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¿Qué debo hacer si mi agente infringe una infracción de marca registrada?

Análisis legal: Los agentes que venden productos que infringen marcas generalmente deben asumir la responsabilidad legal, porque esta también es una de las manifestaciones de infracción de marcas. Además, según las disposiciones pertinentes de la Ley de Marcas, las autoridades administrativas industriales y comerciales locales generalmente ordenarán a los agentes detener las ventas, confiscar y destruir los productos infractores existentes.

Base legal: El artículo 57 de la “Ley de Marcas” comete cualquiera de los siguientes actos: (1) Usar la misma marca que la marca registrada en el mismo producto sin el permiso del registrante de la marca (2; ) Usar una marca comercial similar a la marca registrada en el mismo producto sin el permiso del titular de la marca, o usar una marca comercial igual o similar a la marca registrada en productos similares, lo que probablemente cause confusión (3; ) Ventas que infrinjan la marca registrada de productos con derechos exclusivos; (4) falsificar o fabricar sin autorización signos de marca registrada de otros o vender signos de marca registrada falsificados o no autorizados (5) cambiar la marca registrada sin el consentimiento del titular de la marca registrada; y usar los productos con la marca cambiada nuevamente Ponerlos en el mercado (6) Facilitar deliberadamente la infracción de los derechos exclusivos de las marcas comerciales de otros y ayudar a otros a infringir los derechos exclusivos de las marcas comerciales (7) Causar otros daños a las marcas comerciales exclusivas; derechos de marcas registradas de otros. Si la infracción es perjudicial, la parte infractora tiene derecho a exigir al infractor que asuma la responsabilidad extracontractual.

Artículo 183: Si el infractor se causa daño a sí mismo por salvaguardar los derechos e intereses civiles de otros, asumirá la responsabilidad civil, pudiendo el beneficiario proporcionar la indemnización adecuada. Si no hay infractor o el infractor elude o no puede asumir la responsabilidad civil y la víctima solicita una indemnización, el beneficiario deberá proporcionar la indemnización adecuada.

Artículo 167: Si una infracción pone en peligro la seguridad personal o patrimonial de otros, la parte infractora tiene derecho a exigir al infractor que asuma la responsabilidad extracontractual para detener la infracción, eliminar obstáculos y eliminar el peligro.

Artículo 168 Si dos o más personas infringen y causan daño a otras conjuntamente, responderán solidariamente.