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Asignación y uso de activos estatales de instituciones públicas

La asignación y uso de activos estatales de instituciones públicas;

La asignación de activos estatales de instituciones públicas se refiere al comportamiento de los departamentos financieros, departamentos competentes, instituciones públicas, etc. De acuerdo con las necesidades de las instituciones públicas para desempeñar sus funciones y de conformidad con los procedimientos estipulados en las leyes, reglamentos y normas nacionales pertinentes, los activos se asignan a las instituciones públicas mediante adquisición o ajuste.

La asignación de activos de propiedad estatal de las instituciones públicas deberá cumplir las siguientes condiciones:

(1) Los activos existentes no pueden satisfacer las necesidades de las instituciones públicas para desempeñar sus funciones;

(2) Es difícil * * * compartir y * * * utilizar activos relacionados con otras unidades;

(3) Es difícil reemplazar la asignación de activos mediante la compra de productos o servicios a través del mercado, o el costo de comprar productos a través del mercado es demasiado alto.

La asignación de activos estatales de las instituciones públicas debe cumplir con las normas de asignación prescritas; si no existen normas de asignación, deben ser estrictamente controladas y asignadas de manera razonable.

Si los activos de las instituciones públicas están inactivos durante mucho tiempo, operan de manera ineficiente o exceden la asignación estándar, en principio, el departamento competente deberá realizar ajustes y reportarlos al departamento financiero del mismo nivel para su archivo. Las transferencias de activos entre departamentos y entre regiones se informarán al departamento financiero del mismo nivel o se revisarán y aprobarán en el mismo nivel * * *. Si las leyes y reglamentos administrativos dispusieran lo contrario, prevalecerán dichas disposiciones.

Las instituciones públicas solicitan al departamento financiero que utilice fondos fiscales para comprar activos por encima de un cierto límite (incluidas las compras necesarias para celebrar conferencias y actividades a gran escala con fondos fiscales). la solicitud debe presentarse para su aprobación de acuerdo con los siguientes procedimientos:

(1) Antes de la preparación del presupuesto departamental anual, el departamento de gestión de activos de la institución pública deberá revisar el inventario de activos junto con el departamento financiero. , proponer los artículos y cantidades de activos que se comprarán en el próximo año, estimar la cantidad de fondos e informar al departamento competente para su revisión.

(2) El departamento competente deberá revisar y resumir el activo; plan de adquisición de la institución pública basado en el estado del stock de activos de la institución pública y los estándares de asignación de activos relevantes, y presentarlo al departamento financiero al mismo nivel para su aprobación.

(3) Igual que el financiero; El departamento del mismo nivel examinará y aprobará el plan de adquisición de activos basándose en las opiniones de revisión del departamento competente;

(4) El plan de adquisición de activos aprobado por el departamento financiero del mismo nivel se incluirá en El presupuesto anual del departamento se adjunta al presentar el presupuesto anual del departamento. Los documentos de aprobación y otros materiales relevantes se adjuntan como base para que el departamento financiero apruebe el presupuesto del departamento.

Cuando una institución pública solicita fondos para proyectos del departamento competente u otros departamentos, los departamentos pertinentes deberán presentar los proyectos de compra de activos por encima del límite prescrito al departamento financiero al mismo nivel para su aprobación antes de liberar los fondos. .

Las instituciones públicas que utilizan otros fondos para comprar activos por encima del límite prescrito deben informar al departamento competente para su aprobación; el departamento competente debe informar periódicamente los resultados de la aprobación al departamento financiero del mismo nivel para su registro.

Cuando las instituciones públicas adquieren activos incluidos en el alcance de la contratación pública, deben cumplir con la normativa nacional en materia de contratación pública.

El uso de los activos estatales de las instituciones públicas incluye el uso propio y la inversión externa, el arrendamiento, el préstamo y las garantías.

Las instituciones públicas establecerán y mejorarán sistemas internos de gestión para la compra, aceptación, custodia y uso de activos.

Las instituciones públicas deben realizar periódicamente un inventario de los activos físicos para garantizar que las cuentas, las tarjetas de cuenta y los elementos de la cuenta sean coherentes, y fortalecer el seguimiento de los derechos de patente, derechos de marca, derechos de autor, derechos de uso de la tierra de la unidad. tecnologías no patentadas y gestión del fondo de comercio y otros activos intangibles para evitar la pérdida de activos intangibles.

Las instituciones públicas que utilizan activos estatales para inversiones externas, arrendamientos, préstamos y garantías deben realizar los estudios de viabilidad necesarios, presentar solicitudes y presentarlas al departamento financiero del mismo nivel para su aprobación después de la revisión por el departamento competente. Si las leyes y reglamentos administrativos dispusieran lo contrario, prevalecerán dichas disposiciones.

Las instituciones públicas implementarán una gestión especial de sus activos utilizados para inversión externa, arrendamiento y préstamo, y divulgarán completamente la información relevante en los informes de contabilidad financiera.

Los departamentos financieros y los departamentos competentes deben fortalecer el control de riesgos para la inversión externa, el arrendamiento, los préstamos y las garantías de los activos estatales de las instituciones públicas.

Los ingresos procedentes de inversiones exteriores de instituciones públicas y los ingresos procedentes del arrendamiento, préstamo y garantía de bienes de propiedad estatal se incluirán en el presupuesto unitario y estarán sujetos a una contabilidad y gestión unificadas. Salvo que el estado disponga lo contrario.