantes de los afiliados. La organización del partido empresarial puede recomendar candidatos a presidente del sindicato. Cualquier supuesto nombramiento de un presidente de sindicato de empresa constituye una violación grave de la legislación sindical y es inválido. Artículo 9 de la "Ley de Sindicatos de la República Popular China" "Las organizaciones sindicales en todos los niveles se establecen de conformidad con el principio del centralismo democrático. Los comités sindicales en todos los niveles son elegidos democráticamente por las conferencias o congresos de los miembros. " Artículo 20 de la "Constitución de los sindicatos de China" Artículo 7 “Los miembros del comité sindical de base serán elegidos sobre la base de plena deliberación y consulta entre los miembros o sus representantes; el presidente y el vicepresidente podrán ser elegidos directamente por el conferencia de afiliados o asamblea de representantes de afiliados, o podrán ser elegidos por el comité sindical de base. "Medidas para la elección del presidente de un sindicato de empresa (juicio)" Artículo 7 Cuando un sindicato de empresa cambie su mandato o constituya un nuevo sindicato. organización sindical, se establecerá un grupo dirigente compuesto por el sindicato de nivel superior, la organización del partido de la empresa y los representantes de los miembros para que sean responsables de la nominación y elección de los candidatos a presidente del sindicato. Artículo 8 Los candidatos a presidente del sindicato de empresa serán recomendados por la sección sindical o grupo sindical, o por todos los miembros en votación secreta, el comité sindical anterior, el sindicato de nivel superior o el sindicato. El grupo preparatorio del sindicato hará una recomendación basada en las opiniones de la mayoría de los miembros. Lista de candidatos. Debería haber más candidatos que candidatos a presidente del sindicato de empresa. Artículo 9 La organización del partido de la empresa y el sindicato superior inspeccionarán a los candidatos a presidente del sindicato de empresa y harán ajustes a aquellos que no reúnan las condiciones para el cargo. Artículo 10 Los candidatos a presidente del sindicato de empresa serán anunciados públicamente durante siete días. Los anuncios están ordenados por los trazos del apellido. Artículo 11 Los candidatos a presidente del sindicato de la empresa se presentarán a la organización del partido de la empresa y al sindicato de nivel superior para su revisión y aprobación. Artículo 13 El presidente del sindicato de empresa será elegido mediante procedimientos de elección democrática de conformidad con la ley y sólo podrá ocupar el cargo después de haber sido elegido democráticamente por los miembros. Artículo 14 Para elegir al presidente del sindicato de empresa se celebrará una asamblea general de afiliados o una asamblea representativa de afiliados que se llevará a cabo mediante votación secreta. Los electores que por cualquier motivo estén ausentes de la reunión no podrán encomendar a otros el voto en su nombre. Artículo 15 El presidente del sindicato de empresa podrá ser elegido directamente por la asamblea general de afiliados o por la asamblea representativa de afiliados, o podrá ser elegido por el comité sindical de empresa al mismo tiempo que los afiliados de la empresa; comité sindical, o podrá ser elegido por separado. Artículo 16 Cuando la asamblea general de afiliados o la asamblea general de afiliados eligen al presidente del sindicato de empresa, la elección sólo podrá realizarse cuando el número de participantes sea superior a dos tercios del número de personas que deben estar presentes. El candidato a presidente del sindicato de empresa sólo podrá ser elegido si obtiene más de la mitad de los votos a favor del número de personas presentes y con derecho a voto. Artículo 17 Ninguna organización o individuo podrá obstaculizar el trabajo de las elecciones democráticas, ni impedir la asistencia de los miembros con derecho a votar o ser elegido, ni utilizar comportamientos no organizados, como la colusión privada o la coerción con otros, para obligar a los electores a elegir o no a alguien. , o utilizar cualquier otro medio para rastrear las intenciones de voto de los electores.