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Análisis de disputas por infracción de marcas comerciales

En casos de disputas por infracción de marcas, las responsabilidades del vendedor deben tratarse de manera diferente:

1. El vendedor sabe que los productos infringen los derechos exclusivos de las marcas registradas de otros, pero aún así; los vende. En este caso, incluso el contrato de compraventa de bienes, facturas relacionadas, órdenes de compra, etc. Hay disposiciones en todos los reglamentos, y las sanciones no pueden ser exentas ni reducidas, y los productores deben asumir la responsabilidad solidaria. Además, si se constituye un delito, se perseguirá la responsabilidad penal. Ver artículo 67 de la Ley de Marcas.

2. El vendedor no sabe; es decir, el vendedor no sabe que está vendiendo bienes que infringen los derechos exclusivos de marcas registradas de otros, y puede probar que los bienes fueron obtenidos. legalmente, y puede explicar que el proveedor, es decir, el origen del producto, puede indicarse claramente y respaldarse con evidencia que forme una coherencia lógica. La identificación aquí es muy estricta. En primer lugar, el sujeto debe ser un operador, es decir, un vendedor. En segundo lugar, el vendedor debe actuar subjetivamente de buena fe. Por último, el vendedor debería poder proporcionar objetivamente pruebas suficientes del origen legal de las mercancías. De esta manera podrás liberarte de responsabilidad. Ver artículo 60 de la Ley de Marcas.

En resumen, en este caso, es necesario emitir un juicio basado en las circunstancias específicas del caso y luego distinguir más si asumir la responsabilidad, qué tipo de responsabilidad asumir y el tamaño de la responsabilidad. la responsabilidad.