Método de cálculo de la carga del impuesto sobre la renta empresarial
Análisis legal: método de cálculo de la carga del impuesto sobre la renta: de acuerdo con las leyes pertinentes de nuestro país, el impuesto sobre la renta total pagadero por la empresa durante el período actual generalmente se divide por los ingresos por ventas de la empresa actual y luego multiplicado por 100. La tasa de carga tributaria se refiere a la proporción del IVA pagadero por un contribuyente del IVA en un período respecto de los ingresos por ventas imponibles actuales. La tasa de carga del impuesto sobre la renta es el impuesto sobre la renta anual pagado como porcentaje de las ventas o el volumen de negocios de la empresa. La fórmula es tasa de carga del impuesto sobre la renta = impuesto sobre la renta a pagar ÷ ventas sin impuestos × 100. Definición: La tasa de carga del impuesto sobre la renta es el impuesto sobre la renta anual pagado como porcentaje de las ventas o el volumen de negocios de la empresa.
Base jurídica: "Impuesto sobre la renta empresarial de la República Popular China"
Artículo 12 Al calcular la renta imponible, la empresa calculará los gastos de amortización de los activos intangibles de acuerdo con la normativa. se permite la deducción.
No se permite deducir los siguientes activos intangibles de los gastos de amortización:
(1) Activos intangibles para los cuales se han deducido gastos de desarrollo propio al calcular la renta imponible;
(2) Fondo de comercio autogenerado;
(3) Activos intangibles no relacionados con actividades operativas;
(4) Otros activos intangibles que no pueden calcularse ni deducirse de la amortización gastos.
Artículo 13 Al calcular la renta imponible, se considerarán gastos diferidos a largo plazo y se amortizarán de conformidad con la reglamentación, los siguientes gastos realizados por una empresa, y se deducirán:
( 1) Gastos de renovación de activos fijos con depreciación total;
(2) Gastos de renovación de activos fijos arrendados;
(3) Gastos de reparación importante de activos fijos;
(4) Otros gastos que deben considerarse gastos diferidos a largo plazo.