Red de conocimiento del abogados - Preguntas y respuestas penales - La diferencia entre un fiscal y un abogado

La diferencia entre un fiscal y un abogado

La diferencia entre fiscales y abogados es la siguiente:

1. El fiscal es el representante del Estado, y la fiscalía es responsable de acusar a los sospechosos de delitos, equivalente al demandante;

2. Los abogados son sospechosos de delitos. El agente de una persona es responsable de probar la inocencia o culpabilidad de un sospechoso de delitos, equivalente al acusado;

3. atiende al sospechoso o acusado de un delito.

Ámbito de responsabilidades del fiscal:

1. Enjuiciamiento en nombre del Estado: en casos penales, los fiscales procesan a los sospechosos o acusados ​​de delitos en nombre del Estado;

2 .Apoyo a los casos de acusación pública: En los tribunales, el fiscal es responsable de presentar pruebas, interrogar y debatir en el tribunal, y apoyar la acusación pública;

3. El fiscal tiene derecho a supervisar las actividades ilegales en las actividades judiciales, para garantizar la correcta implementación de la ley;

4. Participar en la supervisión legal de casos de procesamiento no público: en algunos casos específicos de procesamiento no público. , los fiscales pueden participar en la supervisión para garantizar la correcta aplicación de la ley y salvaguardar los intereses públicos.

En resumen, existen diferencias obvias entre las funciones y responsabilidades de los fiscales y los abogados. El primero representa al Estado en el procesamiento de presuntos delincuentes y el segundo representa a los presuntos delincuentes o acusados ​​en su defensa. Los fiscales prestan servicios al tribunal, mientras que los abogados atienden a los sospechosos o acusados.

Base jurídica:

Responsabilidades de los distintos departamentos del órgano fiscal

Artículo 4

Responsabilidades del ministerio público de la órgano de la fiscalía son: decidir si iniciar procesos públicos en casos penales, iniciar procesos públicos en nombre del Estado, supervisar la legalidad de las actividades de investigación y juicio y procesar a los sospechosos de delitos que no hayan sido procesados.

Ley de Procedimiento Penal

Artículo 33

Además de ejercer el derecho a defenderse, los sospechosos e imputados de un delito podrán confiar en una o dos personas como defensores. Se pueden encomendar como defensores a las siguientes personas:

(1) Abogados;

(2) Personas recomendadas por organizaciones populares o la unidad donde trabaja el sospechoso o imputado;

(3) Tutores, familiares y amigos de sospechosos e imputados de delitos.

No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido condenadas a pena o privadas o restringidas de su libertad personal de conformidad con la ley. No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido destituidas de cargos públicos o cuyo título de ejercicio de abogado o notario haya sido revocado, salvo los tutores o familiares cercanos de los sospechosos o procesados.