Red de conocimiento del abogados - Preguntas y respuestas penales - ¿Puede una empresa demandar a los accionistas por cobro de deudas?

¿Puede una empresa demandar a los accionistas por cobro de deudas?

¡Normalmente no!

Existen dos tipos de sociedades mencionadas en la legislación de sociedades de nuestro país: las sociedades limitadas y las sociedades anónimas. Los accionistas se limitan a las deudas de la empresa, es decir, a sus propios aportes de capital, que no afectarán su patrimonio.

Existe una situación en la que los accionistas pueden ser demandados, y es cuando los accionistas son responsables de las deudas de la empresa. Hay muchas situaciones de este tipo. Por ejemplo, cuando los bancos solicitan préstamos a las empresas, a menudo piden a los accionistas que asuman la responsabilidad de garantizar los préstamos de la empresa.

También me he encontrado con algunas empresas que pedían a sus accionistas que asumieran obligaciones de garantía en sus transacciones comerciales normales.

En el caso de demandar a la empresa, los accionistas pueden ser demandados en ambos casos.

Los accionistas incumplen sus obligaciones de aporte de capital, o incumplen íntegramente sus obligaciones de aporte de capital. Los acreedores pueden solicitar la quiebra de la empresa para pagar las deudas durante la etapa de ejecución. En este caso, los accionistas pueden agregarse como albaceas.

Una empresa puede demandar a sus accionistas por deudas.

El Tribunal Popular debe aceptar demandas que cumplan las siguientes condiciones:

1. El demandante es un ciudadano, persona jurídica u otra organización que tenga un interés directo en el caso;

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2. Hay un demandado claro;

3. Hay reclamaciones, hechos y motivos de litigio específicos

4. aceptación del litigio civil y la competencia del Tribunal Popular.

Sí, cuando una empresa es demandada por deudas de una persona jurídica, los accionistas pueden ser demandados conjuntamente.

Los accionistas son los inversores de la empresa y tienen una fuerte correlación con las operaciones de la empresa. Siempre que la demanda del demandante se ajuste a lo dispuesto en el artículo 119 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el accionista puede ser demandado.

Base jurídica:

Artículo 119 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

La demanda debe cumplir las siguientes condiciones:

(1) La demandante está relacionado con el caso Ciudadanos, personas jurídicas y otras organizaciones con intereses directos;

(2) Hay un demandado claro;

(3) Hay solicitudes, hechos y razones;

(4) Cae dentro del alcance del litigio civil aceptado por el Tribunal Popular y estará bajo la jurisdicción del Tribunal Popular demandado.