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Emisión privada de bonos corporativos

Análisis legal: La emisión no pública de bonos corporativos debe emitirse a inversores calificados. No se permiten anuncios, solicitudes públicas ni ofertas públicas encubiertas, y cada emisión no debe exceder de 200 personas. La Asociación de Valores implementa un sistema de lista negativa, y los proyectos emprendidos por las instituciones aseguradoras no deben involucrar el alcance de la lista negativa. Los bonos corporativos no emitidos públicamente se emitirán a inversores calificados.

Base legal: Artículo 4 de las “Medidas para la Administración de las Emisiones y Transacciones de Bonos Corporativos”. Los emisores y otros sujetos obligados a revelar información deberán cumplir sus obligaciones de revelación de manera oportuna y justa. La información divulgada o enviada debe ser verdadera, precisa, completa, concisa y fácil de entender, y no debe contener registros falsos, declaraciones engañosas u omisiones importantes.