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Reglamento sobre entrevistas con sospechosos de delitos

Normas sobre los abogados que se reúnen con sospechosos de delitos:

1. Los abogados defensores pueden reunirse y comunicarse con los sospechosos de delitos y los acusados ​​bajo custodia;

2. Los abogados defensores tienen un certificado de ejercicio de abogado, un certificado de abogado. Si el certificado, poder o carta de asistencia jurídica de la empresa requiere una entrevista con un sospechoso de un delito o acusado bajo custodia, el centro de detención deberá programar la entrevista de manera oportuna, a más tardar en 48 horas.

1. ¿Cuáles son las reglas para que los abogados se reúnan con sospechosos de delitos?

El artículo 39 de la "Ley de Procedimiento Penal" estipula que los abogados defensores pueden reunirse y comunicarse con los sospechosos de delitos y los acusados ​​bajo custodia. Otros defensores también pueden reunirse y comunicarse con sospechosos de delitos y acusados ​​bajo custodia con el permiso del Tribunal Popular y la Fiscalía Popular.

Si un abogado defensor solicita reunirse con un sospechoso de un delito detenido o acusado con un certificado de ejercicio de abogado, un certificado de bufete de abogados, un poder o una carta de asistencia jurídica, el centro de detención deberá organizar la reunión en el momento oportuno. manera, a más tardar 48 horas.

En casos de delitos que ponen en peligro la seguridad nacional o actividades terroristas, los abogados defensores deben obtener permiso de la agencia de investigación para reunirse con los sospechosos de delitos bajo custodia durante la investigación. El organismo de investigación notificará al centro de detención con antelación la situación anterior.

Los abogados defensores se reúnen con sospechosos de delitos y acusados ​​bajo custodia para conocer el caso y brindarles asesoramiento legal. A partir de la fecha en que el caso se transfiere para su revisión y enjuiciamiento, se pueden verificar las pruebas pertinentes con el sospechoso o acusado del delito. Los abogados defensores no están sujetos a vigilancia cuando se reúnen con sospechosos y acusados ​​de delitos.

Las disposiciones de los apartados 1, 3 y 4 se aplicarán a las reuniones y comunicaciones entre los abogados defensores y los sospechosos y acusados ​​de delitos que se encuentren bajo vigilancia domiciliaria.

Según lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se puede saber que:

1. El abogado defensor puede solicitar reunirse con el sospechoso del delito en el centro de detención con que se encuentre. sobre los "tres certificados". Excepto en el caso de delitos que ponen en peligro la seguridad nacional y terrorismo, los abogados no necesitan la aprobación de la agencia de investigación para reunirse con sospechosos de delitos.

2. Los abogados defensores pueden conocer el caso de las agencias de investigación y de los sospechosos de delitos, y tienen derecho a presentar opiniones a las agencias de investigación y salvaguardar los derechos e intereses legítimos de los sospechosos de delitos. Durante la etapa de investigación, los abogados también pueden comunicarse con los organismos de investigación sobre los casos que conocen, ayudando así a los organismos de investigación a aclarar la dirección de la investigación y castigar con precisión los delitos.

3. Los centros de detención tienen la obligación de organizar con prontitud que los abogados se reúnan con los sospechosos de delitos. El límite de tiempo anterior está claramente estipulado por la legislación, lo que acorta en gran medida el tiempo para que los centros de detención se reúnan con los abogados. sospechosos criminales.

4. La confidencialidad de la forma en que los abogados se reúnen con los sospechosos de delitos ya no está acompañada por los investigadores y no es supervisada. Esto favorece la comunicación total y la confianza mutua entre los abogados y los sospechosos de delitos, manteniendo así mejor la legítima. derechos e intereses de los sospechosos de delitos.

Dos. Las normas para las reuniones de abogados con sospechosos de delitos son las siguientes:

1. Los abogados defensores pueden reunirse y comunicarse con sospechosos de delitos y acusados ​​bajo custodia. Otros defensores también pueden reunirse y comunicarse con sospechosos de delitos y acusados ​​bajo custodia con el permiso del Tribunal Popular y la Fiscalía Popular.

2. Si un abogado defensor solicita reunirse con un sospechoso de un delito o acusado bajo custodia con un certificado de ejercicio de abogado, un certificado de bufete de abogados, un poder o una carta de asistencia jurídica, el centro de detención organizará la reunión en de manera oportuna, a más tardar 48 horas.

3. En casos de delitos que ponen en peligro la seguridad nacional o actividades terroristas, los abogados defensores deben obtener permiso de la agencia de investigación cuando se reúnan con sospechosos de delitos bajo custodia durante la investigación. El organismo de investigación notificará al centro de detención con antelación la situación anterior.

4. Cuando los abogados defensores se reúnen con sospechosos de delitos y acusados ​​bajo custodia, pueden conocer el caso y brindarles asesoramiento legal. A partir de la fecha en que el caso se transfiere para su revisión y enjuiciamiento, se pueden verificar las pruebas pertinentes con el sospechoso o acusado del delito. Los abogados defensores no están sujetos a vigilancia cuando se reúnen con sospechosos y acusados ​​de delitos.

5. Lo dispuesto en los apartados 1, 3 y 4 se aplicará a las reuniones y comunicaciones entre los abogados defensores y los sospechosos e imputados que se encuentren bajo vigilancia domiciliaria.

Espero que el contenido anterior pueda ayudarte. Si tiene alguna otra pregunta, consulte a un abogado profesional.

Base jurídica: Artículo 39 de la Ley de Procedimiento Penal: Los abogados defensores pueden reunirse y comunicarse con los sospechosos de delitos y los acusados ​​bajo custodia.

Otros defensores también pueden reunirse y comunicarse con sospechosos de delitos y acusados ​​bajo custodia con el permiso del Tribunal Popular y la Fiscalía Popular. Si un abogado defensor solicita reunirse con un sospechoso de un delito o acusado bajo custodia con un certificado de ejercicio de abogado, certificación de bufete de abogados, poder notarial o carta de asistencia jurídica, el centro de detención deberá organizar la reunión de manera oportuna, a más tardar 48 horas.