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La empresa se incorpora a la empresa y encuentra un garante.

Ley de Contrato de Trabajo:

Artículo 9 Cuando un empleador contrate trabajadores, no retendrá las tarjetas de identidad de residencia y otros documentos de los trabajadores, ni exigirá que los trabajadores proporcionen garantías ni cobrará propiedades de los trabajadores a otros nombres.

En la interpretación de la ley, los trabajadores no pueden ofrecer garantías. Esto se refiere a todas las formas de garantías, incluidas las garantías en forma de avalistas. Obviamente, esto es ilegal. En otras palabras, esta práctica no cumple con las leyes laborales. Dado que es ilegal, ciertamente no es razonable.

Aún no te has incorporado a la empresa, por lo que obviamente no tiene sentido defender tus derechos. Puedes aceptarlo pasivamente, siempre y cuando tu amigo confíe en ti y no sea una garantía financiera. Creo que siempre que nunca hayas hecho nada ilegal antes, alguien responderá por ti. Mientras seas un buen amigo, no es necesario que expliques demasiado, alguien responderá por ti. Está bien, siempre y cuando tengas confianza en ti mismo. O rendirte, sólo tienes dos opciones.