Red de conocimiento del abogados - Preguntas y respuestas penales - La compañía de seguros ya ha pagado la indemnización, ¿puede servir como motivo para eximir de responsabilidad al infractor?
La compañía de seguros ya ha pagado la indemnización, ¿puede servir como motivo para eximir de responsabilidad al infractor?
La infracción positiva se refiere a la conducta en la que el actor viola la obligación de omisión hacia otros y causa daño a otros con determinadas acciones. Por ejemplo, posesión ilegal de propiedad de otras personas; infracción de los cuerpos de otras personas; plagio de obras de otras personas; publicación de libros sin permiso; infracción de los derechos exclusivos de marcas registradas de otras personas, etc.
Según lo dispuesto en el Capítulo 8 de los “Principios Generales del Derecho Civil”, existen: fuerza mayor; legítima defensa; culpa de emergencia, etc. Además, según los principios del derecho civil, los posibles motivos de exención incluyen accidentes, comportamiento oficial, consentimiento de la víctima, ejercicio de derechos, incapacidad para ejercer derechos, etc.
Lectura ampliada: Cómo contratar un seguro, cuál es mejor y enseñarte cómo evitar estos "escollos" de los seguros.