Disposiciones sobre el proceso penal en la “Interpretación de las Normas Procesales de los Órganos de Seguridad Pública en la Atención de Causas Penales”
Base jurídica: “Reglamento Procesal para la Tramitación de Causas Penales por los Órganos de Seguridad Pública”
Artículo 43 Cuando el órgano de seguridad pública interroga por primera vez a un sospechoso de un delito o toma medidas coercitivas contra él, informará al sospechoso de un delito. Una persona tiene derecho a designar un abogado como defensor, y si no ha contratado a un abogado defensor debido a dificultades financieras u otras razones, puede solicitar asistencia jurídica de una agencia de asistencia jurídica. La información debe quedar registrada.
Si presuntos delincuentes en un mismo caso confían al mismo abogado defensor, o si dos o más presuntos delincuentes que no están involucrados en el caso pero han cometido delitos confían al mismo abogado defensor, el órgano de seguridad pública requerirá que cambiaran de abogado defensor.
Artículo 44: Los sospechosos de delitos podrán contratar sus propios abogados defensores. Si un sospechoso de un delito está detenido, su tutor o un pariente cercano también puede confiarle a un abogado que lo defienda en su nombre.
La solicitud de un abogado defensor por parte de un sospechoso de un delito puede realizarse por escrito o verbalmente. Si la denuncia se hace oralmente, el órgano de seguridad pública hará una transcripción, la cual será firmada y se le tomarán las huellas digitales al sospechoso del delito.
Artículo 45: Si un sospechoso de un delito bajo custodia solicita al centro de detención que le confíe un abogado defensor, el centro de detención transmitirá de inmediato la solicitud al departamento de manejo de casos, y el departamento de manejo de casos transmitirá de inmediato la solicitud al abogado defensor o despacho de abogados encargado por el sospechoso del delito.
Si un sospechoso de un delito detenido solo solicita nombrar un abogado defensor y no puede mencionar el objetivo específico, el departamento de manejo del caso notificará de inmediato al tutor del sospechoso de un delito y a sus familiares cercanos para que nombren un abogado defensor en su nombre. Si un sospechoso de un delito no tiene tutor ni parientes cercanos, el departamento de manejo de casos notificará de inmediato al colegio de abogados local o a la agencia administrativa judicial para que recomiende un abogado defensor.