Red de conocimiento del abogados - Preguntas y respuestas penales - ¿En qué temas contables deberían incluirse los honorarios por el diseño del logotipo corporativo?

¿En qué temas contables deberían incluirse los honorarios por el diseño del logotipo corporativo?

Debido a que la tarifa de diseño está relacionada con el marketing del producto y la imagen corporativa, puede registrarse como una tarifa de ventas: tarifa de promoción comercial. El tratamiento contable es el siguiente:

Débito: gastos de ventas - gastos de promoción empresarial

Crédito: efectivo en caja/? ¿Depósito bancario? /Cuentas por Pagar

Gastos de Ventas - Los gastos de promoción empresarial se calculan como gastos pagados por las empresas para realizar actividades de promoción empresarial, refiriéndose principalmente a gastos de publicidad que no han sido difundidos a través de los medios de comunicación, incluidos los obsequios emitidos por empresas con Logotipos corporativos impresos en ellos, souvenirs, etc. Las tarifas de publicidad y las tarifas de promoción comercial que la empresa puede deducir se calculan como de costumbre de acuerdo con las regulaciones, y la empresa también puede deducir las tarifas de publicidad y las tarifas de promoción comercial no deducidas cobradas por las empresas afiliadas.

Datos ampliados

Estándares para la deducción antes de impuestos de gastos de promoción empresarial

1. El estándar de deducción para empresas generales no supera el 15%.

De acuerdo con el artículo 44 del "Reglamento para la Implementación de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Empresas", los gastos de publicidad elegibles y los gastos de promoción comercial incurridos por la empresa no excederán el año en curso a menos que el financiero especifique lo contrario. y las autoridades tributarias del Consejo de Estado. Se permite deducir el ingreso por ventas (negocios) del 15%; el exceso debe transferirse y deducirse en ejercicios fiscales futuros.

2. El estándar de deducción para los tres tipos de empresas es del 30%.

De acuerdo con el artículo 1 del "Aviso sobre la política de deducción antes de impuestos para gastos de publicidad y promoción empresarial" (Caishui [2017] No. 41), la fabricación o venta de cosméticos, la fabricación de productos farmacéuticos y la fabricación de bebidas. (excluido el alcohol) Se permitirá deducir los gastos de publicidad y los gastos de promoción empresarial incurridos en la fabricación) si no superan el 30% de los ingresos por ventas (operativos) del año en curso; el exceso se podrá trasladar y deducir; en años fiscales futuros.

3. Las empresas tabacaleras no permiten deducciones antes de impuestos.

De acuerdo con el Artículo 3 del "Aviso sobre la Política de Deducción Antes de Impuestos para Honorarios de Publicidad y Honorarios de Promoción Comercial" (Finanzas e Impuestos [2065 438+07] No. 41), los honorarios de publicidad del tabaco y Las tarifas de promoción empresarial de las empresas tabacaleras no están permitidas. No se permiten deducciones al calcular la renta imponible.

Enciclopedia Baidu: tarifa de promoción empresarial