Si todavía estás en el centro de detención sin abogado, ¿por qué no avisas a tu familia sobre el juicio?
Disposiciones relevantes:
Artículo 185 de la “Ley de Procedimiento Penal”: Cuando se celebre un juicio, el presidente del tribunal conocerá si las partes están presentes en el tribunal y anunciará la causa. del caso; anunciar la decisión del tribunal colegiado. Los nombres de los vocales, secretarios, fiscales, defensores, agentes ad litem, tasadores y traductores, informar a las partes de su derecho a solicitar la recusación de los miembros del tribunal colegiado, secretarios, fiscales; , tasadores y traductores; informar al demandado de su derecho de defensa.
Artículo 270: En el interrogatorio y juzgamiento de causas penales que involucren a menores de edad, se notificará la presencia de los representantes legales de los menores sospechosos e imputados. Si es imposible notificar, el representante legal no puede estar presente, o el representante legal comete un delito, otros familiares adultos del menor sospechoso o acusado de un delito, representantes de la escuela, unidad, organización de base u organización de protección de menores en el lugar de También se podrá notificar al domicilio. El representante legal presente podrá ejercer los derechos procesales de los menores sospechosos y acusados de delitos en su nombre.