¿Cómo deberían resolver el problema los familiares si no quieren ayudar a los ancianos?
2. Si ninguno de los métodos anteriores puede resolver el problema, puede presentar una demanda directamente ante el tribunal y perseguir la responsabilidad civil o penal.
3. La sentencia efectiva del tribunal puede aplicarse para la ejecución forzosa y obliga al cumplimiento de las obligaciones alimentarias.
Incumplimiento de la responsabilidad de apoyo a los padres y a las personas mayores: 1. La responsabilidad civil asume las responsabilidades antes mencionadas de apoyar económicamente a las personas mayores, cuidarlas en la vida diaria y consolarlas espiritualmente.
2. Responsabilidad penal Los niños que abusan o abandonan a sus padres deben ser considerados penalmente responsables de conformidad con la ley.
Quien cometa el delito de maltrato a familiares, si las circunstancias son graves, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de dos años, reclusión penal o vigilancia pública. Abuso significa que los niños a menudo abusan y humillan a sus padres, los congelan y los matan de hambre, restringen su libertad, humillan su personalidad, etc., física y mentalmente.
Quien se niegue a sustentar a un anciano, joven, enfermo o incapaz de vivir independientemente que sea culpable del delito de abandono, será sancionado con pena privativa de libertad no superior a cinco años, prisión preventiva o vigilancia. . El abandono parental se refiere al comportamiento grave de los niños que se niegan a brindar apoyo debido a su obligación de hacerlo.
Leyes y regulaciones relevantes sobre el apoyo a los padres y el apoyo a las personas mayores: 1. Apoyar a los padres y a las personas mayores es una obligación legal. Estas obligaciones están claramente estipuladas de conformidad con la Constitución, la Ley de Matrimonio y la Ley de Protección de los Derechos e Intereses de las Personas de Edad.
2.Cuáles son los aspectos generales de la obligación de apoyo a las personas mayores, incluidas las obligaciones de apoyo económico, las obligaciones de cuidado diario y de consuelo espiritual, y las obligaciones de atención a necesidades especiales.