No hay procesamiento por cumplimiento penal corporativo
Las disposiciones de la Ley de Enjuiciamiento Criminal sobre la no persecución: No procede la persecución si concurre alguna de las siguientes circunstancias: 1. Se dispensa de la pena mediante indulto especial 2. El delito ha prescrito dentro del plazo; el plazo de prescripción; 3. Las circunstancias Es obviamente menor, no causa mucho daño y no se considera un delito 4. Un delito manejado de acuerdo con la ley penal, y no se presenta denuncia o se retira la denuncia; 5. La muerte de un sospechoso o acusado de un delito, etc.
Objetividad jurídica:
Artículo 53 de las Disposiciones provisionales sobre la supervisión del Tribunal Popular y las Medidas provisionales para la investigación y tramitación de casos de infracción disciplinaria Después de que se haya manejado un caso importante, el estado del cierre del caso se informará de manera oportuna. El cierre del caso incluye: informe de investigación, decisión de sanción e inspección de la persona castigada si alguien es penalmente responsable según la ley, además de materiales pertinentes sobre sanciones disciplinarias, la decisión de la Fiscalía Popular sobre la inmunidad de procesamiento o la sentencia del Tribunal Popular; sentencia, o caso también deberá presentarse informe de conclusiones.