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¿Qué es la infracción de propiedad intelectual?

Análisis jurídico: Cuáles son los delitos de infracción de propiedad intelectual: 1. El delito de falsificación de marcas registradas. El delito de venta de mercancías con marcas registradas falsificadas. El delito de fabricación y venta ilegal de marcas registradas fabricadas ilegalmente. Delito de falsificación de patentes. Delito de infracción de derechos de autor. El delito de venta de copias infractoras. Delito de violación de secretos comerciales.

Base jurídica: “Ley Penal de la República Popular China”

Artículo 213: Sin el permiso del titular de la marca registrada, utilizar el mismo producto o servicio que la registrada marca Si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años y, concurrentemente o únicamente con multa, si las circunstancias son especialmente graves, será sancionado con pena privativa de libertad no inferior a tres años; tres años y no más de diez años y simultáneamente a una multa.

Artículo 214: El que a sabiendas venda mercancías con marcas registradas falsificadas y obtenga una cantidad relativamente importante de ingresos ilegales o concurra otras circunstancias graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años y también o únicamente ser multado ilegalmente Si el monto de los ingresos es enorme o concurren otras circunstancias particularmente graves, el infractor será condenado a pena de prisión de no menos de tres años pero no más de diez años, y también será multado;

Artículo 215 El que falsifique o fabrique sin autorización una marca registrada de otra persona o venda una marca registrada falsificada o no autorizada, será sancionado, si las circunstancias son graves, con pena privativa de libertad no mayor de tres años. y será también o únicamente multado, si las circunstancias fueren particularmente graves, será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, y también será multado;

Artículo 216 El que falsifique patente ajena, si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión criminal, y también o únicamente con multa.

Artículo 217: El que, con fines de lucro, cometa cualquiera de los siguientes actos de infracción del derecho de autor o de derechos conexos, y el monto de las ganancias ilícitas sea relativamente grande o concurran otras circunstancias graves , será condenado a una pena fija de prisión no superior a tres años, y concurrente o únicamente con una multa si el monto de las ganancias ilegales es enorme o concurren otras circunstancias particularmente graves, la persona será condenada a una pena de prisión fija; de no menos de tres años pero no más de diez años, y también será multado: (1) Copiar al público a través de redes de información sin el permiso del titular de los derechos de autor, distribuir sus obras escritas, música, arte, obras audiovisuales. , software de computadora y otros trabajos estipulados en leyes y reglamentos administrativos; (2) Publicar libros para los cuales otros tienen derechos de publicación exclusivos (3) Copiar y distribuir sin el permiso del productor, Difundir las grabaciones de audio y video producidas por ellos; público a través de redes de información; (4) Copiar y distribuir las grabaciones de audio y video de sus actuaciones sin el permiso de los artistas intérpretes o ejecutantes, o difundir sus actuaciones al público a través de redes de información; (5) Producir y vender obras de arte falsificadas (6); ) Evitar o dañar deliberadamente las medidas técnicas adoptadas por los titulares de derechos de autor para proteger sus obras, productos audiovisuales y otros derechos de autor o derechos relacionados con los derechos de autor. Sin el permiso del propietario de los derechos de autor o del titular de los derechos relacionados con los derechos de autor.

Artículo 218 El que con el fin de obtener ganancias, a sabiendas venda copias infractoras en los términos del artículo 217 de esta Ley, y el monto de las ganancias ilícitas sea elevado o concurran otras circunstancias graves, será sancionado con cinco años multa, será castigado con pena privativa de libertad determinada no superior a diez años y, concurrente o únicamente, con multa.

Artículo 219: El que cometa cualquiera de los siguientes actos de violación de secretos industriales, si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, y concurrente o únicamente con una multa si las circunstancias son particularmente graves, será condenado a no menos de tres años Una pena de prisión de no más de diez años y una multa por: (1) Obtener secretos comerciales del titular del derecho mediante robo, soborno, fraude o coerción; , intrusión electrónica u otros medios indebidos; (2) Divulgar, usar o permitir que otros usen los medios mencionados en el párrafo anterior. Obtuvo secretos comerciales del obligante; (3) Violar la obligación de confidencialidad o el requisito del obligante de guardar secretos comerciales; revelar, usar o permitir que otros usen los secretos comerciales en su posesión. Entre los actos enumerados en el párrafo anterior, se considerará infracción de la teoría del secreto comercial obtener, revelar, utilizar o permitir que otros utilicen un secreto empresarial sabiendo que lo es. El titular de los derechos mencionado en este artículo se refiere al propietario del secreto comercial y al usuario del secreto comercial con el permiso del propietario.