Circunstancias legales para la convocatoria de reuniones extraordinarias
Las asambleas de accionistas se dividen en ordinarias y extraordinarias.
Las juntas ordinarias se refieren a asambleas de accionistas que deben celebrarse dentro de un período de tiempo determinado de conformidad con lo establecido en la Ley de Sociedades Anónimas y los Estatutos Sociales. Las reuniones ordinarias deben celebrarse puntualmente de conformidad con lo establecido en los estatutos de la empresa y, por lo general, se celebran una vez al año. Al formular el estatuto, usted es libre de acordar el tiempo para las reuniones periódicas. Por ejemplo, se estipula que “las juntas ordinarias de accionistas se celebran dos veces al año, en un día determinado de un mes determinado de un año determinado y en un día determinado de un mes determinado de un año determinado” o también puede ser; Estipuló que "se celebra dentro del mes siguiente a la finalización de cada ejercicio fiscal".
Las asambleas extraordinarias son asambleas de accionistas que se celebran cuando es necesario por razones legales o a propuesta de personas jurídicas e instituciones, al margen de las asambleas designadas. Los accionistas que representen más de 1/10 de los derechos de voto, o más de 1/3 de los directores y supervisores, o supervisores de empresas sin consejo de supervisores, podrán proponer la convocatoria de una junta extraordinaria.
Base jurídica:
Ley de Sociedades de la República Popular China
Artículo 100 La junta anual de accionistas se celebra todos los años. Si concurre alguna de las siguientes circunstancias, se deberá convocar a una junta general extraordinaria de accionistas en el plazo de dos meses:
(1) Cuando el número de directores sea inferior a las dos terceras partes del número señalado en esta Ley o los estatutos de la empresa.
(2) Cuando las pérdidas no compensadas de la sociedad alcancen la tercera parte del total del capital social desembolsado.
(3) Solicitudes de accionistas que posean individual o colectivamente más del 10% del capital social; las acciones de la empresa.
(4) Cuando el consejo de administración lo considere necesario.
(5) El tiempo propuesto por el consejo de vigilancia para su convocatoria;
(6) Otras circunstancias previstas en los estatutos.
Artículo 102: Cuando se convoque a una asamblea general de accionistas, se notificará a los accionistas la hora, lugar y asuntos a tratar con veinte días de antelación a la celebración de la misma. La asamblea general extraordinaria de accionistas deberá notificarse a todos los accionistas quince días antes de la asamblea, si se emiten acciones al portador, la hora, lugar y asuntos a tratar se anunciarán treinta días antes de la asamblea.
Los accionistas que individual o colectivamente posean más del 3% de las acciones de la sociedad podrán presentar propuestas temporales y presentarlas por escrito al consejo de administración diez días antes de que la junta directiva notifique a los demás; accionistas dentro de los dos días siguientes a la recepción de la propuesta y someter la propuesta temporal a la consideración de la asamblea general de accionistas. El contenido de las propuestas temporales debe quedar dentro del ámbito de competencias de la asamblea de accionistas, con temas claros y resoluciones específicas.
La junta general de accionistas no adoptará acuerdos sobre materias no especificadas en las dos primeras convocatorias.
Los titulares de acciones al portador que asistan a la junta general de accionistas deberán depositar sus acciones en la sociedad cinco días antes de la celebración de la junta general de accionistas y al cierre de la misma.