Red de conocimiento del abogados - Preguntas y respuestas penales - Ley de la República Popular China sobre la Protección de los Derechos e Intereses de las Personas Mayores

Ley de la República Popular China sobre la Protección de los Derechos e Intereses de las Personas Mayores

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Esta ley se promulga de conformidad con la Constitución con el fin de proteger los derechos e intereses legítimos de las personas mayores, desarrollar la causa de las personas mayores y promover las virtudes del respeto y el cuidado. para los ancianos de la nación china. Artículo 2 El término "personas mayores" mencionado en esta Ley se refiere a los ciudadanos mayores de sesenta años. Artículo 3 El Estado y la sociedad deben tomar medidas para mejorar el sistema de seguridad social de las personas mayores, mejorar gradualmente las condiciones para garantizar la vida, la salud y la participación de las personas mayores en el desarrollo social, a fin de lograr el objetivo de garantizar que las personas mayores tengan cuidado, atención médica y trabajo. Hay aprendizaje y disfrute al envejecer. Artículo 4: El Estado protege los derechos e intereses de las personas mayores de conformidad con la ley.

Las personas mayores tienen derecho a recibir asistencia material del Estado y de la sociedad, y derecho a disfrutar de los frutos del desarrollo social.

Está prohibida la discriminación, el insulto, el abuso o el abandono de las personas mayores. Artículo 5 Los gobiernos populares en todos los niveles incorporarán la causa de las personas mayores en los planes nacionales de desarrollo económico y social, aumentarán gradualmente la inversión en la causa de las personas mayores y alentarán la inversión de todos los aspectos de la sociedad para coordinar el desarrollo de la causa de las personas mayores. personas mayores con la economía y la sociedad.

El Consejo de Estado y los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central tomarán medidas organizativas para coordinar los departamentos pertinentes para proteger los derechos e intereses de las personas mayores. Se prescribirán las instituciones específicas. por el Consejo de Estado y los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central. Artículo 6: Proteger los derechos e intereses legítimos de las personas mayores es responsabilidad común de toda la sociedad.

Las agencias estatales, los grupos sociales, las empresas y las instituciones deben hacer un buen trabajo en la protección de los derechos e intereses de las personas mayores de acuerdo con sus respectivas responsabilidades.

Los comités de residentes, los comités de aldea y las organizaciones de personas mayores establecidas de conformidad con la ley deben reflejar las necesidades de las personas mayores, salvaguardar los derechos e intereses legítimos de las personas mayores y servir a las personas mayores. Artículo 7: Toda la sociedad debe llevar a cabo amplias actividades de publicidad y educación sobre el respeto y el cuidado de las personas mayores, y establecer una costumbre social de respeto, cuidado y ayuda a las personas mayores.

Las organizaciones juveniles, las escuelas y los jardines de infancia deben proporcionar a los adolescentes y niños educación moral sobre el respeto y el cuidado de las personas mayores y educación jurídica para salvaguardar los derechos e intereses legítimos de las personas mayores.

Fomentar el servicio voluntario a las personas mayores. Artículo 8 Los gobiernos populares en todos los niveles elogiarán o recompensarán a las organizaciones, familias o individuos que hayan logrado logros sobresalientes en la salvaguardia de los derechos e intereses legítimos de las personas mayores y en el respeto y cuidado de las personas mayores. Artículo 9: Las personas mayores deben respetar las leyes y reglamentos y cumplir con las obligaciones que les impone la ley. Capítulo 2 Apoyo y apoyo familiar Artículo 10 Las personas mayores dependen principalmente de la familia para su cuidado, y los miembros de la familia deben cuidar y cuidar a las personas mayores. Artículo 11 Los cuidadores cumplirán con sus obligaciones de brindar apoyo financiero, cuidado diario y consuelo espiritual a las personas mayores, y atender las necesidades especiales de las personas mayores.

Los manutención se refieren a los hijos de personas mayores y otras personas que tienen la obligación de sustentar según la ley.

El cónyuge del cuidador deberá asistir a éste en el cumplimiento de sus obligaciones alimentarias. Artículo 12: Los cuidadores cubrirán los gastos médicos y el cuidado de las personas mayores enfermas. Artículo 13: Los cuidadores deberán organizar adecuadamente el alojamiento de las personas mayores y no obligarán a las personas mayores a trasladarse a casas en malas condiciones.

Los hijos u otros familiares no podrán ocupar las casas de propiedad o alquiler de las personas mayores, ni podrán alterar los derechos de propiedad o las relaciones de arrendamiento sin autorización.

Los cuidadores tienen la obligación de mantener las viviendas propiedad de las personas mayores. Artículo 14: El cuidador está obligado a cultivar los campos contratados por los ancianos y cuidar los árboles y el ganado de propiedad de los ancianos, y las ganancias pertenecen a los ancianos. Artículo 15: El cuidador no podrá negarse a cumplir la obligación de alimentos por renuncia a derechos sucesorios u otros motivos.

Si el cuidador incumple sus obligaciones alimentarias, las personas mayores tienen derecho a exigir al cuidador el pago de una pensión alimenticia.

El cuidador no exigirá al anciano que realice trabajos más allá de sus capacidades. Artículo 16 Los ancianos y sus cónyuges tienen la obligación de sustentarse mutuamente.

Cuando un hermano o hermana que es criado por un hermano o hermana mayor llega a la edad adulta y puede permitírselo, tiene la obligación de sustentar al hermano o hermana mayor que no tiene sustentador. Artículo 17: Los dependientes podrán suscribir un convenio sobre el cumplimiento de las obligaciones alimentarias y obtener el consentimiento del anciano. El comité de vecinos, el comité de aldeanos o la organización donde trabaja el cuidador supervisarán la implementación del acuerdo. Artículo 18: La libertad de matrimonio de las personas mayores está protegida por la ley. Los hijos u otros parientes no interferirán con el divorcio, el nuevo matrimonio y la vida postmatrimonial de las personas mayores.

La obligación alimentaria del cuidador no se eliminará por cambios en la relación conyugal de las personas mayores.

Artículo 19: Las personas mayores tienen derecho a disponer de sus bienes personales de conformidad con la ley. Los niños u otros familiares no pueden interferir ni expropiar por la fuerza los bienes de la persona mayor.

Las personas mayores tienen derecho a heredar la herencia de sus padres, cónyuge, hijos u otros parientes conforme a la ley, y tienen derecho a recibir obsequios. Capítulo 3 Seguridad Social Artículo 20 El Estado establece un sistema de seguro de pensiones para proteger la vida básica de las personas mayores. Artículo 21 Deben garantizarse las pensiones y demás prestaciones de que disfrutan las personas mayores de conformidad con la ley. Las organizaciones pertinentes deben pagar las pensiones a tiempo y en su totalidad, y no deben incumplir los pagos sin motivo ni apropiarse indebidamente de ellos.

El Estado aumenta las pensiones en función del desarrollo económico, la mejora del nivel de vida de las personas y el aumento de los salarios de los empleados. Artículo 22 Además de establecer un sistema de seguro de pensiones en las zonas rurales según la situación, si las condiciones lo permiten, se podrá utilizar parte de las tierras de propiedad colectiva, montañas, bosques, superficies de agua, marismas, etc. que no hayan sido contratadas. como bases de pensión y los ingresos pueden destinarse a la pensión de jubilación. Artículo 23: Para las personas mayores en las ciudades que no tienen capacidad para trabajar, ni medios de vida, ni cuidadores ni cuidadores, o si sus cuidadores y cuidadores son realmente incapaces de brindarles apoyo o apoyo, el gobierno popular local brindará ayuda.

Para las personas mayores de las zonas rurales que no tienen capacidad para trabajar, ni fuente de sustento, ni cuidadores o cuidadores, o si sus cuidadores y cuidadores realmente no tienen capacidad o capacidad para mantenerlos, el colectivo económico rural Las organizaciones asumirán la carga. Los gobiernos populares de los municipios, municipios étnicos y ciudades son responsables de organizar e implementar las cinco garantías de alimentación, vestido, vivienda, atención médica y entierro.