¿Qué responsabilidad penal se perseguirá por el delito de colusión para la venta de marcas ilegales?
Base Legal
Artículo 215 de la Ley Penal
Falsificación o fabricación no autorizada de marcas registradas ajenas o venta de marcas registradas falsificadas o no autorizadas, si las circunstancias son graves, el infractor será condenado a una pena de prisión determinada no superior a tres años y, concurrentemente o únicamente con una multa, si las circunstancias son especialmente graves, el infractor será condenado a una pena de prisión determinada no inferior a tres años; y no más de diez años y simultáneamente a una multa.
Artículo 220
Si una unidad comete los delitos previstos en los artículos 213 a 219 de esta fracción, será multada y sancionada directamente el responsable y los demás directamente responsables. será sancionado de conformidad con lo dispuesto en este artículo.