Reglamento sobre la implementación de la Ley del Impuesto sobre Vehículos y Embarcaciones de la República Popular China y el Estado
Artículo 1: El presente reglamento se formula de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Impuesto sobre Vehículos y Embarcaciones de la República Popular China (en adelante, la Ley del Impuesto sobre Vehículos y Embarcaciones). Artículo 2 Los vehículos y embarcaciones mencionados en el artículo 1 de la Ley del Impuesto sobre Vehículos y Embarcaciones se refieren a:
(1) Los vehículos de motor y embarcaciones que deberán registrarse en el departamento de gestión de matriculación de vehículos y embarcaciones de conformidad con el ley;
(2) ) Vehículos de motor y barcos que no necesitan estar registrados en el departamento de gestión de registro de vehículos y embarcaciones de acuerdo con la ley y son conducidos u operados dentro de las instalaciones internas de la unidad. Artículo 3 Los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central determinarán los montos impositivos específicos aplicables a los vehículos con base en las "Partidas y Montos del Impuesto sobre Vehículos y Embarcaciones" adjuntos a la Ley del Impuesto sobre Vehículos y Embarcaciones, y deberán cumplir con los siguientes principios: (1) Los vehículos de pasajeros se basarán en el desplazamiento. El monto del impuesto se incrementa gradualmente de pequeño a grande;
(2) Los automóviles de pasajeros se dividen en dos categorías según el pasajero aprobado. capacidad de menos de 20 personas y más de 20 personas (inclusive), y el monto del impuesto se incrementa gradualmente.
El monto del impuesto específico aplicable a los vehículos determinado por los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central se informará al Consejo de Estado para su registro. Artículo 4 El importe del impuesto específico aplicable a los buques motorizados es:
(1) Si el tonelaje neto no supera las 200 toneladas, 3 yuanes por tonelada
(2) El tonelaje neto; excede las 200 toneladas pero no excede las 200 toneladas si el tonelaje neto excede las 2000 toneladas, 4 yuanes por tonelada
(3) Si el tonelaje neto excede las 2000 toneladas pero no excede las 10 000 toneladas, el tonelaje neto. será de 5 yuanes por tonelada;
(4) El tonelaje neto supera las 10.000 toneladas, 6 yuanes por tonelada.
A los remolcadores se les aplica un impuesto sobre vehículos y embarcaciones basado en el tonelaje neto equivalente de 0,67 toneladas por 1 kilovatio de potencia del motor. Artículo 5 El impuesto específico aplicable a los yates es:
(1) Si la eslora del yate no excede los 10 metros, 600 yuanes por metro;
(2) La eslora de el yate supera los 10 metros, pero si la eslora del barco no supera los 18 metros, la tarifa es de 900 yuanes por metro;
(3) Si la eslora del barco supera los 18 metros pero no supera los 30 metros, el precio es de 1.300 yuanes por metro;
(4) Barco si la eslora supera los 30 metros, la tarifa es de 2.000 yuanes por metro;
(5) Velero de potencia auxiliar, la tarifa es de 600 yuanes por metro. Artículo 6 La ley del impuesto sobre vehículos y embarcaciones y este reglamento involucran el volumen de escape, la calidad del mantenimiento, el número aprobado de pasajeros, el tonelaje neto, los kilovatios y la eslora del casco, con base en los datos contenidos en el certificado de registro de vehículos y embarcaciones o en el permiso de conducir emitido por el departamento de gestión de matriculación de vehículos y embarcaciones.
Para vehículos y embarcaciones que no necesitan estar registrados según la ley, y vehículos y embarcaciones que deben registrarse según la ley pero que no han sido registrados o no pueden proporcionar certificados de registro de vehículos y embarcaciones y licencias de conducir, prevalecerán los parámetros técnicos y los datos marcados en el certificado de calificación de fábrica o el certificado de importación del vehículo y la embarcación. Si no se puede proporcionar el certificado de calificación de fábrica o el certificado de importación del vehículo o la embarcación, la autoridad fiscal competente se remitirá a las normas nacionales pertinentes; Evaluación si no existen normas nacionales pertinentes, la evaluación se basará en vehículos y embarcaciones similares. Artículo 7 Los buques pesqueros y de cría mencionados en el párrafo 1 del artículo 3 de la Ley del Impuesto sobre Vehículos y Embarcaciones se refieren a los buques registrados como buques de pesca o de cría en el departamento de gestión de registro de buques pesqueros. Artículo 8 Los vehículos y embarcaciones utilizados exclusivamente por las fuerzas militares y de policía armada mencionados en el inciso 2 del artículo 3 de la Ley del Impuesto sobre Vehículos y Embarcaciones se refieren a los vehículos y embarcaciones que están registrados en los departamentos de gestión de registro de vehículos y embarcaciones de las fuerzas armadas y fuerzas policiales armadas de conformidad con la normativa y haber obtenido placas militares o de policía armada. Artículo 9 Los vehículos y embarcaciones policiales mencionados en el punto 3 del artículo 3 de la Ley del Impuesto sobre Vehículos y Embarcaciones se refieren a vehículos con licencias policiales emitidas por agencias de seguridad pública, agencias de seguridad nacional, prisiones, agencias de gestión laboral y educativa, tribunales populares y autoridades fiscalías, así como las utilizadas para desempeñar funciones policiales. Artículo 10 Los vehículos y embarcaciones que ahorren energía y utilicen nueva energía podrán estar exentos o reducidos a la mitad del impuesto sobre vehículos y embarcaciones. El alcance de los vehículos y embarcaciones que están exentos del impuesto sobre vehículos y embarcaciones o que se les aplica la mitad del impuesto sobre vehículos y embarcaciones será formulado por los departamentos financieros y tributarios del Consejo de Estado en consulta con los departamentos pertinentes del Consejo de Estado y presentado al Estado. Consejo para su aprobación.
Para vehículos y embarcaciones que se ven afectados por desastres naturales graves como terremotos e inundaciones y tienen dificultades para pagar impuestos, o por otras razones especiales que realmente necesitan una reducción o exención de impuestos, se puede reducir el impuesto sobre vehículos y embarcaciones. o exentos dentro de un período determinado. El período específico y el monto de las exenciones y reducciones serán determinados por los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central y reportados al Consejo de Estado para su presentación. Artículo 11 Los impuestos sobre vehículos y embarcaciones serán recaudados por las autoridades fiscales locales. Artículo 12 Al recaudar el impuesto sobre vehículos y embarcaciones, el agente de retención del impuesto sobre vehículos de motor y embarcaciones deberá indicar la información recaudada del impuesto en la póliza de seguro obligatorio de responsabilidad por accidentes de tránsito de vehículos de motor y la factura de la prima como comprobante de recaudación de impuestos.
Artículo 13 Para los vehículos que hayan pagado impuestos o tengan reducciones o exenciones fiscales de conformidad con la ley, los contribuyentes deberán presentar al agente retenedor un certificado de pago de impuestos o un certificado de reducción o exención fiscal emitido por la autoridad fiscal competente en el lugar de matriculación. Artículo 14 Si un contribuyente no paga el impuesto sobre vehículos y embarcaciones dentro del plazo prescrito, el agente de retención también podrá cobrar y pagar la multa por pago atrasado por el impuesto atrasado al cobrar y reembolsar el impuesto. Artículo 15 Si el agente de retención ha cobrado y pagado el impuesto sobre vehículos y embarcaciones, el contribuyente ya no deberá declarar ni pagar el impuesto sobre vehículos y embarcaciones a la autoridad fiscal competente en el lugar donde esté matriculado el vehículo.
Si no existe agente de retención, los contribuyentes deberán declarar y pagar el impuesto sobre vehículos y embarcaciones ante las propias autoridades fiscales competentes. Artículo 16 Cuando los contribuyentes paguen el impuesto sobre vehículos y embarcaciones, deberán presentar los comprobantes correspondientes que reflejen información relacionada con el impuesto, como desplazamiento, calidad del mantenimiento, número aprobado de pasajeros, tonelaje neto, kilovatios, eslora del casco, etc., y las autoridades fiscales proporcionarán dicha documentos según lo requieran las necesidades reales.
Si el contribuyente ha proporcionado la información señalada en el párrafo anterior en años anteriores, podrá dejar de proporcionarla. Artículo 17 Los contribuyentes del impuesto sobre vehículos y embarcaciones pagarán el impuesto sobre vehículos y embarcaciones de acuerdo con el monto del impuesto específico aplicable determinado por el gobierno popular de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central donde se encuentra el lugar de pago del impuesto. Artículo 18 El agente retenedor deberá pagar oportunamente los impuestos recaudados y pagados y los cargos por mora, y declararlos a las autoridades fiscales competentes. Cuando el agente de retención paga impuestos y cargos por mora a las autoridades tributarias, también deberá presentar un informe detallado de retención de impuestos y cargos por mora. El plazo específico para que el agente retenedor pague los impuestos y recargos por mora será determinado por las autoridades tributarias locales de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central de conformidad con las disposiciones de las leyes y reglamentos administrativos.