Red de conocimiento del abogados - Preguntas y respuestas penales - ¿Puedo contratar un abogado durante la investigación?

¿Puedo contratar un abogado durante la investigación?

Subjetividad Legal:

Sí, puedes. Los abogados tienen un estatus legal independiente en los procesos penales, disfrutan de ciertos derechos de litigación independiente y desempeñan un papel importante en la salvaguardia de los derechos e intereses legítimos de las partes y garantizan el manejo correcto de los casos. Por lo tanto, los sospechosos de delitos pueden contratar abogados como defensores desde el momento en que la Fiscalía Popular revisa el caso de la fiscalía. Además de contratar a un defensor, los sospechosos de delitos también pueden contratar abogados para que les brinden asistencia jurídica durante la etapa de investigación. Artículo 34 de la Ley de Procedimiento Penal: El sospechoso de un delito tiene derecho a confiar un defensor desde el primer día del interrogatorio o de las medidas obligatorias adoptadas por el organismo de investigación. Durante la investigación, sólo se puede confiar la defensa a abogados. El acusado tiene derecho a confiar un defensor en cualquier momento. Al interrogar a un sospechoso de un delito o adoptar medidas coercitivas contra él por primera vez, el organismo de investigación le informará del derecho a confiarle un defensor. La Fiscalía Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de recepción de los materiales del caso transferidos para su revisión y enjuiciamiento, informará al sospechoso de un delito sobre su derecho a confiar un defensor. El Tribunal Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de aceptación del caso, notificará al imputado su derecho a confiar un defensor. Si un sospechoso o acusado de un delito solicita que se le encomiende un defensor mientras se encuentra bajo custodia, el tribunal popular, la fiscalía popular y los órganos de seguridad pública comunicarán sin demora la solicitud. Si un sospechoso o acusado de un delito se encuentra detenido, su tutor o pariente cercano también podrá confiarle un defensor. Después de aceptar la encomienda de un sospechoso o acusado de un delito, el defensor deberá notificar de inmediato a la agencia que maneja el caso.

Objetividad jurídica:

Artículo 36 de las Normas de Procedimiento Penal de la Fiscalía Popular (juicio) Cuando el departamento de investigación de la Fiscalía Popular interroga a un sospechoso de un delito o toma medidas obligatorias contra él por La primera vez, se debe informar al sospechoso de un delito que tiene derecho a contratar un defensor y que si no ha contratado a un defensor debido a dificultades financieras u otras razones, puede solicitar asistencia jurídica. En las situaciones previstas en el artículo 34 de la Ley de Procedimiento Penal, se informará al sospechoso de un delito de su derecho a obtener asistencia jurídica. Dentro de los tres días siguientes a que la Fiscalía Popular reciba los materiales del caso transferidos para su revisión y procesamiento, el ministerio público informará al sospechoso de un delito que tiene derecho a contratar un defensor y le informará que si no ha contratado a un defensor debido a problemas económicos dificultades u otras razones, podrá solicitar asistencia jurídica gratuita. En las situaciones previstas en el artículo 34 de la Ley de Procedimiento Penal, se informará al sospechoso de un delito de su derecho a obtener asistencia jurídica. La notificación puede ser oral o escrita. Las notificaciones orales se harán constar en la transcripción y serán firmadas por la persona a notificar; en el caso de notificaciones escritas, se hará constar en el expediente el recibo de la notificación.