¿Qué es el fraude?

El delito de estafa se refiere al acto de defraudar una cantidad relativamente grande de propiedad pública o privada fabricando hechos u ocultando la verdad con el fin de poseerla ilegalmente.

Los elementos penales del delito de estafa

(1) Elementos del objeto

El objeto de este delito es la propiedad de bienes públicos y privados. Aunque algunas actividades delictivas también utilizan ciertos métodos engañosos e incluso persiguen ciertos intereses económicos ilegales, los objetos que infringen no se limitan ni se limitan a la propiedad pública y privada. Por tanto, no constituye un delito de estafa. Por ejemplo: el secuestro y la trata de mujeres y niños es un delito de vulneración de los derechos personales.

El delito de estafa sólo se dirige a bienes nacionales, colectivos o individuales, y no a defraudar otros beneficios ilegales. Sus objetos también deberían excluir los préstamos de instituciones financieras. Porque esta ley ha previsto específicamente el delito de fraude crediticio en el artículo 193.

(2) Elementos objetivos

Este delito se manifiesta objetivamente mediante el uso de métodos fraudulentos para defraudar grandes cantidades de bienes públicos y privados. En primer lugar, el autor cometió un acto fraudulento. Formalmente hablando, el acto fraudulento incluye dos categorías: una es fabricar hechos y la otra es ocultar la verdad, es un acto que hace que la víctima caiga en una comprensión errónea; . El contenido del fraude es crear un malentendido en la víctima en determinadas circunstancias y realizar la disposición de bienes deseada por el autor, ya sea invención u ocultación de hechos pasados, hechos presentes o hechos futuros, siempre que los mencionados anteriormente. Los hechos están presentes, el contenido es una forma de fraude.

1. El actor comete fraude;

2. Hace que otros caigan en malentendidos;

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4. El actor obtiene bienes o intereses patrimoniales. Estos cuatro comportamientos tienen una cierta secuencia lógica objetiva, formando una cadena causal que está estrechamente relacionada antes y después.

(3) Requisitos del sujeto

El sujeto de este delito es un sujeto general , cualquier persona natural que haya alcanzado la mayoría de edad penal y tenga capacidad de responsabilidad penal puede cometer este delito.

(4) Elementos subjetivos

El aspecto subjetivo de este delito es la intención directa y la finalidad de poseer ilícitamente bienes públicos y privados.

Base jurídica: Artículo 266 de la “Ley Penal” Quien defraude la propiedad pública o privada y la cuantía sea relativamente importante será sancionado con pena privativa de libertad no superior a tres años, prisión preventiva o vigilancia pública. , y será también o únicamente multado si la cantidad es elevada o si concurrieren otras circunstancias graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, y también será multado; si la cantidad es especialmente elevada o concurren otras circunstancias especialmente graves, será condenado a pena de prisión de duración determinada no inferior a diez años o a cadena perpetua, y también se le impondrá una multa o se le confiscarán sus bienes. Si esta ley dispusiera lo contrario, prevalecerán las disposiciones.