¿La deuda requiere una sentencia judicial para surtir efecto?
Depende. Si el deudor o un tercero tiene derecho a disponer de los siguientes derechos, podrá pignorar: (1) letras de cambio, pagarés y cheques (2) bonos y certificados de depósito; (3) recibos de almacén y conocimientos de embarque; (4) acciones y capital de fondos transferibles; (5) derechos de propiedad intelectual transferibles, como derechos de marcas registradas, derechos de patente, derechos de autor, etc. (6) cuentas por cobrar existentes y futuras; 7) Los demás derechos reales que puedan pignorarse según lo establezcan las leyes y reglamentos administrativos.
Objetividad jurídica:
Artículo 440 del “Código Civil de la República Popular China” El deudor o un tercero tiene derecho a disponer de los siguientes derechos que pueden pignorar : (1) Letra de cambio, cheque de caja, cheque; (2) bonos y certificados de depósito. (3) recibos de almacén y conocimientos de embarque; (4) acciones y capital de fondos transferibles; (5) derechos de propiedad intelectual transferibles, como derechos de marcas registradas, derechos de patente, derechos de autor, etc. (6) cuentas por cobrar existentes y futuras; 7) Los demás derechos reales que puedan pignorarse según lo establezcan las leyes y reglamentos administrativos.