¿Por qué deberíamos establecer un mecanismo de protección internacional para los derechos de propiedad intelectual bajo la OMC?
Antes de la Ronda Uruguay, los derechos de propiedad intelectual no estaban involucrados. A medida que la globalización económica y las conexiones comerciales internacionales se vuelven cada vez más estrechas, los países desarrollados y China han comenzado a prestar atención a la protección de los derechos de propiedad intelectual.
Hay dos razones principales por las que la protección de la propiedad intelectual sigue siendo débil.
El primero es el aspecto doméstico. Aunque el sistema jurídico de propiedad intelectual se ha establecido durante cientos de años, en la década de 1980 algunos países todavía tenían sistemas jurídicos de propiedad intelectual imperfectos. Incluso en países que han promulgado leyes de propiedad intelectual, todavía hay muchos problemas. Muchos países suelen imponer muchas restricciones a la capacidad de los extranjeros para obtener protección de propiedad intelectual en sus propios países y requieren procedimientos complejos, lo que dificulta que los derechos de propiedad intelectual de los extranjeros obtengan protección legal en sus propios países. Al mismo tiempo, existen grandes diferencias legislativas entre países, lo que también dificulta la protección de los derechos de propiedad intelectual.
El segundo es el aspecto internacional. Desde la conclusión del Convenio de París en 1883 hasta el comienzo de las negociaciones de la Ronda Uruguay, han surgido una serie de tratados internacionales a lo largo de más de un siglo, que forman un sistema de protección internacional de los derechos de propiedad intelectual. En lo que respecta a este sistema, aunque ha desempeñado un papel enorme en la protección internacional de los derechos de propiedad intelectual, todavía tiene muchas deficiencias y necesita mejoras continuas. Los principales problemas son los siguientes:
(1) El alcance de influencia de los tratados internacionales multilaterales es demasiado pequeño. Además de varios convenios importantes, como el Convenio de París, el Convenio de Berna, la Convención Universal sobre Derecho de Autor y el Convenio que establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, muchos otros tratados internacionales tienen muy pocas partes contratantes. Por ejemplo, el Tratado sobre Registro de Marcas sólo tiene una. pocas partes contratantes, es difícil funcionar.
(2) Muchos tratados internacionales tienen graves defectos. En cuanto a los tres convenios internacionales que actualmente desempeñan el papel más importante en el ámbito de la protección internacional de los derechos de propiedad intelectual -el Convenio de París, el Convenio de Berna y la Convención Universal sobre Derecho de Autor- tienen sus propios defectos importantes. En primer lugar, ninguna de estas convenciones cuenta con instituciones sólidas para garantizar su implementación. Aunque la mayoría de los convenios importantes son administrados por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), la organización no ha establecido un sistema de salvaguardias sólido para garantizar que todos los convenios se cumplan en todos los países contratantes. En segundo lugar, la Convención no estipula las sanciones que un Estado Parte debe imponer cuando viola la Convención. Esto deja a otros Estados Partes indefensos cuando un país viola sus obligaciones y carece de represalias efectivas o medidas punitivas. En tercer lugar, muchas convenciones permiten a los Estados contratantes formular reservas tan amplias que sus disposiciones resultan ineficaces. En cuarto lugar, las disposiciones de muchas convenciones son demasiado generales, lo que deja mucho margen para que los Estados contratantes eludan sus obligaciones.
(3) La convención carece de un mecanismo de coordinación mutua y no puede llevar a cabo una cooperación internacional amplia en el campo de la protección de la propiedad intelectual.
(4) El sistema de protección internacional existente no cumple con los requisitos de la nueva revolución tecnológica. El sistema existente protege principalmente patentes, marcas registradas, derechos de autor y derechos conexos, pero algunos logros de la nueva revolución tecnológica, como la ingeniería biológica y la microelectrónica, no se han incluido en este sistema.
La inadecuada protección internacional de los derechos de propiedad intelectual se ha convertido en un grave obstáculo para el comercio internacional.
En primer lugar, con el continuo desarrollo de altas y nuevas tecnologías, los bienes en el comercio internacional, especialmente los bienes exportados de países desarrollados a países en desarrollo, tienen un alto contenido técnico y a menudo contienen muchas tecnologías patentadas; la mayoría de ellos El nivel de protección de la propiedad intelectual en los países en desarrollo no es muy alto. Estos productos de alta tecnología carecen de protección legal, lo que afecta la exportación de productos de alta tecnología a estos países.
En segundo lugar, la proporción del comercio de tecnología y de derechos de autor en el comercio internacional sigue aumentando, y la débil protección de los derechos de propiedad intelectual ha afectado el desarrollo normal del comercio de tecnología y de derechos de autor.
Finalmente, con el desarrollo del comercio internacional de servicios, los requisitos para la protección de marcas, nombres comerciales, secretos comerciales y lucha contra la competencia desleal son cada vez mayores. Sin embargo, no existe una legislación internacional unificada. estándares en estos aspectos constituye un obstáculo.
(2) Principios y objetivos de las negociaciones sobre propiedad intelectual
La Declaración Ministerial sobre "Derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio, incluido el comercio de productos falsificados" establece que,
“A fin de reducir las distorsiones y los obstáculos al comercio internacional, teniendo en cuenta la necesidad de promover la protección plena y efectiva de los derechos de propiedad intelectual y garantizar que las medidas y procedimientos para la implementación de los derechos de propiedad intelectual no constituyan en sí mismos obstáculos para comercio legítimo, las negociaciones deberán tener como objetivo aclarar los términos del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio y, cuando corresponda, nuevas reglas y disciplinas.
Las negociaciones deben tener como objetivo desarrollar un marco multilateral de principios, reglas y disciplinas. disciplinas para abordar el comercio internacional de falsificación, teniendo en cuenta el trabajo ya realizado por el GATT
Estas negociaciones no prejuzgarán otras acciones adicionales que puedan tomar la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual y otros organismos para abordar estos cuestiones "
En cuanto a la naturaleza de los derechos de propiedad intelectual, se da el cuarto preámbulo del Acuerdo. La respuesta es clara: los derechos de propiedad intelectual son derechos privados.
Los derechos de propiedad intelectual deben estar protegidos por el derecho civil
En la actualidad, el término "derechos privados" rara vez se utiliza en diversos campos de la legislación, la práctica judicial y la investigación jurídica en nuestro país. El equivalente de "derechos privados" debería ser "derechos civiles". Por lo tanto, los derechos de propiedad intelectual se consideran generalmente como una especie de derechos civiles en el campo del derecho civil y la investigación sobre propiedad intelectual en mi país. La declaración sobre la naturaleza de los derechos de propiedad intelectual en el Acuerdo sobre los ADPIC aclara además que los derechos de propiedad intelectual son una especie de derecho civil. Al tratarse de un derecho civil, debe estar regulado y protegido por el derecho civil. Esto también está en consonancia con la práctica legislativa civil de mi país.
Cabe señalar que aunque los derechos de propiedad intelectual como derecho civil están protegidos por los principios generales del derecho civil, eso no significa que el derecho de propiedad intelectual sea también una rama del derecho civil. En la actualidad, muchas personas en los círculos académicos han incorporado la ley de propiedad intelectual al sistema de derecho civil. Esto es correcto desde la perspectiva de la naturaleza de los derechos, pero es cuestionable desde la perspectiva del departamento jurídico. En cuanto a a qué departamento pertenece el derecho de propiedad intelectual, creemos que primero debemos clasificar las normas del derecho de propiedad intelectual antes de llegar a una conclusión.
Las normas básicas del derecho de propiedad intelectual, ya sea derecho de autor, derecho de marcas o derecho de patentes, no son más que dos categorías: normas relativas a los derechos de los que disfrutan los obligantes y su protección, y regulaciones relativas a las condiciones. y condiciones para que los obligantes obtengan derechos. Especificación del programa.
Las normas relativas a los derechos que disfrutan los titulares de derechos y su protección pertenecen a lo que la gente suele llamar "normas sustantivas". A juzgar por su clasificación sectorial, dado que estas normas involucran el contenido, ejercicio y protección de los derechos de propiedad intelectual, y los derechos de propiedad intelectual son derechos civiles, deben tener la misma naturaleza que las normas sobre el contenido, ejercicio y protección de los derechos civiles en los Principios Generales del Derecho Civil. Por lo tanto, en lo que respecta a estas "normas sustantivas", deberían formar parte del derecho civil.
Las condiciones y especificaciones procesales para que los titulares de derechos obtengan derechos pertenecen a lo que la gente suele llamar "especificaciones procesales". Esta parte de la especificación involucra principalmente los procedimientos y pasos para que los titulares de derechos obtengan derechos de propiedad intelectual, así como los derechos y obligaciones en los procedimientos y pasos. Dado que los procedimientos y formalidades pertinentes necesarios para obtener derechos de propiedad intelectual son procedimientos administrativos por naturaleza, estas normas deben incluirse en el ámbito del derecho administrativo.
Todas las leyes de propiedad intelectual se componen de al menos estas dos normas básicas. Sin embargo, al comparar el estatus de dos normas diferentes en el derecho de propiedad intelectual, encontraremos que, excepto en el caso de las leyes de derechos de autor de países que implementan sistemas de protección automática, la posición dominante en el derecho de propiedad intelectual no es la estipulación de los titulares de derechos y sus derechos. Las normas sustantivas de protección son normas procesales sobre cómo los titulares de derechos obtienen sus derechos.
Se puede concluir que es un error clasificar ampliamente el derecho de propiedad intelectual dentro del derecho civil. De hecho, por su naturaleza principalmente normativa, el derecho de propiedad intelectual debería integrarse al derecho administrativo. Sin embargo, como norma jurídica, no parece tener mucho sentido en la práctica si el derecho de propiedad intelectual debe integrarse al derecho civil y al derecho administrativo, o convertirse en un departamento separado. Dado que la propiedad intelectual es un derecho civil, su protección debería ser la misma que la de los derechos civiles. En lo que respecta a los derechos de propiedad intelectual, su protección se logra principalmente evitando que otros los infrinjan. Del contenido de derechos contenidos en tipos específicos de derechos de propiedad intelectual en este libro, podemos encontrar que el derecho básico del titular de los derechos de propiedad intelectual es prohibir o impedir que otros lleven a cabo actividades relevantes sin su permiso.
. Pero personalmente creo que la ley de propiedad intelectual debería incorporarse a la ley económica, pero el elemento esencial de la propiedad intelectual es poder reflejar el valor objetivo de mercado. Es decir, los llamados derechos de propiedad intelectual se pueden medir en monedas específicas; de lo contrario, nadie solicitará patentes ni obtendrá ganancias. En la actualidad, China ha hecho muchos esfuerzos en materia de derechos de propiedad intelectual, pero no se pueden ignorar los problemas existentes. La débil supervisión gubernamental, la falta de medios fuertes para hacer cumplir la ley y los llamados programas piloto del país han resultado en una enorme diferencia en la protección de la propiedad intelectual entre las regiones desarrolladas y subdesarrolladas. Hay que decir que esto es una lástima. Lo que es aún peor es que para lograr resultados puramente económicos, China tolera que las empresas privadas plagien e infrinjan los derechos de propiedad intelectual de otros países. El más famoso es el iPhone imitador, con un precio de 998 yuanes. Una versión imitada del parque temático Angry Birds; incluso la falsa ciudad de Nueva York. Prevalece una especie de atmósfera de imitación. Sin embargo, China en realidad está de acuerdo con este tipo de infracción por imitación. Obviamente, esto es un paso atrás. No es de extrañar que la OMC o los Estados Unidos siempre encuentren defectos a nuestro país. Si los errores cognitivos de esta nación no se pueden cambiar, China nunca será inferior a otros países. Después de unirse a la Organización Mundial del Comercio, la protección de la propiedad intelectual de China enfrenta nuevas oportunidades y desafíos. Cuando China tiene disputas sobre propiedad intelectual con otras partes contratantes, tenemos el derecho y la obligación de aplicar el mecanismo unificado de solución de disputas de la OMC. Por un lado, este mecanismo de resolución de disputas ayuda a reducir o en cierta medida frenar las represalias unilaterales sin escrúpulos utilizadas por unos pocos países desarrollados en el pasado, permitiéndonos adoptar dentro del marco del acuerdo cuando podamos tener disputas de propiedad intelectual con países desarrollados. Las negociaciones multilaterales resuelven disputas; por otro lado, también plantea requisitos más altos para la protección de la propiedad intelectual de mi país. Si no podemos proteger eficazmente los derechos legales de los titulares de derechos de propiedad intelectual de las partes involucradas, es posible que se nos cancele el trato preferencial u otro trato preferencial, o que suframos represalias en todos los campos y entre departamentos. Fortalecer la protección de los derechos de propiedad intelectual, especialmente tomando medidas enérgicas y castigando eficazmente la falsificación y la piratería, se ha convertido en una obligación que China debe cumplir después de unirse a la OMC. Los derechos de propiedad intelectual, como una especie de derecho de propiedad intangible, son derechos que disfrutan los trabajadores intelectuales de conformidad con la ley. En la economía y el comercio internacionales actuales, las áreas involucradas en la protección de la propiedad intelectual se están ampliando gradualmente y el peso está aumentando gradualmente. En la futura competencia comercial internacional, los derechos de propiedad intelectual serán el foco de la competencia. En resumen, es razonable y necesario establecer un mecanismo internacional eficaz de protección de los derechos de propiedad intelectual.
(Sacrifiqué muchos puntos con la esperanza de aceptar la respuesta.
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