Consecuencias jurídicas de la revocación de funcionarios públicos
Análisis jurídico: Despido administrativo: se refiere a una sanción administrativa impuesta por la autoridad de nombramiento y remoción o la autoridad de supervisión administrativa a los servidores públicos que violen las disciplinas administrativas y deban asumir responsabilidades de disciplina administrativa. Quienes sean objeto de despido serán degradados conforme reglamentariamente, determinándose el grado y grado salarial correspondiente según el nuevo cargo. El período de sanción administrativa es de 2 años. Antes del despido, el empleado no podrá ser promovido a un puesto, grado o nivel salarial superior, y no participará en la evaluación anual, pero el grado no es seguro. Una vez levantado el despido administrativo al vencimiento, no se considerará restituido el puesto y grado original, pero los ascensos, niveles y niveles salariales futuros ya no se verán afectados por el despido administrativo original.
Base jurídica: “Reglamento sobre Sanciones a los Servidores Públicos de Organismos Administrativos”
Artículo 6 Los tipos de sanciones disciplinarias para los servidores públicos de organismos administrativos son:
(1) Advertencia
(2) Demérito;
(3) Demérito mayor;
(4) Degradación;
(5 ) Remoción;
(6) Despido.
Artículo 7 El plazo para sancionar a los servidores públicos de organismos administrativos es:
(1) Amonestación, 6 meses
(2) Demérito, 12; meses ;
(3) Demérito mayor, 18 meses
(4) Degradación o despido, 24 meses;
Artículo 8 Los servidores públicos de órganos administrativos no podrán ser promovidos a cargos o niveles durante el período de sanción. Entre ellos, no serán promovidos los que sean sancionados con deméritos, deméritos mayores, descensos de categoría o despidos. a los grados salariales; quienes sean sancionados con despidos se ajustarán a lo dispuesto en la disposición para la degradación.