¿Cuántas horas le toma al abogado de turno transferir la solicitud a la agencia de asistencia legal?
Artículo 39: Si un presunto delincuente detenido, acusado, delincuente o persona en desintoxicación de drogas aislada obligatoriamente solicita asistencia jurídica, la agencia que lleva el caso y el lugar de supervisión transferirá la solicitud a una institución de asistencia jurídica dentro de los 24 días. horas.
Si un sospechoso o acusado de un delito solicita asistencia jurídica, como representación y defensa penal, a través del abogado de turno, el abogado de turno deberá transferir la solicitud a la agencia de asistencia jurídica en un plazo de 24 horas.
Artículo 40 Si una persona sin capacidad para la conducta civil o una persona con capacidad limitada para la conducta civil necesita asistencia jurídica, su representante legal podrá solicitarla en su nombre. Si un representante legal infringe los derechos e intereses legítimos de una persona sin capacidad para una conducta civil o de una persona con capacidad limitada para una conducta civil, otros representantes legales o parientes cercanos podrán solicitar asistencia jurídica en su nombre.
Los sospechosos de delitos, acusados, delincuentes y personas sometidas a aislamiento obligatorio para tratamiento por drogas pueden hacer que sus representantes legales o familiares cercanos soliciten asistencia jurídica en su nombre.
Artículo 41: Los solicitantes que soliciten asistencia jurídica gratuita por dificultades económicas deberán explicar verazmente las dificultades económicas.
Las agencias de asistencia legal pueden preguntar sobre las dificultades financieras del solicitante a través de información, y también pueden pedirle que asuma un compromiso de integridad personal.
Cuando las agencias de asistencia jurídica llevan a cabo trabajos de verificación, los departamentos, unidades, comités de aldea, comités de residentes y personas pertinentes deben cooperar.
Artículo 42: Estarán exentos de la inspección de dificultades económicas los solicitantes de asistencia jurídica gratuita que tengan material que acredite su pertenencia a una de las siguientes personas:
(1) Menores de edad, personas mayores, personas discapacitadas Personas y otros grupos específicos sin una fuente fija de sustento;
(2) Objetos de asistencia social, asistencia judicial o trato preferencial;
(3) Solicitud de pago de remuneración laboral o lesiones personales debido a lesiones relacionadas con el trabajo Trabajadores migrantes compensados;
(4) Otras personas especificadas por las leyes, reglamentos y normas.
Artículo 43 Las instituciones de asistencia jurídica tomarán una decisión sobre si conceden asistencia jurídica dentro de los siete días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de asistencia jurídica. Si decide otorgar asistencia jurídica, designará personal de asistencia jurídica para brindar asistencia jurídica al destinatario dentro de los tres días siguientes a la fecha de la decisión; si decide no otorgar asistencia jurídica, notificará al solicitante por escrito y explicará el motivo; razones.
Si los materiales de solicitud presentados por el solicitante están incompletos, la institución de asistencia jurídica informará al solicitante en un momento de los materiales que deben complementarse o corregirse o exigirá que el solicitante proporcione una explicación. Si el solicitante no completa los materiales ni proporciona las explicaciones requeridas, se considerará que la solicitud ha sido retirada.
Artículo 44: Después de recibir una solicitud de asistencia jurídica gratuita, una institución de asistencia jurídica podrá decidir proporcionar asistencia jurídica por adelantado si determina que existe una de las siguientes circunstancias:
(1 ) Antes del plazo de prescripción legal O si el plazo vence dentro de los siete días, es necesario interponer una demanda o solicitar arbitraje o reconsideración administrativa de manera oportuna;
(2) Es necesario solicitar inmediatamente la conservación de bienes, conservación de pruebas o ejecución anticipada;
(3) Otras situaciones previstas en leyes, reglamentos y normas.
Si una agencia de asistencia jurídica proporciona asistencia jurídica primero, el destinatario debe seguir los procedimientos pertinentes y complementar los materiales pertinentes de manera oportuna.
Artículo 45 Las instituciones de asistencia jurídica que presten servicios de asistencia jurídica a personas mayores y discapacitadas deberán proporcionar instalaciones y servicios sin barreras en función de las condiciones reales.
Si las leyes y reglamentos tienen disposiciones especiales para brindar asistencia jurídica a grupos específicos, esas disposiciones prevalecerán.
Artículo 46: Luego de aceptar la asignación, el personal de asistencia jurídica no podrá negar, retrasar o terminar la prestación de servicios de asistencia jurídica sin motivos justificables.
El personal de asistencia jurídica informará a los destinatarios sobre el manejo de los asuntos de asistencia jurídica de acuerdo con la normativa y no dañará los derechos e intereses legítimos de los destinatarios.
Artículo 47 Los destinatarios deberán declarar verazmente la situación relacionada con los asuntos de asistencia jurídica al personal de asistencia jurídica, proporcionar pruebas y materiales de manera oportuna y ayudar y cooperar en el manejo de los asuntos de asistencia jurídica.
Artículo 48 Si se produce alguna de las siguientes circunstancias, la agencia de asistencia jurídica deberá tomar la decisión de dar por terminada la asistencia jurídica:
(1) El destinatario utiliza engaño u otros medios injustos para obtener asistencia jurídica;
(2) El destinatario oculta deliberadamente hechos importantes relacionados con el caso o proporciona pruebas falsas;
(3) El destinatario utiliza la asistencia jurídica para participar en actividades ilegales p>
(4) La situación financiera del destinatario ha cambiado y ya no cumple con las condiciones para recibir asistencia jurídica.
(5) El juicio del caso ha sido concluido o retirado;
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(6) El destinatario confía en un abogado u otro agente por su cuenta;
(7) El destinatario tiene motivos legítimos para poner fin a la asistencia jurídica gratuita;
(8) ) otras circunstancias previstas en las leyes y reglamentos.
Si el personal de asistencia jurídica descubre alguna situación especificada en el párrafo anterior, deberá informarla oportunamente a la agencia de asistencia jurídica.
Artículo 49 Si un solicitante o beneficiario de la ayuda tiene alguna objeción a la decisión de una institución de asistencia jurídica de denegar o poner fin a la asistencia jurídica, podrá presentar una queja ante el departamento administrativo judicial que estableció la institución de asistencia jurídica.
El departamento administrativo judicial realizará una revisión dentro de los cinco días siguientes a la fecha de recepción de la objeción y tomará una decisión para mantener la institución de asistencia jurídica u ordenar a la institución de asistencia jurídica que haga correcciones.
Si un solicitante o beneficiario de ayuda no está satisfecho con la decisión del departamento administrativo judicial de mantener una institución de asistencia jurídica, puede solicitar una reconsideración administrativa o presentar una demanda administrativa de conformidad con la ley.
Artículo 50 Una vez completados los asuntos de asistencia jurídica, el personal de asistencia jurídica deberá informar a la agencia de asistencia jurídica de manera oportuna y presentar copias o fotocopias de los documentos legales pertinentes, informes de manejo de casos y otros materiales.
Capítulo 5 Garantía y Supervisión
Artículo 51: El Estado fortalece la construcción informatizada de la asistencia jurídica y promueve el intercambio de información y la comunicación entre los departamentos administrativos judiciales, los órganos judiciales y otros departamentos de trabajo relevantes. coordinación.
Artículo 52 Las instituciones de asistencia jurídica pagarán subsidios de asistencia jurídica al personal de asistencia jurídica de manera oportuna de conformidad con las regulaciones pertinentes.
Los estándares de subsidio de asistencia jurídica son determinados por los departamentos administrativos judiciales de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central en conjunto con los departamentos financieros del mismo nivel, y se basan en niveles de desarrollo económico local, tipos de servicios de asistencia jurídica, costos de emprendimiento, costos laborales básicos, etc. Ajuste dinámico.
Las subvenciones de asistencia jurídica están exentas del impuesto sobre el valor añadido y del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
Artículo 53 El tribunal popular pospondrá, reducirá o renunciará a la tarifa de aceptación según las circunstancias; el personal de asistencia jurídica renunciará o reducirá las tarifas por copiar materiales relevantes.
Las agencias notariales y las agencias de tasación judicial deberían reducir o renunciar a los honorarios de notarización y tasación para los beneficiarios de la ayuda.
Artículo 54: Los departamentos administrativos judiciales de los gobiernos populares a nivel de condado o superior capacitarán al personal de asistencia jurídica de manera planificada para mejorar su calidad profesional y capacidades de servicio.
Artículo 55: Los beneficiarios tienen derecho a aprender de las instituciones de asistencia jurídica y del personal de asistencia jurídica sobre el manejo de los asuntos de asistencia jurídica si las instituciones de asistencia jurídica y el personal de asistencia jurídica no cumplen con sus deberes de conformidad con la ley; , el destinatario puede presentar una queja ante el departamento de administración judicial y solicitar a la agencia de asistencia jurídica que reemplace al personal de asistencia jurídica.
Artículo 56 El departamento administrativo judicial establecerá un sistema de investigación de quejas para el trabajo de asistencia jurídica después de recibir una queja, la aceptará, investigará y procesará de acuerdo con las regulaciones pertinentes, y notificará de inmediato al demandante; manejo de resultados.
Artículo 57 El departamento administrativo judicial fortalecerá la supervisión de los servicios de asistencia jurídica, formulará estándares de calidad para los servicios de asistencia jurídica y realizará evaluaciones de calidad periódicas a través de evaluaciones de terceros.
Artículo 58: Los departamentos administrativos judiciales y las instituciones de asistencia jurídica establecerán un sistema de divulgación de información sobre asistencia jurídica, anunciarán periódicamente al público el uso de los fondos de asistencia jurídica, la tramitación de casos y los resultados de la evaluación de calidad, y aceptarán la supervisión social.
Artículo 59 Las instituciones de asistencia jurídica utilizarán de manera integral medidas como la celebración de audiencias judiciales, la revisión de expedientes de casos, la consulta de órganos judiciales y la realización de nuevas visitas a los beneficiarios de la ayuda para instar al personal de asistencia jurídica a mejorar la calidad del servicio.
Artículo 60 El Colegio de Abogados incluirá en su evaluación anual el cumplimiento de las obligaciones de asistencia jurídica por parte de los despachos de abogados y los abogados que se nieguen a cumplir o se retrasen en el cumplimiento de las obligaciones de asistencia jurídica. de acuerdo con las normas pertinentes.
Capítulo 6 Responsabilidades Jurídicas
Artículo 61 Si una institución de asistencia jurídica y su personal se encuentran en cualquiera de las siguientes circunstancias, el departamento administrativo judicial que creó la institución de asistencia jurídica les ordenará que : Hacer correcciones dentro de un plazo; si hay ganancias ilegales, ordenar su devolución o confiscar las ganancias ilegales, el responsable directo y demás personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con la ley:
(1) Negarse a proporcionar asistencia jurídica a quienes cumplen las condiciones para recibir asistencia jurídica, o proporcionar deliberadamente asistencia jurídica a personas que no cumplen las condiciones para recibir asistencia jurídica;
(2) Designar personal que no cumpla con las disposiciones de esta ley para brindar asistencia legal;
(3) Cobrar bienes de los destinatarios;
(4) Participar en servicios legales remunerados;
(5) Malversación o apropiación indebida de fondos de asistencia jurídica;
(6) Revelación de secretos de estado, secretos comerciales y privacidad personal aprendidos durante el proceso de asistencia jurídica;
(7) Otros situaciones previstas por las leyes y reglamentos.
Artículo 62: Los despachos de abogados y los servicios jurídicos de base serán sancionados por el departamento administrativo judicial de conformidad con la ley si incurren en alguna de las siguientes circunstancias:
(1) Negarse aceptar la ley sin razones justificables Asignado por una agencia de ayuda;
(2) Después de aceptar la tarea, los abogados de la firma y los trabajadores de servicios legales de base no organizan los asuntos de asistencia legal de manera oportuna o se niegan a manejar asistencia jurídica para los abogados de la firma y trabajadores de servicios jurídicos de base Proporcionar apoyo y garantía para los asuntos;
(3) Convencer o permitir que nuestros abogados y trabajadores de servicios jurídicos de base retrasen el cumplimiento de las obligaciones de asistencia jurídica o rescindan la prestación de asistencia jurídica sin autorización;
( 4) Otras situaciones previstas en las leyes y reglamentos.
Artículo 63: Los abogados y trabajadores de servicios jurídicos de base que cometan cualquiera de las siguientes circunstancias serán sancionados por el departamento administrativo judicial de conformidad con la ley:
(1) Negarse a realizar deberes legales sin razones justificables o retrasar el cumplimiento de las obligaciones de asistencia jurídica;
(2) poner fin a la prestación de asistencia jurídica sin autorización;
(3) cobrar bienes del destinatario;
(4) Divulgación de secretos de estado, secretos comerciales y privacidad personal conocidos durante el proceso de asistencia jurídica;
(5) Otras circunstancias estipuladas por las leyes y reglamentos.
Artículo 64: Si un beneficiario obtiene asistencia jurídica mediante engaño u otro medio indebido, el departamento administrativo judicial le ordenará el pago de los honorarios de asistencia jurídica que le hayan sido ejecutados y le impondrá una multa no superior a 3.000 yuanes.
Artículo 65: Quien viole las disposiciones de esta Ley prestando servicios jurídicos en nombre de la asistencia jurídica gratuita y solicitando beneficios, será ordenado por el departamento administrativo judicial para realizar correcciones, las ganancias ilícitas serán confiscadas, y se impondrán multa de uno o tres veces las ganancias ilícitas las siguientes multas.
Artículo 66: Si los organismos estatales y su personal abusan de su poder, descuidan sus deberes o practican favoritismo durante las labores de asistencia jurídica, el responsable directo y el resto del personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con el ley.
Artículo 67 El que viole las disposiciones de esta ley y constituya un delito, será investigado por responsabilidad penal conforme a la ley.
Capítulo 7 Disposiciones complementarias
Artículo 68: El trabajo de asistencia jurídica organizado por los sindicatos, la Liga de la Juventud Comunista, la Federación de Mujeres y la Federación de Personas con Discapacidad se implementará con referencia a las disposiciones pertinentes. de esta Ley.
Artículo 69: Para la prestación de asistencia jurídica gratuita a los extranjeros y apátridas se aplicarán las leyes de nuestro país. A falta de disposiciones en las leyes de nuestro país, las disposiciones pertinentes de esta ley podrán aplicarse de conformidad con los tratados internacionales que nuestro país haya celebrado o en los que haya participado, o de conformidad con el principio de reciprocidad.
Artículo 70: Los departamentos pertinentes del Consejo de Estado y la Comisión Militar Central formularán medidas específicas para proporcionar asistencia jurídica a los familiares del personal militar.
Artículo 71 La presente ley entrará en vigor a partir del 65 de junio de 2022 + 1 de octubre de 2022. (Fin)