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¿El negocio cárnico y acuático requiere licencia sanitaria?

Obligatorio. No sólo se requiere un permiso sanitario. Los profesionales también necesitan certificados sanitarios.

Es necesario acudir a los Centros para el Control de Enfermedades para solicitar un certificado sanitario.

El Ministerio de Salud anunció recientemente las “Medidas para la Administración de Licencias de Higiene de los Alimentos”, cuyo texto completo es el siguiente:

Capítulo 1 Disposiciones Generales

El artículo 1 regula la solicitud y emisión de licencias de higiene alimentaria, para garantizar que el departamento administrativo de salud implemente efectivamente la supervisión y gestión de la higiene alimentaria, mantenga el orden normal de producción y operación de los alimentos y proteja la salud del consumidor, de acuerdo con la "Ley de Higiene Alimentaria del Pueblo". República de China" (en adelante, la "Ley de Higiene de los Alimentos")), la "Ley de Licencias Administrativas de la República Popular China" y otras leyes y reglamentos pertinentes, se formulan estas Medidas.

Artículo 2 Toda unidad o persona física que se dedique a actividades de producción y comercialización de alimentos deberá declarar ante el departamento administrativo de salud y realizar los trámites de solicitud de licencia sanitaria de conformidad con la reglamentación, sólo podrá dedicarse a la producción y producción de alimentos; actividades comerciales después de ser revisadas y aprobadas por el departamento administrativo de salud, y asumir la responsabilidad de la higiene de los alimentos en la producción y operación de alimentos.

Artículo 3 El departamento administrativo de salud del gobierno popular local deberá cumplir con estas Medidas y emitir licencias sanitarias a los productores y comerciantes de alimentos.

Artículo 4 Las licencias sanitarias para las actividades de producción de aditivos alimentarios, alimentos saludables y empresas de producción de nuevos recursos alimentarios serán expedidas por el departamento administrativo de salud provincial.

Las licencias sanitarias para la producción y actividades comerciales de otros productores y operadores de alimentos serán emitidas por los departamentos administrativos de salud a nivel provincial, distrital, ciudad y condado de acuerdo con el alcance de responsabilidades determinado por la «Varias Disposiciones Sobre la Construcción del Sistema de Supervisión de la Salud».

Si las regulaciones locales o las regulaciones del gobierno popular provincial estipulan claramente el nivel del departamento administrativo de salud que emite las licencias sanitarias, esas regulaciones prevalecerán.

Artículo 5 Al expedir licencias sanitarias, el departamento administrativo de salud deberá cumplir estrictamente con la autoridad, alcance, condiciones y procedimientos estipulados en las leyes, reglamentos y normas, y seguir los principios de apertura, equidad, imparcialidad y conveniencia. .

Artículo 6 El departamento administrativo de salud del gobierno popular local establecerá un sistema de gestión de información sobre licencias sanitarias y anunciará periódicamente la lista de productores y comerciantes de alimentos que hayan obtenido o cancelado licencias sanitarias.

Artículo 7 El departamento administrativo de salud del gobierno popular local establecerá y mejorará el sistema de supervisión para la emisión de licencias sanitarias y fortalecerá la supervisión e inspección de la emisión de licencias sanitarias dentro del departamento administrativo de salud.

Artículo 8 Los departamentos administrativos de salud de todos los niveles no utilizarán el archivo, registro, registro, etc. para duplicar o duplicar licencias de higiene alimentaria de forma encubierta.

Artículo 9 Cualquier unidad o individuo tiene derecho a denunciar actividades ilegales durante la emisión y gestión de licencias sanitarias, y el departamento administrativo de salud las verificará y atenderá oportunamente.

Artículo 10 Los fondos requeridos por el departamento administrativo de salud para implementar el licenciamiento de higiene de los alimentos se incluirán en el presupuesto de esta agencia administrativa. Si las regulaciones permiten cargos, se cobrarán de acuerdo con los artículos legales publicados y las normas de cobro, y todos los cargos cobrados se entregarán al tesoro estatal.

Capítulo 2 Solicitud de Licencia de Higiene

Artículo 11 Cualquier unidad o individuo dedicado a la producción de alimentos y actividades comerciales que solicite una licencia de higiene deberá cumplir con las leyes y reglamentos de higiene de los alimentos correspondientes. , reglamentos, normas y requisitos normativos, y contar con condiciones adecuadas para sus actividades de producción y operación de alimentos.

Artículo 12 Quienes postulen para dedicarse a la producción y procesamiento de alimentos deberán cumplir las siguientes condiciones:

(1) Contar con un sistema de gestión de higiene, organización y jornada completa y parcial. personal de gestión de la higiene de los alimentos con formación profesional;

(2) Contar con talleres, instalaciones, equipos y entornos adecuados para la producción y procesamiento de alimentos y cumplir con los requisitos higiénicos; la capacidad de garantizar la seguridad y calidad de la producción y procesamiento de alimentos. Condiciones y medidas para controlar la contaminación.

(4) Disponer de materias primas, materiales auxiliares, herramientas, recipientes y materiales de embalaje para la producción que cumplan con los requisitos higiénicos;

(5) Tener la capacidad para las instituciones, el personal y los instrumentos y equipos necesarios para las pruebas de alimentos;

(6) Los empleados deben recibir capacitación previa al trabajo y aprobar exámenes de salud; p>

(7) Regulaciones del departamento administrativo de salud provincial otras condiciones.

Artículo 13 Quienes postulen para dedicarse al negocio de alimentos deberán cumplir las siguientes condiciones:

(1) Contar con un sistema de gestión de higiene, organización e higiene de los alimentos a tiempo completo y parcial. personal administrativo con capacitación profesional;

(2) Contar con locales, instalaciones, equipos y ambiente de negocio que sean adecuados para las operaciones alimentarias y cumplan con los requisitos higiénicos;

(3) Tener la capacidad de; operar en procesos de almacenamiento, transporte y venta de alimentos. Condiciones y medidas para controlar la contaminación.

(4) Los empleados deben aprobar capacitación y exámenes de salud previos al trabajo.

(5) Otras condiciones estipuladas; por el departamento de administración provincial de salud.

Personal de gestión sanitaria;

(2) Contar con locales de procesamiento y negocios, limpieza, desinfección y otras instalaciones y equipos sanitarios que cumplan con las condiciones y requisitos sanitarios; (3) Tener condiciones y medidas para controlar la contaminación durante la adquisición, almacenamiento y procesamiento de alimentos

(4) Los empleados deben recibir capacitación previa al trabajo y aprobar exámenes de salud

(5); ) Provincial Otras condiciones especificadas por el departamento administrativo de salud.

Artículo 15 Los materiales presentados al solicitar una licencia sanitaria deben ser verdaderos y completos, y los requisitos específicos serán estipulados uniformemente por el departamento administrativo de salud provincial.

Capítulo 3 Revisión de la Emisión de Licencia Sanitaria

Artículo 16 El departamento administrativo de salud solicitará una licencia sanitaria presentada por un productor y operador de alimentos dentro del plazo prescrito y de conformidad con las normas estatutarias la autoridad, alcance, condiciones y procedimientos, y calificar y revisar cuantitativamente las condiciones de producción y operación que debe tener. Cuando sea necesario, se les puede pedir que proporcionen informes de pruebas y de inspecciones sanitarias.

Artículo 17 La revisión de las solicitudes de licencia sanitaria por parte del departamento administrativo de salud incluirá una revisión escrita de los materiales de la solicitud y una revisión in situ.

Para las solicitudes de licencia sanitaria aceptadas por el departamento administrativo de salud provincial, se puede encomendar la revisión in situ al departamento administrativo de salud municipal del distrito.

Artículo 18 El contenido de revisión de la solicitud del departamento administrativo de salud para una licencia sanitaria por parte de productores y procesadores de alimentos incluye:

(1) Sistema de gestión sanitaria, organización y profesional capacitado a tiempo completo. y personal a tiempo parcial Higiene de los alimentos

El establecimiento de personal de gestión de la higiene de los alimentos

(2) Edificios de la fábrica, selección del sitio, diseño, condiciones de higiene ambiental e instalación y operación; de instalaciones y equipos;

(3) Medidas de control de la contaminación durante los procesos tecnológicos y procesos productivos

(4) Condiciones higiénicas de las materias primas, materiales auxiliares, herramientas, contenedores y materiales de embalaje; utilizado en la producción

(5) Instalaciones y capacidades de inspección de productos

(6) Estado de examen de salud de los empleados

(7) Otros contenidos especificados por; el departamento de administración provincial de salud.

Artículo 19 El contenido de revisión de la solicitud del departamento administrativo de salud para una licencia sanitaria por parte de un operador de alimentos incluye:

(1) Sistema de gestión de salud, organización y profesional capacitado a tiempo completo y operadores de alimentos a tiempo parcial El establecimiento de personal de gestión sanitaria

(2) La ubicación, área, distribución, condiciones de saneamiento ambiental de almacenamiento, transporte y locales comerciales, y la instalación y operación de instalaciones y equipos tales; como suministro de agua, prevención de polvo y roedores, y salas especiales

(3) Medidas de control de la contaminación durante la adquisición, almacenamiento, transporte y venta de alimentos

(4) Examen de salud de los empleados;

(5 )Otros contenidos especificados por el departamento administrativo de salud provincial.

Artículo 20 El contenido de la revisión por parte del departamento administrativo de salud de las solicitudes de licencias sanitarias por parte de operadores de catering y comedores:

(1) Sistemas de gestión de salud, organizaciones y profesionales capacitados profesionalmente. El establecimiento de personal de gestión de higiene de los alimentos a tiempo parcial;

(2) La ubicación, el entorno, la estructura del edificio, la distribución, la separación, el área, etc. de las instalaciones comerciales de procesamiento de alimentos

(3; ) Aseos, salas de procesamiento y producción, vestuarios, almacenes, suministro de agua, ventilación, iluminación, prevención de polvo, prevención de roedores y control de plagas, almacenamiento de residuos, limpieza, desinfección, vajillas y otras instalaciones y equipos sanitarios

( 4) Medidas de control de la contaminación durante las operaciones de adquisición, almacenamiento, procesamiento y catering de alimentos

(5) Exámenes de salud de los empleados

(6) Salud provincial Otros contenidos especificados por; el departamento administrativo.

Artículo 21 Los productores y operadores de alimentos que soliciten una licencia de higiene deberán tener una puntuación total de 60 o superior para implementar el sistema de gestión cuantitativa y jerárquica para la supervisión de la higiene de los alimentos.

Artículo 22 El departamento administrativo de salud emitirá licencias de higiene de los alimentos a los productores y comerciantes de alimentos que cumplan con las condiciones para su emisión. Si no se expide un certificado, se expresarán los motivos por escrito y se informará al solicitante de su derecho a solicitar la reconsideración administrativa o iniciar un litigio administrativo conforme a la ley.

Artículo 23 El departamento administrativo de salud presentará dictámenes de rectificación a los productores y comerciantes de alimentos que no hayan cumplido las condiciones para la emisión de licencias sanitarias para comedores escolares y comedores de obras también se informará al Departamento de Salud; departamento de educación de manera oportuna, la autoridad de construcción, y solicitó a las autoridades pertinentes que insten a la rectificación.

Si los comedores escolares o los comedores de obras aún no cumplen las condiciones para la emisión de licencias sanitarias después de la rectificación dentro de un plazo, el período de rectificación puede ampliarse adecuadamente con el consentimiento de los departamentos de educación y construcción únicamente. cuando se cumplan las condiciones de expedición se podrá expedir un certificado sanitario.

Artículo 24 Si a un productor u operador de alimentos se le revoca su licencia sanitaria por violación a las normas de higiene de los alimentos, su representante legal o responsable principal no podrá solicitar licencia sanitaria dentro de los tres años, y la autoridad sanitaria departamento administrativo no será aceptado.

Capítulo 4 Gestión de Licencias Sanitarias

Artículo 25 La licencia sanitaria deberá expresar: nombre de la unidad, domicilio, alcance de la licencia, representante legal o titular, número de licencia, período de vigencia, autoridad emisora ​​(con sello oficial) y fecha de emisión, etc.

Si se implementa un sistema de gestión cuantitativo y jerárquico para la supervisión de la higiene de los alimentos y se determina el nivel de credibilidad de la higiene de los alimentos, se colocará una marca de grado de higiene de los alimentos en la licencia de higiene.

Artículo 26 El nombre de la unidad que conste en la licencia sanitaria deberá ser consistente con el nombre aprobado por el departamento industrial y comercial si la dirección del lugar de registro de la unidad es distinta de la dirección del lugar de residencia; producción, las direcciones se indicarán por separado al cumplimentar la dirección.

Artículo 27 El formato de la licencia sanitaria será prescrito uniformemente por el Ministerio de Salud.

La licencia sanitaria tiene una vigencia de cuatro años, y la licencia sanitaria de unidades y personas físicas que se dediquen temporalmente a actividades productivas y comerciales de alimentos tiene una vigencia no mayor a seis meses.

Artículo 28 El formato del número de licencia sanitaria es: (abreviatura de provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central) Certificado Sanitario Alimentario [Año de Expedición] No. XXXXXX-AAAAAA (XXXXXX se refiere al código de región administrativa, AAAAAA se refiere al número de secuencia de emisión de esta región administrativa).

Artículo 29 Si un mismo productor o comerciante de alimentos se dedica a la producción y actividad comercial de alimentos en dos o más lugares (inclusive), deberá solicitar una licencia sanitaria respectivamente.

Artículo 30 Si un productor u operador de alimentos cambia de domicilio de producción y operación, deberá volver a solicitar y solicitar licencia sanitaria.

Si un productor u operador de alimentos modifica otros contenidos de la licencia sanitaria, deberá seguir los procedimientos de cambio correspondientes de acuerdo con las normas pertinentes del departamento administrativo sanitario provincial.

Si se cambia el proceso de producción o el equipo principal, o se amplían o renuevan las instalaciones comerciales y de producción originales, el departamento administrativo de salud deberá realizar una revisión in situ antes de realizar cambios.

Artículo 31 Si un productor u operador de alimentos necesita renovar una licencia sanitaria, deberá presentar una solicitud a la autoridad emisora ​​de la licencia original dentro de los 60 días anteriores al vencimiento de la licencia sanitaria.

Si acepta renovar la licencia sanitaria, el número original se mantendrá sin cambios y el período de vigencia será de cuatro años.

Si la solicitud de prórroga se presenta fuera de plazo, se tramitará como una nueva solicitud de licencia sanitaria.

Artículo 32 Si un productor u operador de alimentos pierde su licencia sanitaria, deberá solicitar al departamento administrativo de salud su reposición dentro de los 60 días siguientes a la pérdida.

Artículo 33 Si un productor u operador de alimentos detiene las actividades de producción y operación de alimentos por más de un año durante el período de validez de la licencia sanitaria, la licencia sanitaria automáticamente dejará de ser válida y será cancelada por la autoridad emisora ​​original. .

Artículo 34 Cuando se encomiende la producción de alimentos procesados, el encargado deberá cumplir con las siguientes condiciones:

(1) Obtener licencia sanitaria

(2); ) ) Las variedades de alimentos encargadas de la producción y el procesamiento están dentro del alcance de la licencia obtenida;

(3) El nivel de credibilidad de higiene alimentaria alcanza el nivel A.

Artículo 35 Para los alimentos encomendados a ser producidos y procesados, el empaque mínimo de venta, etiqueta y manual de instrucciones del producto deberán indicar la razón social, dirección de producción y número de licencia sanitaria del encargante y del encargado. respectivamente.

Artículo 36 Luego de obtenida la licencia sanitaria, los productores y comercializadores de alimentos deberán conservarla debidamente y no transferirla, alterarla, prestarla, revenderla, arrendarla o transferirla en otras formas ilegales.

Los productores y operadores de alimentos deben colgar o colocar licencias de higiene en lugares visibles para facilitar la supervisión del consumidor.

Capítulo 5 Supervisión e Inspección

Artículo 37 El departamento administrativo de salud de nivel superior fortalecerá la supervisión e inspección de la emisión de licencias sanitarias por parte de los departamentos administrativos de salud de nivel inferior y descubrirá que los departamentos administrativos de salud de nivel inferior han violado las regulaciones Cuando se emita una licencia de salud, se ordenará al departamento administrativo de salud de nivel inferior que haga correcciones dentro de un plazo o que haga correcciones directamente.

Artículo 38 El departamento administrativo de salud y su personal aceptarán conscientemente la supervisión de las unidades e individuos de producción y operación de alimentos, así como de la sociedad, en el desempeño de sus funciones de expedición de licencias sanitarias.

Si el departamento administrativo de salud recibe un reporte de que un miembro del personal interno ha emitido una licencia sanitaria en violación a la normatividad, deberá verificarlo oportunamente, si la situación es cierta, corregirá de inmediato; .

Artículo 39 Si el departamento administrativo de salud y su personal violan las disposiciones de estas Medidas al emitir licencias sanitarias, el departamento administrativo de salud de nivel superior ordenará correcciones y los departamentos administrativos de salud correspondientes podrán recibir un tiempo. límite para la rectificación y una notificación de crítica. Los miembros relevantes del personal pueden recibir educación crítica, capacitación fuera del trabajo, ser transferidos de puestos de aplicación de la ley o descalificados de la aplicación de la ley. Si las circunstancias son graves y causan consecuencias graves, se aplicarán sanciones administrativas. se impondrán conforme a la ley; si son sospechosos de haber cometido un delito, serán trasladados a los órganos judiciales para su procesamiento.

Al investigar la responsabilidad administrativa del personal relevante, se seguirán los siguientes principios:

(1) El solicitante no cumple con las condiciones para la emisión de la licencia sanitaria, y la funeraria emite un certificado que indique que el solicitante cumple con las condiciones para la emisión de una licencia sanitaria. Si el organizador considera que el solicitante no cumple con las condiciones para la emisión de una licencia sanitaria, y el líder a cargo aun así aprueba la emisión de una licencia sanitaria, el líder. responsable será considerado administrativamente responsable.

Si tanto el organizador como el líder a cargo tienen culpa, el líder a cargo será el principal responsable administrativamente.

Artículo 40 El departamento administrativo de salud del gobierno popular local a nivel de condado o superior establecerá expedientes de supervisión para los productores y operadores de alimentos con base en las licencias sanitarias emitidas y fortalecerá la supervisión e inspección de los alimentos de los titulares de licencias. actividades de producción y operación, y hacer un buen trabajo en el archivo de registros de supervisión e inspecciones y procesamiento de resultados de acuerdo con las regulaciones.

Artículo 41 El departamento administrativo de salud deberá cumplir estrictamente las disposiciones de las leyes, reglamentos y normas pertinentes al realizar la supervisión e inspección de los productores y operadores de alimentos implementar una gestión dinámica de acuerdo con los requisitos de la gestión cuantitativa y jerárquica; de supervisión de la higiene de los alimentos.

Artículo 42 Cuando el departamento administrativo de salud descubra que el licenciatario no cumple con las condiciones para la expedición de una licencia sanitaria, le ordenará que realice correcciones, si el licenciatario cuenta con un departamento competente, notificará a su mismo; departamento competente para instar su rectificación.

De acuerdo con la normativa, si se deben imponer sanciones administrativas por actos ilegales de conformidad con la ley, el departamento administrativo de salud debe imponer sanciones administrativas con prontitud.

Para los productores y operadores de alimentos sin licencia y sin licencia, el departamento administrativo de salud debe cooperar activamente con los departamentos administrativos como la industria y el comercio para prohibirlos.

Artículo 43 Bajo cualquiera de las siguientes circunstancias, el departamento administrativo de salud que tomó la decisión de expedir una licencia sanitaria o su departamento administrativo de salud superior podrá revocar la licencia sanitaria:

(1 ) El personal del departamento de administración de salud abusó de su poder, descuidó sus deberes y emitió licencias de higiene alimentaria a solicitantes no calificados.

(2) El personal del departamento de administración de salud excedió su autoridad legal para emitir licencias de higiene alimentaria; licencias

(3) El personal del departamento administrativo de salud viola los procedimientos legales para emitir licencias de higiene alimentaria

(4) Otras circunstancias en las que la decisión de emitir una licencia de higiene alimentaria puede ser revocada; conforme a la ley.

Si un titular de licencia obtiene una licencia de higiene alimentaria mediante trampa, soborno u otros medios indebidos, ésta será revocada.

Si el departamento administrativo de salud revoca la licencia de higiene de los alimentos de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1 de este artículo y causa daño a los derechos e intereses legítimos de los productores y comerciantes de alimentos, la compensación se pagará de acuerdo con la ley.

Artículo 44 Si ocurre alguna de las siguientes circunstancias, el departamento administrativo de salud cancelará la licencia sanitaria de conformidad con la ley:

(1) Ha transcurrido el período de vigencia de la licencia sanitaria. no haya sido prorrogado

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(2) Se despida al productor y operador de alimentos conforme a la ley

(3) Se revoque o retire la licencia sanitaria; conforme a la ley, o se revoque la licencia sanitaria conforme a la ley.

(4) Otras circunstancias en las que la licencia sanitaria deba cancelarse conforme a la ley;

Artículo 45 Las violaciones a las presentes Medidas serán sancionadas de conformidad con la Ley de Higiene de los Alimentos y demás leyes y reglamentos pertinentes.

Capítulo 6 Disposiciones Complementarias

Artículo 46 Las presentes Medidas entrarán en vigor el 1 de junio de 2006. Si las regulaciones pertinentes emitidas en el pasado son incompatibles con estas Medidas, estas Medidas prevalecerán. (Fin)