¿Qué es el robo?

El delito de hurto se refiere al hurto de una gran cantidad de propiedad pública o privada con el propósito de posesión ilegal, o hurto en múltiples ocasiones, hurto, hurto con arma o hurto de propiedad pública o privada. . Los elementos constitutivos del delito de hurto son:

1.El objeto de este delito es la propiedad de bienes públicos y privados. El objeto de la infracción son los bienes nacionales, colectivos o individuales, que generalmente se refieren a bienes muebles, pero los embargos a bienes inmuebles pueden separarse de los bienes inmuebles, por ejemplo, cultivos en campos, árboles en montañas, puertas y ventanas en edificios, etc. , también puede convertirse en objeto de este delito. Además, fuentes de energía como la electricidad y el gas también pueden ser objeto de este delito.

El objeto del delito de hurto es la propiedad de bienes públicos y privados. La propiedad incluye derechos como posesión, uso, renta y disposición. La propiedad aquí generalmente se refiere a la propiedad legal, pero a veces hay excepciones. Según la "Interpretación del Tribunal Popular Supremo sobre varias cuestiones relativas a la aplicación específica de las leyes en el juicio de casos de robo" (en adelante, la "Interpretación"): "El robo de contrabando se tratará como delito de hurto, cualquiera que sea su cuantía, y será sancionado según las circunstancias. También constituye delito de hurto el robo de contrabando o de bienes en posesión ilegal de los mismos”

2. El aspecto objetivo de este delito es que el autor robe una cantidad relativamente grande de propiedad pública o privada o robe propiedad pública o privada varias veces. El llamado robo significa que el autor viola la voluntad de la víctima y transfiere bienes ajenos a sí mismo o a un tercero (incluido un empleador).

3. Requisitos principales. El sujeto de este delito es un sujeto general y puede constituirlo cualquier persona que haya alcanzado la edad de responsabilidad penal (16 años) y tenga capacidad para ser penalmente responsable. La modificación del sujeto es parte importante de la modificación de este delito. Según la ley penal original, los menores mayores de 14 años pero menores de 16 años que cometan el delito de hurto habitual o hurto mayor tendrán responsabilidad penal. Esta ley elimina este requisito.

4. Requisitos subjetivos. El aspecto subjetivo de este delito es la intencionalidad directa y la finalidad de la posesión ilícita. Contenido intencional del delito de hurto: (1) El autor tiene claramente conocimiento de que el objeto de su hurto es un bien propiedad o posesión de otros. El actor sólo necesita inferir que la cosa es propiedad de otros o está en posesión de otros basándose en su capacidad cognitiva general y su sentido común social. En cuanto a quién es el dueño o poseedor de la propiedad, no requiere que el perpetrador tenga una previsión o conocimiento claro y específico. ⑵ Previsión de las consecuencias del robo. Por ejemplo, si entra en un banco y roba una caja fuerte, tiene la intención de robar una cantidad grande o particularmente grande de propiedad. Entrar al museo con la intención de robar reliquias culturales. Este tipo de intención criminal muestra el alcance del daño que el ladrón pretende causar a la sociedad y también muestra el daño social de su comportamiento. Basándose en el principio de coherencia entre subjetividad y objetividad, la "Interpretación" estipula: "Si se intenta el robo y las circunstancias son graves, como una cantidad relativamente grande de bienes o reliquias culturales preciosas nacionales, etc., ¿cuáles son los objetivos? de robo, serán condenados y castigados." La posesión ilegal incluye no sólo la posesión propia, sino también la posesión personal. Incluyendo la posesión por un tercero o la posesión colectiva (4) La posesión ilegal incluye no sólo la posesión propia, sino también la posesión por un tercero posesión partidista o colectiva.