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La diferencia entre un agente y un defensor

Análisis jurídico: 1. Dependiendo de la situación.

La base para que un defensor penal pueda participar en un proceso penal es la autorización del sospechoso o imputado o la designación legal por parte del tribunal, mientras que la participación de un agente penal sólo puede ser autorizada por las partes y sus representantes legales.

2. El estado del litigio es diferente.

El defensor tiene personalidad contenciosa independiente, defiende en nombre propio, y no está obligado por el demandado, mientras que el agente no tiene personalidad contenciosa independiente, sino que está adscrito al representado. en actividades.

3. Los objetos son diferentes.

El primero se establece para sospechosos de delitos y acusados ​​en casos de procesamiento público y acusados ​​en casos de procesamiento privado, mientras que el segundo se establece para fiscales privados, víctimas y partes en juicios civiles incidentales.

4. Los defensores y los abogados litigantes inician los procesos penales de diferentes maneras.

Los primeros también pueden litigar mediante designación del tribunal, salvo encomienda. Cuando un agente entabla una demanda, lo hace en nombre de su cliente.

Base jurídica: "Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China"

Artículo 33 Además de ejercer el derecho de defensa, los sospechosos y acusados ​​de un delito también podrán encomendar a una o dos personas como defensores. Se pueden encomendar como defensores a las siguientes personas:

(1) Abogados;

(2) Personas recomendadas por organizaciones populares o la unidad donde trabaja el sospechoso o imputado;

(3) Tutores, familiares y amigos de sospechosos e imputados de delitos.

No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido condenadas a pena o privadas o restringidas de su libertad personal de conformidad con la ley.

No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido destituidas de cargos públicos o cuyo título de ejercicio de abogado o notario haya sido revocado, salvo los tutores o parientes próximos de los sospechosos o imputados.

Artículo 34 El sospechoso de un delito tiene derecho a confiar un defensor desde el primer día del interrogatorio o de las medidas obligatorias adoptadas por el organismo de investigación. Durante la investigación, sólo se puede confiar la defensa a abogados. El acusado tiene derecho a confiar un defensor en cualquier momento. Al interrogar a un sospechoso de un delito o adoptar medidas coercitivas contra él por primera vez, el organismo de investigación le informará del derecho a confiarle un defensor. La Fiscalía Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de recepción de los materiales del caso transferidos para su revisión y enjuiciamiento, informará al sospechoso de un delito sobre su derecho a confiar un defensor. El Tribunal Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de aceptación del caso, notificará al imputado su derecho a confiar un defensor. Si un sospechoso o acusado de un delito solicita que se le encomiende un defensor mientras se encuentra bajo custodia, el tribunal popular, la fiscalía popular y los órganos de seguridad pública comunicarán sin demora la solicitud.

Si un sospechoso o acusado de un delito se encuentra detenido, su tutor o pariente cercano también podrá confiarle un defensor.

Después de aceptar la encomienda de un sospechoso o acusado de un delito, el defensor deberá notificar de inmediato a la agencia que maneja el caso.