¿Cuáles son las protecciones de los derechos de las mujeres? (leyes y medidas)
Artículo 10 Las mujeres tienen derecho a gestionar los asuntos estatales, las empresas económicas y culturales y los asuntos sociales a través de diversos canales y formas.
Formular leyes, reglamentos, normas y políticas públicas, y escuchar las opiniones de las federaciones de mujeres sobre temas importantes que involucran los derechos e intereses de las mujeres.
Las mujeres y las organizaciones de mujeres tienen derecho a presentar opiniones y sugerencias sobre la protección de los derechos e intereses de las mujeres ante las agencias estatales en todos los niveles.
Artículo 11 Las mujeres gozan de igual derecho a votar y a ser elegidas que los hombres.
Debe haber un número adecuado de mujeres representantes entre los diputados del Congreso Nacional del Pueblo y de los congresos populares locales en todos los niveles. El Estado ha adoptado medidas para aumentar gradualmente la proporción de representantes femeninas en el Congreso Popular Nacional y en los congresos populares locales en todos los niveles.
Debe haber un número adecuado de mujeres entre los miembros de los comités de residentes y de los comités de aldeanos.
Artículo 12 El Estado cultivará y seleccionará activamente cuadros femeninos.
Al formar, seleccionar y nombrar cuadros, las agencias estatales, grupos sociales, empresas e instituciones deben adherirse al principio de igualdad entre hombres y mujeres y tener un número apropiado de mujeres como miembros dirigentes.
El Estado concede gran importancia al cultivo y selección de cuadros femeninos de minorías étnicas.
Artículo 13 La Federación Panchina de Mujeres y las federaciones locales de mujeres en todos los niveles participarán activamente en la toma de decisiones democrática, la gestión democrática y la supervisión democrática de los asuntos nacionales y sociales en nombre de las mujeres.
Las federaciones de mujeres de todos los niveles y los miembros de sus grupos pueden recomendar cuadros femeninos a agencias estatales, grupos sociales, empresas e instituciones.
Artículo 14: Los departamentos pertinentes escucharán y adoptarán críticas o sugerencias razonables para proteger los derechos e intereses de las mujeres; para las quejas, acusaciones e informes que infrinjan los derechos e intereses de las mujeres, los departamentos pertinentes deben determinar los hechos y manejarlos. de manera responsable. Las organizaciones y los individuos no deben reprimirlos ni tomar represalias.
Capítulo 3 Derechos Culturales y Educativos
Artículo 15 El Estado garantiza que las mujeres disfruten de iguales derechos culturales y educativos que los hombres.
Artículo 16 Las escuelas y los departamentos pertinentes implementarán las regulaciones nacionales pertinentes para garantizar que las mujeres disfruten de los mismos derechos que los hombres en la admisión, estudios posteriores, asignaciones de graduación, concesión de títulos y envío al extranjero.
Al reclutar estudiantes, las escuelas no pueden negarse a admitir mujeres ni elevar los estándares de admisión para mujeres en función del género, excepto en carreras especiales.
Artículo 17 Las escuelas deberán tomar medidas en educación, gestión, instalaciones, etc. en función de las características de las adolescentes para garantizar el desarrollo saludable de las adolescentes.
Artículo 18 Los padres u otros tutores deberán cumplir con su obligación de garantizar que las niñas y adolescentes en edad escolar reciban la educación obligatoria.
Salvo con la aprobación del gobierno popular local debido a enfermedad u otras circunstancias especiales, el gobierno popular local criticará y educará a los padres u otros tutores que se nieguen a enviar a la escuela a niñas o adolescentes en edad escolar. y tomar medidas efectivas y ordenarles que lo envíen a la escuela.
El gobierno, la sociedad y las escuelas deben tomar medidas efectivas para resolver las dificultades prácticas de las niñas y adolescentes en edad escolar, y crear las condiciones para garantizar que las niñas y adolescentes en edad escolar entre los pobres, los discapacitados y los migrantes poblaciones completan la educación obligatoria.
Artículo 19 Los gobiernos populares en todos los niveles, de conformidad con las normas, incorporarán la labor de eliminación del analfabetismo y el semianalfabetismo entre las mujeres en los planes de alfabetización y postalfabetización de la educación continua, adoptarán formas organizativas y métodos de trabajo que son consistentes con las características de las mujeres, y los departamentos relevantes lo organizarán y supervisarán y lo implementarán en detalle.
Artículo 20 Los gobiernos populares de todos los niveles y departamentos pertinentes, basándose en las necesidades de las mujeres urbanas y rurales, tomarán medidas para organizar a las mujeres para que reciban educación vocacional y formación técnica práctica.
Artículo 21: Las agencias estatales, grupos sociales, empresas e instituciones implementarán regulaciones nacionales pertinentes para garantizar que las mujeres participen en la ciencia, la tecnología, la literatura, el arte y otras actividades culturales y disfruten de los mismos derechos que los hombres.
Capítulo 4 Derechos Laborales y de Seguridad Social
Artículo 22 El Estado garantiza que las mujeres disfruten de iguales derechos laborales y de seguridad social que los hombres.
Artículo 23 Al contratar trabajadores, las unidades no podrán negarse a contratar mujeres ni elevar los estándares de contratación de mujeres por motivos de género, excepto en trabajos o puestos que no sean adecuados para mujeres.
Al contratar empleadas, cada unidad deberá firmar un contrato de trabajo (empleo) o acuerdo de servicio con ellas de acuerdo con la ley. El contrato de trabajo (empleo) o acuerdo de servicio no deberá estipular ninguna restricción sobre el matrimonio. o parto de empleadas.
Está prohibido reclutar mujeres menores de 16 años, a menos que el estado estipule lo contrario.
Artículo 24: Igual remuneración por igual trabajo entre hombres y mujeres. Las mujeres tienen los mismos derechos que los hombres a la hora de disfrutar de las prestaciones sociales.
Artículo 25: Se observará el principio de igualdad entre hombres y mujeres en materia de promoción laboral, ascenso y evaluación de cargos profesionales y técnicos, y no se discriminará a las mujeres.
Artículo 26 Cualquier unidad protegerá la seguridad y la salud de las mujeres en el trabajo y el trabajo de acuerdo con la ley en función de las características de las mujeres, y no organizará trabajos o labores que no sean adecuados para las mujeres.
Las mujeres reciben especial protección durante la menstruación, el embarazo, el parto y la lactancia.
Artículo 27 Ninguna unidad podrá reducir los salarios de las empleadas, despedir a las empleadas o rescindir unilateralmente contratos laborales (de empleo) o acuerdos de servicios por motivo de matrimonio, embarazo, licencia de maternidad o lactancia. Sin embargo, esto se exceptúa si las empleadas solicitan rescindir el contrato laboral (empleo) o el acuerdo de servicio.
Al implementar el sistema nacional de jubilación, todas las unidades no discriminarán a las mujeres por motivos de género.
Artículo 28: El Estado desarrolla el seguro social, la asistencia social, el bienestar social y los servicios médicos y de salud, y protege los derechos e intereses de las mujeres en el seguro social, la asistencia social, el bienestar social y la atención médica y de salud.
El Estado promueve y fomenta actividades de bienestar social que ayuden a las mujeres.
Artículo 29: El Estado promueve un sistema de seguro de maternidad y establece y mejora otros sistemas de seguridad de la maternidad.
Los gobiernos populares locales en todos los niveles y los departamentos pertinentes deben proporcionar la asistencia de maternidad necesaria a las mujeres pobres de acuerdo con las regulaciones pertinentes.
Capítulo 5 Derechos de Propiedad
Artículo 30 El Estado garantiza que las mujeres disfruten de iguales derechos de propiedad que los hombres.
Artículo 31. En las relaciones matrimoniales, familiares y patrimoniales no serán violados los derechos e intereses de que gozan las mujeres conforme a la ley.
Artículo 32 Las mujeres disfrutan de los mismos derechos que los hombres en la contratación y gestión de tierras rurales, la distribución de ingresos de las organizaciones económicas colectivas, la expropiación de tierras o el uso de tasas de compensación por expropiación, el uso de propiedades, etc.
Artículo 33: Ninguna organización o individuo podrá vulnerar los derechos e intereses de las mujeres en las organizaciones económicas colectivas rurales por el hecho de que las mujeres sean solteras, casadas, divorciadas o viudas.
Si un hombre casado se establece en el lugar de residencia de la mujer, el hombre y sus hijos disfrutan de los mismos derechos e intereses que los miembros de la organización económica colectiva rural local.
Artículo 34: La ley protege los mismos derechos de las mujeres a la herencia de bienes que los de los hombres. No habrá discriminación contra la mujer entre herederos legales en el mismo orden.
La mujer viuda tiene derecho a disponer de los bienes heredados y nadie puede interferir.
Artículo 35: La mujer viuda que ha cumplido con sus obligaciones alimentarias principales frente a sus suegros es la primera heredera legal de sus suegros, y sus derechos sucesorios no se ven afectados por la subrogación. de sus hijos.
Capítulo 6 Derechos Personales
Artículo 36 El Estado garantiza que las mujeres disfruten de iguales derechos personales que los hombres.
Artículo 37: No se violará la libertad personal de la mujer. Se prohíben la detención ilegal y otros medios ilegales para privar o restringir la libertad personal de las mujeres; se prohíben los registros ilegales del cuerpo de las mujeres.
Artículo 38: No se violará el derecho de la mujer a la vida y a la salud. Está prohibido ahogar, abandonar o mutilar a las niñas; está prohibido discriminar y abusar de las mujeres que dan a luz a niñas y de las mujeres infértiles; está prohibido dañar a las mujeres mediante la superstición, la violencia y otros medios; y abandonar a mujeres enfermas, discapacitadas y ancianas.
El artículo 39 prohíbe el rapto, la trata y el secuestro de mujeres; está prohibido comprar mujeres que hayan sido secuestradas, traficadas o secuestradas; está prohibido obstaculizar el rescate de mujeres secuestradas, traficadas o secuestradas.
Los gobiernos populares en todos los niveles y los departamentos de seguridad pública, asuntos civiles, trabajo y seguridad social, salud y otros departamentos deben tomar medidas oportunas para rescatar a las mujeres secuestradas o secuestradas de acuerdo con sus deberes y hacer un buen trabajo en las secuelas. Las federaciones de mujeres deberían ayudar y cooperar con el trabajo pertinente. Nadie podrá discriminar a las mujeres que hayan sido víctimas de trata o secuestradas.
El artículo 40 prohíbe el acoso sexual a las mujeres. Las víctimas tienen derecho a presentar quejas ante la unidad y las autoridades pertinentes.
El artículo 41 prohíbe la prostitución y la prostitución.
Está prohibido organizar, forzar, seducir, acomodar, introducir a mujeres en la prostitución o realizar actividades obscenas con mujeres.
Está prohibido organizar, obligar o inducir a las mujeres a realizar actuaciones obscenas.
Artículo 42: Los derechos de las mujeres a la reputación, el honor, la intimidad y la imagen están protegidos por la ley.
Está prohibido utilizar insultos o calumnias para dañar la dignidad personal de las mujeres. Está prohibido degradar o dañar el carácter de la mujer a través de los medios de comunicación u otros medios. Sin su consentimiento, los retratos femeninos no podrán utilizarse con fines lucrativos a través de anuncios, marcas, escaparates, diarios, publicaciones periódicas, libros, productos audiovisuales, publicaciones electrónicas, Internet, etc.
Capítulo 7 Matrimonio y Derechos Familiares
Artículo 43 El Estado garantiza que las mujeres disfruten de iguales derechos matrimoniales y familiares que los hombres.
Artículo 44: El Estado protege la autonomía de la mujer en el matrimonio. Está prohibido interferir con la libertad de la mujer para casarse y divorciarse.
Artículo 45: Durante el embarazo, dentro del año siguiente al parto, o dentro de los seis meses siguientes a la interrupción del embarazo, el marido no podrá solicitar el divorcio. Esto no se aplica si la mujer solicita el divorcio o si el tribunal popular considera necesario aceptar la solicitud de divorcio del hombre.
El artículo 46 prohíbe la violencia doméstica contra la mujer.
El Estado toma medidas para prevenir y reprimir la violencia doméstica.
La seguridad pública, los asuntos civiles, la administración judicial y otros departamentos, así como las organizaciones autónomas de masas y los grupos sociales urbanos y rurales, deben prevenir y detener la violencia doméstica dentro del alcance de sus respectivas responsabilidades, y brindar asistencia. a las mujeres victimizadas de conformidad con la ley.
Artículo 47 Las mujeres y sus cónyuges tienen iguales derechos a poseer, usar, aprovechar y disponer de los bienes comunes del marido y la mujer de conformidad con la ley, y no les afecta la situación de ingresos de ambas partes. .
El marido y la mujer acuerdan por escrito que los bienes adquiridos durante el matrimonio serán propiedad del otro si la mujer tiene más obligaciones como criar a los hijos, cuidar a los ancianos y ayudar al hombre en sus tareas. su trabajo, tiene derecho a exigir una indemnización al hombre en caso de divorcio.
Artículo 48: En caso de divorcio, la división de la casa compartida entre marido y mujer se resolverá mediante negociación entre las dos partes; si no se puede llegar a un acuerdo, el tribunal del pueblo se ocupará de ello; los hijos y la mujer con base en las circunstancias específicas de ambas partes. Sentencia basada en el principio de derechos e intereses. Salvo acuerdo en contrario de ambos cónyuges.
Cuando una pareja alquila la misma casa, la casa de la mujer debe arreglarse de acuerdo con el principio de tener en cuenta los derechos de los hijos y de la mujer.
Artículo 49: Ambos padres tienen igual derecho de custodia sobre sus hijos menores. Si el padre muere, pierde su capacidad de conducta civil o no puede servir como tutor de los hijos menores en otras circunstancias, nadie puede interferir en el derecho de custodia de la madre. Artículo 50: Si la mujer pierde su fertilidad por esterilización u otras causas al momento del divorcio, las necesidades razonables de la mujer se acomodarán en condiciones que conduzcan a los derechos e intereses de los hijos.
Artículo 51 Las mujeres tienen derecho a tener hijos de acuerdo con las normas estatales pertinentes, y también tienen la libertad de no tener hijos.
Las parejas en edad fértil planifican sus familias de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes. Los departamentos pertinentes deben proporcionar anticonceptivos y tecnología seguros y eficaces para garantizar la salud y la seguridad de las mujeres sometidas a cirugía anticonceptiva.
El Estado implementa sistemas de atención de salud prematrimonial y de atención de salud materna e infantil, y desarrolla la atención de salud materna e infantil. Los gobiernos populares en todos los niveles deben tomar medidas para garantizar que las mujeres disfruten de servicios técnicos de planificación familiar y mejoren su salud reproductiva.
Capítulo 8 Responsabilidades Legales
Artículo 52 Si se infringen los derechos e intereses legítimos de las mujeres, éstas tienen derecho a solicitar a los departamentos pertinentes que lo manejen de conformidad con la ley, o a solicitar arbitraje a una institución de arbitraje de conformidad con la ley, o al pueblo. Se presentó una demanda ante el tribunal.
Para las mujeres con dificultades financieras que necesitan asistencia jurídica o asistencia judicial, las instituciones locales de asistencia jurídica o los tribunales populares deben brindarles asistencia y brindarles asistencia jurídica o asistencia judicial de acuerdo con la ley.
Artículo 53: Cuando se vulneren derechos e intereses legítimos de las mujeres, éstas podrán reclamar ante las organizaciones de mujeres. Las organizaciones de mujeres salvaguardarán los derechos e intereses legítimos de las mujeres que hayan sido vulnerados, y tendrán derecho a solicitar y solicitar. ayudar a los departamentos o unidades pertinentes a investigar y manejar el caso. Los departamentos o unidades pertinentes investigarán y manejarán el asunto de acuerdo con la ley y darán una respuesta.
Artículo 54 Las organizaciones de mujeres brindarán apoyo a las mujeres víctimas que necesiten ayuda durante el litigio.
Las federaciones de mujeres u organizaciones de mujeres relevantes pueden exponer y criticar conductas que infrinjan los intereses de grupos de mujeres específicos a través de los medios de comunicación, y tienen derecho a solicitar a los departamentos pertinentes que las investiguen y las traten de conformidad con la ley. .
Artículo 55 Viola las disposiciones de esta Ley y atenta contra los derechos e intereses de las mujeres en las organizaciones económicas colectivas rurales por el hecho de ser soltera, casada, divorciada, viuda, etc. , o un hombre casado se ha establecido en el lugar de residencia de la mujer y viola los derechos de hombres y mujeres que son iguales a los miembros de la organización económica colectiva rural local, el gobierno popular del municipio podrá mediar de conformidad con la ley; También solicitar arbitraje a la institución de arbitraje de contratos de tierras rurales de conformidad con la ley, o cuando un Tribunal Popular presente una demanda, el Tribunal Popular la aceptará de conformidad con la ley.
Artículo 56 Si una persona viola las disposiciones de esta Ley e infringe los derechos e intereses legítimos de la mujer, y otras leyes y reglamentos estipulan sanciones administrativas, dichas disposiciones prevalecerán si se produce pérdida de bienes u otros daños; se causa, la persona incurrirá en responsabilidad civil conforme a la ley. Quien cometa un delito será penalmente responsable conforme a la ley;
Artículo 57: El que viole las disposiciones de esta Ley al negarse a investigar y atender denuncias, denuncias o denuncias que atenten contra los derechos de las mujeres, los eluda, dilate, suprima o tome represalias contra las denunciantes, acusaciones, o informes, La unidad, departamento competente o autoridad superior ordenará correcciones, y el responsable directo y demás personal directamente responsable recibirá sanciones administrativas de conformidad con la ley.
Si las agencias estatales y su personal no cumplen con sus deberes de acuerdo con la ley, no detienen rápidamente los actos que infringen los derechos de las mujeres o no brindan la ayuda necesaria a las mujeres victimizadas, lo que resulta en graves consecuencias. , sus unidades o autoridades superiores les impondrán sanciones directas. El responsable responsable y demás personal directamente responsable recibirán sanciones administrativas de conformidad con la ley.
Quien viole las disposiciones de esta ley e infrinja los derechos culturales y educativos de la mujer, los derechos laborales y de seguridad social, los derechos personales y patrimoniales, el matrimonio y los derechos familiares, será ordenado a realizar correcciones por parte de su unidad. , departamento competente o autoridad superior. Si el responsable directo y demás personal directamente responsable son trabajadores estatales, serán sancionados administrativamente por sus unidades o autoridades superiores de conformidad con la ley.
Artículo 58 Si en violación de lo dispuesto en esta Ley, el acoso sexual o la violencia doméstica contra la mujer constituye una violación a la gestión de la seguridad pública, la víctima podrá solicitar a los órganos de seguridad pública que le impongan sanciones administrativas de conformidad con lo dispuesto en la presente Ley. la ley, o podrá presentar una demanda ante el Tribunal Popular de conformidad con la ley.
Artículo 59: Quien viole las disposiciones de esta ley y degrade o lesione la personalidad de la mujer a través de los medios de comunicación masivos u otros medios, será ordenado a corregir por los medios de cultura, radio, cine y televisión, prensa y medios. publicación u otros departamentos pertinentes de acuerdo con sus respectivas competencias, e imponer sanciones administrativas de conformidad con la ley.
Así está estipulado en la "Ley de la República Popular China sobre la Protección de los Derechos e Intereses de las Mujeres".