Red de conocimiento del abogados - Preguntas y respuestas penales - ¿Cuánto durará la sentencia por infracción de derechos de propiedad intelectual por valor de 600.000 RMB?

¿Cuánto durará la sentencia por infracción de derechos de propiedad intelectual por valor de 600.000 RMB?

Análisis jurídico: El delito de infracción de los derechos de propiedad intelectual se refiere al uso ilegal de los derechos de propiedad intelectual sin el permiso del titular de los derechos de propiedad intelectual, la infracción del orden nacional de gestión de la propiedad intelectual y los derechos e intereses legítimos de los titulares de los derechos de propiedad intelectual. , la cantidad de ganancias ilegales es grande o las circunstancias son graves.

Base jurídica: “Ley Penal de la República Popular China”

Artículo 213: Sin el permiso del titular de la marca registrada, utilizar el mismo producto o servicio que la registrada marca Si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años y, concurrentemente o únicamente con multa, si las circunstancias son especialmente graves, será sancionado con pena privativa de libertad no inferior a tres años; tres años y no más de diez años y simultáneamente a una multa.

Artículo 214: El que a sabiendas venda productos con marcas registradas falsificadas y obtenga una cantidad relativamente importante de ingresos ilegales o tenga otras circunstancias graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años y también o únicamente será multado ilegalmente Si la cantidad de ingresos es enorme o existen otras circunstancias particularmente graves, el infractor será condenado a una pena de prisión de no menos de tres años pero no más de diez años, y también será multado.

Artículo 215: El que falsifique o fabrique marcas registradas ajenas sin autorización o venda marcas registradas que hayan sido falsificadas o fabricadas sin autorización, si las circunstancias son graves, será sancionado con prisión de no más de de tres años y será también o únicamente multado, si las circunstancias son especialmente graves, será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, y también multado;

Artículo 216 El que falsifique patente ajena, si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o prisión criminal, y también o únicamente con multa.

Artículo 217: El que, con fines de lucro, cometa cualquiera de los siguientes actos de infracción del derecho de autor o de derechos conexos, y el monto de las ganancias ilícitas sea relativamente grande o concurran otras circunstancias graves , será condenado a una pena fija de prisión no superior a tres años, y concurrente o únicamente con una multa si el monto de las ganancias ilegales es enorme o concurren otras circunstancias particularmente graves, la persona será condenada a una pena de prisión fija; de no menos de tres años pero no más de diez años, y también será multado:

(1) Sin el permiso del propietario de los derechos de autor, copiar, distribuir y difundir al público obras literarias, musicales , arte, obras audiovisuales, software de computadora y otras obras estipuladas en leyes y reglamentos administrativos;

(2) Publicar libros sobre los cuales otros tienen derechos de publicación exclusivos;

(3 ) Copiar, distribuir y difundir al público a través de redes de información los productos de audio y video producidos sin el permiso del productor.

(4) Sin el permiso del intérprete, copiar y distribuir grabaciones de audio y video; de sus actuaciones, o difundir sus actuaciones al público a través de redes de información

(5) Producir y vender obras de arte falsificadas

(6) Evitar o destruir intencionalmente las medidas técnicas; adoptadas por los propietarios de derechos de autor para proteger sus obras, productos audiovisuales y otros derechos de autor o derechos relacionados con los derechos de autor. Sin el permiso del propietario de los derechos de autor o del titular de los derechos relacionados con los derechos de autor.

Artículo 218 El que con el fin de obtener ganancias, a sabiendas venda copias infractoras en los términos previstos en el artículo 217 de esta Ley, y el monto de las ganancias ilícitas sea elevado o concurran otras circunstancias graves, será sancionado con cinco años multa, será castigado con pena privativa de libertad determinada no superior a diez años y, concurrente o únicamente, con multa.

Artículo 219: El que cometa uno de los siguientes actos de violación de secretos industriales, si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, y concurrente o únicamente con una multa si las circunstancias son especialmente graves, será condenado a no menos de tres años de prisión no más de diez años y multa:

(1) Obtener secretos comerciales del titular del derecho por medios indebidos tales; como robo, soborno, fraude, coerción, intrusión electrónica, etc.;

( 2) Divulgar, utilizar o permitir que otros utilicen los secretos comerciales del titular de los derechos obtenidos mediante el párrafo anterior;

(3) Violar las obligaciones de confidencialidad o los requisitos del titular de los derechos de guardar secretos comerciales, divulgar, utilizar o permitir que otros utilicen otros secretos comerciales.

Entre los actos enumerados en el párrafo anterior, se considerará infracción de la teoría del secreto comercial el obtener, revelar, utilizar o permitir que otros utilicen un secreto empresarial sabiendo que lo es.

El titular de los derechos mencionado en este artículo se refiere al propietario del secreto comercial y al usuario del secreto comercial con el permiso del propietario.

Artículo 219: El que hurte, espíe, compre o proporcione ilegalmente secretos comerciales a instituciones, organizaciones o personal del exterior, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de cinco años, y también o únicamente multado si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco años y también multado;

Artículo 220 Si una unidad comete los delitos previstos en los artículos 213 a 219 de esta sección, la unidad será multada y el responsable directo será multado y los demás directamente responsables serán sancionados con multa. de conformidad con lo dispuesto en este apartado.