¿Cuánto tiempo suele tardar una empresa en cotizar en bolsa?
Una empresa que cotiza en bolsa es un componente específico de una sociedad anónima que ha emitido públicamente acciones de una escala considerable y sus acciones están aprobadas para ingresar al mercado centralizado de negociación de valores para su negociación.
Cuando una sociedad anónima solicite la cotización y negociación de sus acciones, deberá presentar los documentos pertinentes a la bolsa de valores.
La principal consecuencia de la adquisición de una empresa cotizada es la transferencia del control de la empresa; una fusión empresarial conducirá inevitablemente a la disolución de una o más empresas y a la pérdida de la personalidad jurídica.
En una fusión empresarial, los accionistas de la parte que se fusiona suelen ser los accionistas de la empresa fusionada. La adquisición de una empresa que cotiza en bolsa significa que una empresa compra las acciones de otra empresa que cotiza en bolsa y los accionistas de la empresa adquirida ya no son accionistas de la empresa que cotiza en bolsa. Además, las empresas fusionadas suelen formar una nueva entidad. En una adquisición de una empresa pública, la empresa adquirida se convierte en una subsidiaria del adquirente. Por lo tanto, desde la perspectiva de la obtención del control, las adquisiciones de empresas cotizadas y las fusiones de empresas son ambas conductas de obtención del control en el mercado de valores. Sin embargo, las fusiones de empresas darán lugar a la pérdida de las calificaciones de las personas jurídicas controladas, mientras que las adquisiciones de. Las empresas que cotizan en bolsa generalmente no resultarán en la pérdida de las calificaciones de persona jurídica. Pérdida de las calificaciones de la parte controladora.
Base jurídica
Ley de Sociedades de la República Popular China (China)
Artículo 44 Una sociedad de responsabilidad limitada tendrá un consejo de administración, cuyos miembros deberán ser de tres a trece personas. Sin embargo, salvo lo dispuesto en contrario en el artículo 50 de esta Ley.
Una sociedad de responsabilidad limitada constituida con inversiones de dos o más empresas estatales o de dos o más inversores estatales deberá tener representantes de los empleados entre los miembros de su junta directiva de una sociedad limitada; La sociedad de responsabilidad puede incluir representantes de los empleados de la empresa. Los representantes de los empleados en la junta directiva son elegidos por los empleados de la empresa a través de la conferencia de representantes de los empleados, la conferencia de representantes de los empleados u otras formas de elecciones democráticas.
El consejo de administración tendrá un presidente y podrá tener un vicepresidente. Las modalidades de elección del presidente y del vicepresidente se establecerán en los estatutos de la sociedad. Artículo 46 El Directorio es responsable de la asamblea de accionistas y ejerce las siguientes facultades:
(1) Convocar a la asamblea de accionistas e informar los trabajos a la asamblea de accionistas;
(2) Ejecutar las decisiones del acuerdo de la asamblea de accionistas.
(3) Determinar el plan de negocios y el plan de inversiones de la empresa.
(4) Formular el presupuesto financiero anual y el plan de cuentas finales de la empresa; Formular el plan de distribución de ganancias y el plan de compensación de pérdidas de la empresa;
(6) Formular el plan de la empresa para aumentar o reducir el capital social y emitir bonos corporativos;
(7) Formular el plan de la empresa fusión, escisión, planes para disolver o cambiar la forma de la empresa;
(8) decidir sobre el establecimiento de la organización de gestión interna de la empresa;
(9) decidir sobre el nombramiento o despido de los gerentes de la empresa y su remuneración, con base en el nombramiento del gerente, decidir sobre el nombramiento o destitución del subgerente de la empresa, el director financiero y su remuneración;
(10) Formular el sistema básico de gestión de la empresa;
(10) Formular el sistema básico de gestión de la empresa; p>
(11) Otras facultades previstas en los estatutos.