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Disposiciones legales sobre procedimientos de audiencia de petición

Análisis legal: Procedimientos legales para audiencias de petición: informar y entregar a la agencia administrativa un aviso de audiencia de petición, presentar una solicitud por escrito dentro de los 7 días posteriores a la recepción del aviso de audiencia de petición, y la agencia administrativa decidirá si acepta y celebra una audiencia dentro de los 15 días después de recibir la solicitud de audiencia Preparar transcripciones de audiencia, preparar informes de audiencia y publicar resultados de audiencia.

Base legal: Artículo 22 del "Reglamento sobre Cartas y Llamadas": Los organismos administrativos pertinentes registrarán los asuntos de petición presentados directamente por los peticionarios a los organismos administrativos distintos de las oficinas de petición de los gobiernos populares en todos los niveles de conformidad con lo dispuesto en este Reglamento, cumpliendo con lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 14 de este Reglamento, las cartas y convocatorias que entren dentro del ámbito legal de la autoridad serán aceptadas y no serán elusibles, superficiales ni demoradas; Las visitas que no sean competencia de la autoridad, el autor de la carta será informada a la autoridad correspondiente propuesta por la autoridad. Después de recibir la denuncia, el organismo administrativo competente dará una respuesta por escrito en el acto si puede responder si acepta la denuncia, si no puede responder en el acto, notificará al denunciante por escrito dentro de los 15 días siguientes a la fecha; de recepción de la denuncia. Sin embargo, a menos que el nombre y la dirección del denunciante no estén claros. Los organismos administrativos pertinentes se informarán mutuamente del estado de aceptación de cartas y convocatorias.

Artículo 31: Cuando tramite asuntos peticionarios, el organismo administrativo que tenga facultad para atender los asuntos peticionarios escuchará los hechos y motivos expuestos por el peticionario cuando sea necesario, podrá requerir al querellante, a los organismos pertinentes y; personal para explicar la situación; si se necesita mayor verificación, se pueden realizar investigaciones con otras organizaciones y personal. Se pueden celebrar audiencias para asuntos de petición importantes, complejos y difíciles. Las audiencias deben ser públicas, esclarecer los hechos y esclarecer las responsabilidades mediante el interrogatorio, el debate, la evaluación y la colegialidad. El alcance, sede, participantes y procedimiento de la audiencia serán estipulados por los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central.