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¿Qué debo hacer si mi familiar es detenido por robo?

Subjetividad jurídica:

Consulta de internautas: Hace unos días, mi hijo de 19 años fue detenido por la agencia de seguridad pública por robar 2.500 yuanes a otras personas. Escuché que todo el dinero fue desperdiciado. Quiero ayudar a mi hijo a sentirse menos culpable. Por favor, ¿qué puedo hacer? Análisis jurídico: Puedes reunirte con tu hijo a través de un abogado para conocer los hechos de su delito, si se entregó o realizó un servicio meritorio y otras circunstancias que puedan derivar en una pena más leve. Según las disposiciones pertinentes de la ley penal, la cantidad que su hijo robó ha alcanzado la cantidad legal, lo que constituye un delito de hurto. Lo que debes hacer en este momento es ayudar activamente a tu hijo a devolver los bienes robados. De esta forma, según las "Interpretaciones del Tribunal Supremo Popular sobre varias cuestiones relativas a la aplicación específica de las leyes en el juicio de casos de robo", aunque el robo de propiedad pública o privada alcanza el punto de partida de "una cantidad relativamente grande", pero las circunstancias son menores y concurre una de las siguientes circunstancias, no podrá considerarse delito: los menores de 16 años pero menores de 18 cometen delitos y se les devuelve la indemnización; participar en actividades de robo, no compartir los bienes robados o tomar menos bienes robados; otras circunstancias son menores y no son problemas graves; El comportamiento de su hijo puede considerarse menor, no tratarse como un delito y estar exento de procesamiento.

Objetividad jurídica:

Artículo 67 de la Ley Penal: Se entrega quien voluntariamente se entrega a la policía después de cometer un delito y confiesa verazmente su delito. Los delincuentes que se entreguen podrán recibir penas más leves o reducidas. Entre ellos, podrán quedar exentos de pena quienes cometan delitos menores. Si un delincuente sospechoso o imputado que haya sido objeto de medidas coercitivas o un delincuente que esté cumpliendo condena confiesa verazmente otros delitos que aún no han sido comprendidos por las autoridades judiciales, se considerará que se ha entregado. Aunque un sospechoso de un delito no tenga las circunstancias para entregarse según lo estipulado en los dos párrafos anteriores, si confiesa verazmente su delito, se le podrá imponer una pena más leve porque confiesa verazmente su delito y evita consecuencias particularmente graves; un castigo más leve. Artículo 264: El que hurte bienes públicos o privados si su cuantía es relativamente grande, o el que hurte reiteradamente, irrumpa en domicilios, porte armas o carteristas, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, reclusión penal, o vigilancia, y será multada también o únicamente si la cantidad es elevada o si concurrieren otras circunstancias graves, será sancionada con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años; multado si la cantidad es particularmente elevada o concurren otras circunstancias especialmente graves, será condenado a pena de prisión de duración determinada no inferior a diez años o cadena perpetua, y también se le impondrá una multa o se le confiscarán sus bienes;