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¿Cuál es la diferencia entre un acreedor y un deudor?

Los créditos son derechos según el derecho civil, mientras que las deudas son obligaciones según el derecho civil. A diferencia de los derechos de propiedad, los derechos de los acreedores son un derecho relativo típico y sólo son efectivos entre el acreedor y el deudor. En principio, la relación de deuda entre el acreedor y el deudor no puede ser contra un tercero. Desde una perspectiva contable, los derechos de los acreedores se refieren al derecho de la unidad a cobrar pagos en el futuro, incluidas cuentas por cobrar, pagarés por cobrar, cuentas prepagas, otras cuentas por cobrar, dividendos por cobrar, intereses por cobrar y subsidios por cobrar, etc. Desde una perspectiva contable, la deuda se refiere a obligaciones actuales formadas por transacciones y eventos pasados ​​que son soportados por una entidad o individuo y que se espera que resulten en una salida de beneficios económicos de la entidad o individuo, incluidos varios préstamos, cuentas por pagar y cobros anticipados. . En ocasiones también se refiere a una deuda contraída. La diferencia entre ambos es la siguiente: 1. Los créditos y las deudas no pueden existir de forma independiente. El dinero pertenece al acreedor y éste se lo presta al deudor. 2. Los derechos del acreedor son un derecho relativo típico, que sólo tiene efecto entre el acreedor y el deudor, y la relación de deuda entre el acreedor y el deudor no puede ser contra un tercero. 3. Las causas de aparición de la deuda se pueden dividir principalmente en contratos, gestión sin causa, enriquecimiento injusto y agravios en los principios generales del derecho civil; las pérdidas de la deuda incluyen el reembolso, el retiro, la compensación, la exención, etc. 4. El comportamiento de derechos reales en los derechos y deudas del acreedor existe objetivamente. Es un tipo de comportamiento legal. Siempre que se reconozca la división de los derechos del acreedor y los derechos reales, debe reconocerse que también existen comportamientos de derechos reales además de los del acreedor. derechos.