Red de conocimiento del abogados - Preguntas y respuestas penales - ¿Qué debo hacer si recibo una carta de un abogado por infracción?

¿Qué debo hacer si recibo una carta de un abogado por infracción?

Subjetividad jurídica:

Generalmente, un abogado encargado por el propietario de la marca envía una carta al infractor solicitando al infractor que detenga la infracción y compense al propietario del derecho por las pérdidas. Después de recibir una carta de un abogado de infracción de marcas, haga todo lo posible para verificar los productos que produce y vende en función de la infracción mencionada en la carta. Si hay alguna infracción, lo mejor es confiar rápidamente a un abogado y ponerse en contacto activamente con el titular de los derechos o con el abogado de la otra parte para negociar. Si es un producto de un canal legal, se puede proporcionar un contrato de venta y una lista de suministros. Si antes no sabía que se trataba de un producto infractor, puede dejar de venderlo ahora. Las siguientes circunstancias pueden probar que la mercancía fue obtenida legalmente por uno mismo: (1) Existe una lista de suministro y un recibo de pago legalmente firmados por el proveedor, y están verificados o reconocidos por el proveedor (2) Existe un contrato de compra firmado; entre el proveedor y el proveedor, y se ha verificado que se realizó verdaderamente; (3) existe una factura de compra legal, y los elementos registrados en la factura son consistentes con los bienes involucrados; (4) otras circunstancias que pueden probar que la compra es válida; los bienes involucrados fueron obtenidos legalmente.

Objetividad jurídica:

Artículo 80 del “Reglamento para la Aplicación de la Ley de Marcas”, se puede probar que se obtuvieron los productos que infringen los derechos exclusivos de la marca registrada. legalmente por sí mismo y explicado al proveedor Si se vende el producto infractor, el departamento de administración industrial y comercial ordenará el cese de las ventas y notificará al departamento administrativo industrial y comercial donde se encuentre el proveedor de la mercancía infractora.