Disposiciones de la Ley de Sociedades Anónimas sobre Cambios en el Capital Social
Disposiciones legales para que una sociedad aumente su capital registrado: el artículo 178 de la "Ley de Sociedades" estipula que cuando una sociedad de responsabilidad limitada aumenta su capital registrado, los accionistas deberán suscribir el capital adicional de conformidad Con la normativa. Contribución. Cuando una sociedad anónima emita nuevas acciones para aumentar su capital social, los accionistas deberán suscribir nuevas acciones de conformidad con la reglamentación.
Objetividad jurídica:
Artículo 26 de la "Ley de Sociedades" El capital social de una sociedad de responsabilidad limitada será el aporte de capital suscrito por todos los accionistas registrados ante la autoridad de registro de empresas. Si las leyes, reglamentos administrativos y decisiones del Consejo de Estado estipulan lo contrario la recepción real del capital registrado de una sociedad de responsabilidad limitada y el monto mínimo del capital registrado, prevalecerán dichas disposiciones. Artículo 27 Los accionistas podrán realizar aportes de capital en moneda o en especie, derechos de propiedad intelectual, derechos de uso de suelo y otras propiedades no dinerarias que puedan valorarse en moneda y transferirse de conformidad con la ley. Sin embargo, se excluyen los inmuebles que no puedan utilizarse como aportes de capital según las leyes y normas administrativas. Los bienes no monetarios utilizados como aportes de capital deben ser evaluados y verificados, y su valor no debe sobreestimarse ni subestimarse. Si las leyes y reglamentos administrativos contienen disposiciones sobre evaluación y fijación de precios, prevalecerán dichas disposiciones.