¿Pueden los ejecutivos de los ajustadores de seguros trabajar a tiempo parcial?
Según la Ley de la Función Pública, los funcionarios no pueden desempeñarse como ejecutivos de empresas cotizadas. Si se trata de una institución pública cuyas funciones de gestión se basan en las dirigidas por funcionarios públicos, no puede ser directivo de una sociedad cotizada. Si es en una institución pública como una escuela, de acuerdo con las orientaciones emitidas por el Ministerio de Educación sobre el desarrollo industrial de colegios y universidades, se permite conservar el establecimiento público. Sin embargo, en los casos enumerados hasta ahora, suelen estar empleados en la escuela de origen sin remuneración y trabajan exclusivamente en empresas que cotizan en bolsa. En cuanto a si los empleados de instituciones o escuelas públicas que no participan en servicios públicos pueden desempeñar simultáneamente cargos de alta dirección, no existe una reglamentación clara, pero tampoco hay precedentes. Es mejor ser estricto... Si el establecimiento realmente quiere ser retenido, al menos el empleado debe ser suspendido sin paga de la unidad original, y debe haber razones claras por las que no puede renunciar a la unidad original.
Lectura ampliada: Cómo contratar un seguro, cuál es mejor y enseñarte cómo evitar estos "escollos" de los seguros.