¿Pueden los abogados de tránsito representar casos penales económicos?
Artículo 28 de la “Ley de Abogados” Los abogados podrán ejercer los siguientes negocios:
(1) Aceptar el encargo de personas naturales, jurídicas u otras organizaciones para actuar como asesores jurídicos;
(2) Aceptar la encomienda de partes en casos civiles y administrativos, actuar como agentes y participar en litigios;
(3) Aceptar la encomienda de sospechosos o acusados criminales en casos penales o ser asignado por agencias de asistencia jurídica de conformidad con la ley Servir como defensor, aceptar encomiendas de fiscales privados en casos de procesamiento privado, víctimas en casos de procesamiento público o sus familiares cercanos, y participar en litigios en nombre de ellos; p>
(4) Aceptar la encomienda y representar apelaciones en diversos casos de litigio;
(5) Aceptar la encomienda y participar en actividades de mediación y arbitraje;
(6) Aceptar la encomienda y proporcionar servicios legales no litigiosos;
(7) Responder preguntas legales y redactar demandas Documentos y otros documentos relacionados con asuntos legales.