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Artículo 16 de la Ley de Fideicomisos

La propiedad del fideicomiso es diferente de la propiedad del fideicomisario (en lo sucesivo denominada propiedad inherente) y no se incluirá ni pasará a formar parte de la propiedad inherente del fiduciario. Si el fiduciario fallece o es disuelto, revocado o declarado en quiebra, los bienes fiduciarios no pertenecerán a su patrimonio ni a los bienes de liquidación.

Base jurídica:

El artículo 15 de la “Ley de Fideicomisos de la República Popular China” se diferencia de otras propiedades para las cuales el fideicomitente no ha establecido un fideicomiso. Una vez establecido el fideicomiso, si el fideicomitente muere o es disuelto, revocado o declarado en quiebra de conformidad con la ley, y el fideicomitente es el único beneficiario, el fideicomiso se dará por terminado y los bienes del fideicomiso se tratarán como su herencia o propiedad de liquidación. si el fideicomitente no es el único beneficiario, el fideicomiso continuará existiendo, los bienes no se considerarán bienes hereditarios ni bienes de liquidación, pero si el fideicomitente que es cobeneficiario fallece o se disuelve, se revoca o se declara en quiebra; De acuerdo con la ley, los derechos del beneficiario del fideicomiso se considerarán bienes de su herencia o liquidación.