Una expresión de falsificación.

Análisis jurídico: La Ley Anticompetencia Desleal de la República Popular China incluye: (1) La falsificación de la marca registrada de otra persona. (2) Usar el nombre, empaque y decoración únicos de productos conocidos sin autorización, o usar nombres, empaques y decoración que sean similares a los de productos conocidos, causando confusión con productos conocidos de otras personas y causando los compradores los confundan con productos conocidos. (3) Usar nombres comerciales o nombres comerciales de otras personas sin autorización, haciendo que otros piensen erróneamente que son productos de otras personas. (4) Forjar o utilizar falsamente marcas de calidad, como marcas de certificación y marcas famosas, en productos, falsificar el lugar de origen y hacer representaciones falsas y engañosas de los productos.

Base jurídica: "Ley Anticompetencia Desleal de la República Popular China"

Artículo 6: Los operadores no deberán incurrir en los siguientes comportamientos confusos, que hagan que las personas piensen erróneamente que sean bienes de otras personas o que estén relacionados con otros. Conexiones específicas: (1) Uso no autorizado de logotipos idénticos o similares como nombres de productos, empaques, decoración, etc. que tengan cierta influencia sobre otros; Los nombres de empresas (incluidas abreviaturas, tamaños de fuente, etc.), organizaciones sociales (incluidas abreviaturas, etc.) y nombres (incluidos seudónimos, nombres artísticos, nombres traducidos, etc.) tienen cierta influencia sobre los demás (3). Utilice las partes principales de nombres de dominio, nombres de sitios web, páginas web, etc. sin autorización. , tiene cierto impacto en los demás; (4) Otros comportamientos confusos que pueden hacer que las personas piensen erróneamente que son bienes ajenos o que tienen una conexión específica con los demás.

Artículo 7 Los operadores no deberán sobornar a las siguientes unidades o individuos con propiedades u otros medios para buscar oportunidades comerciales o ventajas competitivas: (1) Personal de la contraparte (2) Encargado por la contraparte para manejar asuntos relevantes; Unidades o individuos que usan su autoridad o influencia para influir en transacciones; (3) Unidades o individuos que usan su autoridad o influencia para influir en transacciones. En las actividades comerciales, los operadores comerciales pueden pagar descuentos a las contrapartes de manera explícita o pagar comisiones a los intermediarios. Si un operador paga un descuento a una contraparte o una comisión a un intermediario, deberá contabilizarlo verazmente. Los operadores que acepten descuentos y comisiones también deberán consignarlos verazmente. Sin embargo, el soborno por parte del personal de un operador se considerará comportamiento del operador, a menos que el operador tenga pruebas que demuestren que el comportamiento del miembro del personal no tiene nada que ver con la búsqueda de oportunidades comerciales o ventajas competitivas para el operador.

Artículo 8 Los operadores no harán publicidad comercial falsa o engañosa sobre el desempeño, funciones, calidad, estado de ventas, reseñas de usuarios, honores, etc. de sus productos para engañar o inducir a error a los consumidores. Los operadores no ayudarán a otros operadores a realizar promociones comerciales falsas o engañosas organizando transacciones falsas.