Red de conocimiento del abogados - Preguntas y respuestas penales - La empresa no me despedirá y quiere que me transfieran a otro trabajo. No quiero recibir una compensación económica y luego la empresa no se ocupará de mis trámites de renuncia. ¿Qué debo hacer?

La empresa no me despedirá y quiere que me transfieran a otro trabajo. No quiero recibir una compensación económica y luego la empresa no se ocupará de mis trámites de renuncia. ¿Qué debo hacer?

La "Respuesta sobre cuestiones relativas a los conflictos entre empleados y empresas debido a cambios de empleo" de la Oficina General del Ministerio de Trabajo estipula que los empleadores pueden cambiar los puestos de los empleados. De acuerdo con el espíritu de los artículos 17, 26 y 31 de la Ley del Trabajo, si las circunstancias objetivas en las que se celebró el contrato de trabajo han sufrido cambios importantes, resultando en la imposibilidad de ejecutar el contrato de trabajo original, ambas partes deben llegar a un acuerdo. a través de consulta. Si no se puede llegar a un acuerdo, el contrato laboral puede rescindirse según los procedimientos legales; es autonomía del empleador cambiar o ajustar los puestos de los empleados debido a su incompetencia.

Compensación económica por cambios objetivos El artículo 46 (4) de la Ley de Contrato de Trabajo estipula que si las condiciones económicas objetivas en base a las cuales se celebró el contrato de trabajo han sufrido cambios importantes, resultando en la imposibilidad de realizar el trabajo contrato (artículo 41, apartado 4), el empresario deberá pagar una compensación económica al trabajador.