¿En qué circunstancias se extinguirá por la fuerza un derecho de patente antes de su vencimiento?
Los derechos de patente cesarán antes de su vencimiento en cualquiera de las siguientes circunstancias:
(1) Falta de pago de las tasas anuales de conformidad con la normativa;< /p >
(2) El titular de la patente renuncia por escrito a sus derechos de patente.
Si el derecho de patente finaliza antes de la expiración del plazo, será registrado y anunciado por el departamento de administración de patentes del Consejo de Estado.
El artículo 98 de las Normas de Aplicación de la Ley de Patentes estipula:
Las tasas anuales posteriores al año en que se concede el derecho de patente se pagarán antes de la expiración del año anterior. Si el titular de la patente no paga o no paga en su totalidad, el departamento de administración de patentes del Consejo de Estado notificará al titular de la patente que pague la tarifa anual dentro de los 6 meses posteriores a la fecha de vencimiento y, al mismo tiempo, pagará la tarifa por mora; del cargo por mora se calculará cada 1 hora después del tiempo de pago prescrito. Cada mes se calculará sumando el 5% del cargo anual completo del año en curso si el pago no se realiza al final del período, el derecho de patente; terminará a partir de la fecha en que venza el pago de la cuota anual.