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Reglamento contra la competencia desleal de la provincia de Yunnan

Artículo 1 Con el fin de mantener el orden económico del mercado socialista, fomentar y proteger la competencia leal, detener la competencia desleal y proteger los derechos e intereses legítimos de los operadores y consumidores, de conformidad con la "República Popular China". y la Ley Nacional Contra la Competencia Desleal y las leyes y reglamentos pertinentes se formulan en conjunto con las condiciones reales de esta provincia. Artículo 2 El presente Reglamento se aplica a las personas jurídicas, otras organizaciones económicas y personas físicas (en adelante, operadores) que realicen operaciones con productos básicos o servicios con fines de lucro (en adelante, productos básicos, incluidos servicios) dentro de la región administrativa de esta provincia. Artículo 3 El término "competencia desleal" mencionado en este Reglamento se refiere al comportamiento de los operadores que violan la "Ley de la República Popular China y el Estado contra la Competencia Desleal" y las disposiciones de este Reglamento, dañan los derechos e intereses legítimos. de otros operadores y perturbar el orden social y económico. Artículo 4 Los organismos administrativos industriales y comerciales a nivel de condado o superior son los organismos de supervisión e inspección de la competencia desleal. Si las leyes y reglamentos dispusieran lo contrario, prevalecerán dichas disposiciones. Artículo 5 Los operadores tienen prohibido utilizar los siguientes medios en productos, embalajes o decoración para hacer representaciones falsas que conduzcan a malentendidos:

(1) Falsificar o utilizar fraudulentamente marcas de calidad como marcas de certificación, marcas famosas y de calidad. , o usar marcas de calidad que han sido marcas de calidad Canceladas;

(2) Falsificar o usar nombres comerciales, orígenes de productos y textos, gráficos y símbolos de otros;

(3 ) Licencias de falsificación o uso, marca de licencia y su número, certificado de inspección de calidad, número de permiso de producción o nombre de la unidad de supervisión y desarrollo (4) Etiquetado falso de especificaciones, grados, cantidades, ingredientes y contenido del producto;

(5) Hacer marcas falsas o vagas en la fecha de producción, fecha de uso seguro, fecha de vencimiento y período de validez. Artículo 6: Los operadores tienen prohibido utilizar marcas comerciales reconocidas de otras personas, marcas comerciales famosas y nombres, empaques y decoraciones exclusivos de productos conocidos sin autorización, o usar nombres, empaques y decoraciones que sean similares a productos conocidos . Artículo 7 Los operadores tienen prohibido utilizar anuncios y los siguientes métodos para hacer publicidad engañosa sobre la reputación comercial o la calidad del producto, ingredientes, rendimiento, usos, productores, orígenes, fuentes, períodos de validez, precios, servicios postventa, etc.

(1) Utilizar medios de comunicación para realizar informes de propaganda falsa;

(2) Realizar demostraciones o explicaciones in situ falsas de productos;

(3) Hacer etiquetas de texto, descripciones o explicaciones falsas en productos en las instalaciones comerciales;

(4) Publicar, distribuir y enviar por correo instrucciones de productos falsas y otros materiales promocionales;

(5) Instigar O contratar a otros para que se hagan pasar por consumidores a cambio de incentivos. Artículo 8 Se prohíbe a los operadores realizar actividades comerciales en nombre de distribuidores especiales, distribuidores designados, agentes generales, mantenimiento especial, monopolios u otros nombres similares sin autorización. Artículo 9: Los operadores tienen prohibido vender bienes a precios inferiores al costo con el fin de eliminar a los competidores.

Cualquiera de las siguientes circunstancias no constituye competencia desleal:

(1) Venta de productos frescos;

(2) El período de validez del procesamiento es de aproximadamente bienes vencidos u otros bienes con exceso de existencias;

(3) Reducciones de precios estacionales;

(4) Ventas de bienes a precios reducidos debido al pago de deudas, cambio de negocio o. cierre del negocio;

(5) Disponer de bienes cuya apariencia esté dañada pero cuyo valor de uso no haya cambiado. Artículo 10 Queda prohibido a las empresas públicas como las de suministro de agua, suministro de energía, suministro de gas, servicios postales, telecomunicaciones y transporte u otros operadores con posición de monopolio según la ley, llevar a cabo las siguientes conductas restrictivas de la competencia:

(1) Restringir a usuarios y consumidores. Solo puede comprar y utilizar productos relacionados proporcionados por él, y no está permitido comprar ni utilizar productos similares del mismo estándar de calidad proporcionados por otros operadores;

( 2) Obligar a los usuarios y consumidores a comprar productos innecesarios proporcionados por ellos mismos y sus accesorios o productos innecesarios proporcionados por sus operadores designados;

(3) Utilizar la excusa de inspeccionar la calidad y el rendimiento de los productos para obstaculizar que los usuarios y consumidores compren y utilicen los productos proporcionados por otros operadores y otros bienes con los mismos estándares de calidad;

(4) Rechazar, interrumpir o reducir el suministro de bienes relevantes a los usuarios o consumidores que no acepten sus condiciones irrazonables o cobrar tarifas excesivas por verificación, inspección, etc.

(5) Otros comportamientos que restrinjan la competencia.

Artículo 11 Los operadores tienen prohibido participar en las siguientes actividades de venta con premios:

(1) Afirmar falsamente tener premios o tergiversar los tipos de premios, probabilidad de ganar, monto máximo del premio, monto total, tipo y cantidad de premios Hacer representaciones falsas sobre la calidad y los métodos de suministro;

(2) Permitir deliberadamente que el personal designado gane premios;

(3) No entregar productos o billetes de lotería al Teniente General logotipo en el mercado o no comercializarse al mismo tiempo.

(4) Poner en el mercado productos y billetes de lotería con diferentes cantidades de bonificación o logotipos de premios en diferentes momentos. Artículo 12 Está prohibido fabricar o difundir hechos falsos para dañar la reputación comercial y la reputación de los productos de los competidores. Artículo 13: Se prohíbe a los operadores promover unilateralmente la calidad, el rendimiento, el precio, las condiciones comerciales, etc. de los productos en comparación con productos similares de otros operadores, dañando así la reputación comercial y la reputación de los productos de los competidores. Artículo 14 Al vender mercancías, los operadores no vincularán las mercancías contra la voluntad del comprador ni impondrán otras condiciones irrazonables. Artículo 15 Está prohibido que los licitadores y licitadores utilicen los siguientes métodos de competencia desleal en las licitaciones: (1) El licitador abre la oferta en privado antes de la licitación pública e informa a otros licitadores que aún no han presentado la oferta de la información relevante. Licitantes;

(2) El licitador filtra el precio de la oferta a licitadores u otras personas;

(3) Falsifica, utiliza falsamente o toma prestadas las calificaciones de otras personas para participar en la licitación;

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(4) Los postores acuerdan entre sí aumentar o reducir el precio de la oferta;

(5) Los postores acuerdan entre sí turnarse para ganar ofertas en proyectos de licitación similares;

(6) ) Los postores se confabulan entre sí en asuntos distintos de los precios de oferta para exprimir a otros competidores;

(7) Los postores y los postores acuerdan aumentar o reducir los precios de oferta durante la licitación pública para facilitar la adjudicación de ofertas

(8) Otras conductas de competencia desleal entre postores y postores durante el proceso de licitación y licitación.